Page 301 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 301
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
como solicitador Fiscal de esta causa estando en su casa de que doy fé.- Joseph
de Palacios Escribano Real y Público.
CARGO.- En trece de julio de mil setecientos ochenta.
RESPUESTA.- El Abogado solicitador Fiscal nombrado en la causa
criminal que de oficio de la Real Justicia se ha seguido contra los reos con-
tendios en el procesos que se culminó sobre el alzamiento que premeditaron.
Por lo que respecta a la que se esta siguiendo contra Bernardo Tambohuacso
Cacique del pueblo de Pisac uno de los contenidos en el crimen citado. Dice
que Vuesamerced se ha servido mandar por decreto proveido el dia de ayer
que se contaron doce del corriente se reciba la causa a prueba con el termino
de tres dias y estando dentro de él, para prueba de la accion promovida por
el Fiscal, reproduce la confesión clara y expresa del citado reo de haber sido
uno de los autores de la sublevación intentada y asi mismo las confesiones de
los demas seis co-rréos en quienes se verificó la pena ordinaria de muerte en
estos terminos que ha de servir Vuesamerced declarar haber probado plenisi-
mamente la acción que indujo al fiscal y en su consecuencia mandar se lleve
a debido efecto la sentencia que se pronunció en la que fue compren dido el
mencionado Cacique, y que esta se halla confirmado por la Real Sala del Cri-
men pues asi debe ser, conforme a la justicia que solicita. Estudio y Julio trece
de mil setecientos ochenta.- Figueroa.
DECRETO.- Pongase con los autos de la materia.- Cusco catorce de
Julio de mil setecientos ochenta.- Inclan.- Doctor Olleta.- Ante mi: Joseph de
Palacios Escribano Real y Público.
RESPUESTA.- El Abogado solicitador Fiscal nombrado en la causa
criminal que se formó contra los que maquinaron el alzamiento, y que ahora
se sigue contra Bernardo Tambohuacso, Cacique del Pueblo de Pisac. Uno de
los autores de la sublevación intentada. Respondiendo al traslado que se le ha
dado del escrito del protector de naturales por el que promueve el articulo de
que se suspenda la ejecución de la pena a que se halla sentenciado el predicho
Tambohuacso en el entretanto que se resuelve por el Señor Juez Eclesiastico si
debe gozar el reo de la inmunidad de la iglesia a causa de que según consta del
final de su confesion y de la declaración de don Sebastian Unzueta, Cacique
300