Page 607 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
a este Cabildo donde quedan en depósito, por parecer no haber en ellos cosa
de sustancia que se puedan insertar en el cúmulo de los autos de esta materia,
que en contra ni favor hagan al de dicho Zuñiga, lo que. pongo por diligencia
yo Don Lorenzo Zata y Zubiria, Corregidor y Justicia mayor de esta provincia
de Azángaro y su jurisdicción por Su Majestad, actuando judicialmente con
testigos a falta de escribano.— Lorenzo Zata y Zubiria.— Miguel de Zamo-
ra.— Sebastian Carbajal y Quiroz.
(Al margen: Carta).
Señor Gobernador Don Diego Chuquiguanca.— Muy señor mío y pa-
riente de mi mayor estimación: Por orden superior doy parte a vuestra mer-
ced tengo comisión para extinguir corregidores en beneficio del bien público.
En esta forma de que no hay más corregidores en adelante como también
con totalidad se quitan mitas de Potosí, alcabalas, aduanas y otras muchas
introducciones perniciosas. En esta conformidad, comunico a vuestra merced
mis facultades para que como fiel vasallo del Rey nuestro señor, ejecute con
mayor vigilancia que personalmente lo puedo hacer, primero principalmente
tomándolo preso al Corregidor de quien se le embargará todos sus bienes, y
convoque vuestra merced para este efecto toda la .provincia a voz del Rey, sin
dar a entender el orden y al mismo tiempo si reparase vuestra merced alguna
resistencia de indios y españoles ponga vuestra merced horcas en los pueblos
de las provincias, advirtiendo que sólo es para los inobedientes. No hay más
lugar remítome a su literatura y discreción lo que debe ejecutar. Entre tan-
to quedo rogando a Dios guarde a vuestra merced muchos años. Tungasuca
y noviembre quince de mil setecientos ochenta.— Beso la mano de vuestra
merced su muy apasionado pariente, Don José Gabriel Tupa Amaro Inca.—
Mande vuestra merced sacar copia del edicto original y que pongan en los•
pueblos de toda la provincia y puerta de iglesia, para cuya diligencia puede
vuestra merced llamar a un pariente mío Don Esteban Zuñiga que se halla en
esta provincia, pues, este sujeto desempeñará a vuestra merced, como que es
de casa.— Vale.
(Al margen: Edicto de comisión).
Don José Gabriel Tupa Amaro Inca.— Por cuanto el Rey me tiene man-
dado proceda extraordinariamente contra varios Corregidores y sus tenientes,
por justas causas que por ahora se reservan, y hallándose comprehendidos en
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