Page 126 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                            La defensa del obispo Moscoso: Cargo 6º
            ver por las dos religiosas que le acompañan, como se halla declarado por la
            sagrada congregacion (n) (Al margen: (n) sacr. cong. episc. die trece sep mil
            quinientos ochenta y tres Inocen XI per epist. enciclicam eusd. sacr. congre.
            episc. sub dat Rome veinte y uno Mart mil seicientos ochenta y dos). Y por
            Ygnocencio once en su epístola encíclica de primero de marzo de mil seiscien-
            tos ochenta y dos; ni tampoco puede entrar para oír confesiones de la enferma
            que pueda acceder al confesonario como se halla determinado (o) (Al mar-
            gen: edad sacr. congr. trece sep. quinientos ochenta y tres) y la Reverenda
            Madre Priora tendrá cuidado de averiguar la calidad de la enfermedad para
            conceder el ingreso por este titulo, mandamos que siendo el confesor eclesias-
            tico secular entre con sobrepelliz y estola, y no de otra manera (p) (Al margen:
            (p) Sacr. congr. Epist. in Lucero veintinueve de mart. mil quinientos ochenta y
            nueve et veinte y dos de decem. mil seiscientos dos) y siendo regular, sea
            acompañado precisamente con otro de su orden que sea de edad de mas de
            cinquenta años, y de vida exemplar, no obstante qualquiera antigua costum-
            bre, (q) (Al margen: (q) Alexand. VII in cita t. constit. ibi: nec on qu ingredia-
            tr nisi a socio qui sint provate vite sem. perq. maneat in capart monasteris qua
            confesorem videre et abec videri semper posit sacr. congr. episc. et Regul in
            Nolana veinte y uno Ferb. mil seiscientos diez y siete apud le san tomo tres, v.
            clausura numero veinte y siete Monacelly part, primera titulo nueve formul.
            cinco numero dos) segun se halla en terminos expresos resuelto por Alexan-
            dro septimo en su constitucion que comienza felici folio nuebe ni pueden den-
            tro de la clausura, comer o tomar alguna refaccion con este pretexto, o en los
            lugares inmediatos que los puedan ver las religiosas, ni en la antepuerta de la
            clausura, como expresamente para todos los regulares lo estableció la sagrada
            congregacion por mandato de Sixto quinto (r) (Al margen: (r) Apud ferraris
            V. Monial articulo cinco numero setenta y tres). Y en atencion a que de la fiel
            custodia de las puertas pende en la maior parte la observancia que se desea en
            puntos de clausura, se advierte que siendo dos las puertas que tiene el Monas-
            terio la una que cae inmediatamente a la calle y se llama del Portico, y la otra
            a la clausura y se denomina la Puerta reglar, mandamos que conforme a su
            constitucion en el capitulo diez de los oficios y a lo que a su consequencia or-
            denó en visita el señor Don Juan de Sarricolea nuestro predecesor de gloriosa
            memoria no se habra la primera sino en dia claro, deviendose cerrar infalible-
            mente al crepusculo de la tarde, esto es acia las oraciones, y mas no se bolvera
            a abrir, sino por algun inopinado accidente como de enfermedad repentina,



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