Page 349 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José de la Riva Agüero
desechado ese proyecto por la misma fraccion del congreso y por el jeneral
Sucre, no obstante el interes que tenia en hacerlo efectivo, con posterioridad
á él y en 25 del mismo junio dispuso que pasase el presidente con ssu minis-
tros y secretarios á Trujillo, lo que persuade hasta la evidencia que el decreto
proyectado en 23 de junio no tuvo ningun efecto legal ni pudo reputarse
en otra clase que como la de un mero proyecto de decreto. Si esto es tan
sencillo y tan claro, no lo es menos que los trece diputados que se pasaron
á los españoles y que se reunieron despues ilegalmente para formar por si
solos congreso y elejir á Tagle por presidente, tampoco estaban espeditos
para uno ni para lo otro; porque debieron ser juzgados con anticipacion por
aquel hecho y porque aun cuando asi no fuera su número era menor que
la sesta parte del congreso. Esta anomalia tal singular y estraña solo podia
proporcionar el triunfo á la traicion y un castigo de muerte al patriotismo:
¿y qué idea podrá concebirse de un auto que contra todos estos principios
reconocidos condena sin audiencia y sin atender á las convenciones socia-
les? Si los señores que la pronunciaron concibieron siquiera alguna duda por
haber estado á distancia de los acontecimientos de aquella época, parece que
debieron consultar con oportunidad ú oir á mi parte sobre tales puntos, por-
que no era dado resolver en ellos como en una materia de tanta importancia,
sin atender á las ecsepciones que pudieran deducirse. No habiendose pues
observado tal conducta, el fundamento es contrario á todos los principios
y tanto mas gravoso cuanto que se ha estampado sin la audiencia, que no
puede negarse ni al mas infeliz ciudadano. Asi pues, tales son los funda-
mentos de hecho que hemos refutado y los de derecho por lo respectivo á la
jurisdiccion de este supremo tribunal, es claro que el auto de vista no puede
ser ni gravoso ni mas injusto «hablando siempre con el debido respeto» y
digno de reforma, bien sea para que se corte en lo absoluto la causa que se
ha tratado de seguir contra el sr. mi parte, ó bien para que se siga por todas
sus instancias ante el mismo supremo tribunal, á quien únicamente compe-
te; porque convencido de justicia no puede temer un fallo que solo arredra á
los criminales y á aquellos cuya conciencia manchada no pueden gozar de la
tranquilidad que á los inocentes subministra el testimonio de la propia. Mi
parte en este último caso reposa con el convencimiento de que aunque haya
tenido errores como hombre, no se le podrá sindicar de crímenes, mucho
menos en política, donde no se conocen y donde los sucesos lo han justifica-
do plenamente. Ello mediante.
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