Page 520 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen 3
Inicio de la rebelión
que se les infieren por varias personas, como por los corregidores europeos y
que; aunque habían producido varias justas quejas a todos los tribunales, no
hallaban remedio oportuno para contenerlos y que, pues, yo, como el más dis-
tinguido, debía mirarlos con aquella lástima que la misma naturaleza exige y
más con estos infelices. Mirado todo esto con el más maduro acuerdo, ya que
esta pretensión, no se endereza en lo más leve contra nuestra sagrada religión
católica, sino a suprimir tanto desorden. Después de haber tomado por acá,
aquellas medidas que han sido conducentes a la conservación de los indios,
españoles, mestizos, zambos y mulatos criollos y su tranquilidad, he tenido
por indispensable amonestar como amonesto a mis amados compatriotas y en
caso necesario, mandarles no presten obediencia, ni den auxilio a los jueces
de dicha provincia, ni sus contornos para efecto de sorprenderme, ni a mis
allegados, porque en este caso, experimentarán sus habitadores todo rigor que
el día pide; sin reserva de ninguna persona y con más particularidad contra
los de Europa, bien entendida que éstas se extinguen con totalidad y lo mismo
se deberá entender con aquellos que quisieron defenderlas; para que de este
modo, cese las perniciosas corruptelas, autoridades y demás pensiones que
los peruanos reciben, mirando en esto a que cesen las ofensas de Dios. Para
cuyo desempeño están a mis órdenes cuatro provincias y otras, que solicitan
mi amparo, para sacarlas de la injusta servidumbre que han padecido hasta el
día, en que espero que la Divina Providencia me alumbrará para un negocio
que necesito de toda su asistencia para su feliz éxito. Y para que así se tenga
entendido, se fijarán ejemplares de este edicto. Tungasuca y noviembre quince
de mil setecientos ochenta años.— Don José Gabriel Tupa Amaro Inca.— Co-
pia del Edicto.
(Al margen: Carta).
Señor Don Valeriano Bejarano.— Muy señor mío: No tengo más lugar
para significar a usted el asunto a que se dirige ésta sucintamente; pero de su
literatura fío se impondrá de la copia que va adjunta, de ser orden superior
lo que se ha de administrar respecto de ésta. No omita usted poner en eje-
cución lo que le participo en nombre de Su Majestad (que Dios guarde) para
que mande publicar en forma de bando la adjunta comisión y pase a hacer
preso con el mayor secreto al Corregidor de esa provincia; y si no amigo, ex-
perimentará usted lo que debe al Corregidor; bien entendido que los gastos
serán a costa de los bienes de dicho corregidor, los que .pondrá usted en buena
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