Page 504 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen 3
Inicio de la rebelión
para que ello conste, doy el presente de mandato verbal del señor Corregidor
en esta ciudad del Cuzco en veinte y uno de noviembre de mil setecientos y
ochenta años, siendo testigos Don Toribio Cano y Melchor Ayesta presente.—
En testimonio de verdad.— Un signo.— Tomás de Villavicencio.— Escribano
de Su Majestad y Público.
(Al margen: Bando).
Don Fernando Inclán y Valdez del Orden de Santiago, Teniente de Ca-
pitán General, Corregidor y Justicia Mayor de esta ciudad y su jurisdicción
por Su Majestad, etcétera.— Por cuanto se sabe que la malicia y astucia con
que el traidor José Tupa Amaro ha alucinado a la gente que encuentra, con la
suposición de tener cédula de Su Majestad y las promesas falsas que ha hecho
de la libertad de pagar tributos y demás derechos reales; persuadiendo tener
permiso para matar a los señores corregidores, arruinar obrajes y extinguir
los ministros de reales rentas, para arrastrar, como se dice que ha arrastrado,
alguna gente a su partido, la que tal vez creída, por su rudeza, en las cédulas
ficticias y en las demás maquinaciones expuestas sigue inadvertida al traidor.
Por tanto y atendiendo a que nuestro Rey y Señor (que Dios guarde) es todo
piedad y amor a sus vasallos, y la lealtad con que estos están obligados por
tantos títulos a la defensa del estado, de la religión y subordinación, de que
dependen precisamente los importantes fines de nuestra conservación, tran-
quilidad y salvación; además de que no se debe ocultar a nuestra reflexión que,
así como se ha atrevido a manifestarse traidor a nuestro Soberano, se mostrará
después también ingrato y rigoroso contra los mismos que hoy, por ignoran-
tes o coactos, le siguen, pues, se sabe que todo su encono se dirige contra
españoles y mestizos; lisonjeando a éstos para que le ayuden a acabar con los
primeros (si puede), sin reconocer la suma dificultad de este proyecto, pues,
presume verificar para que libre de la poderosa oposición que le hacen, le sea
fácil exterminar a dichos mestizos. Debía declarar y declaro indulto en nom-
bre de Su Majestad y bajo de su real palabra y protección inmediata de perdón
general, para todas y cualesquiera persona que hayan delinquido en tener co-
rrespondencia, trato y comunicación con dicho José Tupa Amaro, por escrito
o de palabra, en esta ciudad o en las demás provincias de este reino, sobre la
presente conspiración; con tal de que si tuvieren algún papel o expreso, desde
la publicación de este edicto en adelante, lo presenten en el Real Fuerte de esta
ciudad y su Junta de Guerra, según por ella y por mí como jefe principal, está
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