Page 354 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
                                                                          Documentos varios

             Acompaña copias  EXCELENTISIMOS
             certificada de las
             resoluciones de    Don José de la Riva Agüero con el respeto debido digo:
             las  dos  cámaras   que desde el mes de Agosto se me concedió, en ambas
             del Congreso, por   cámaras del Congreso, el goce de medio sueldo de Gran
             las que le concede   Mariscal; como aparece de las dos copias certificadas
             el goce de medio   que debidamente presento. Habiendose dado posterior-
             sueldo de Gran     mente á esta declaración la ley derogatoria de los decre-
             Gran Mariscal.     tos, autorizados por el Congreso de Huancayo, contra
                                los Generales borrados por ellos, omitió la Cámara de
             Lima Noviembre  Senadores expendir á Vuestra Excelencia la redacción
             12 de 1845 Con- de la que dió el Congreso á favor mío, porque estando
             cédese al ocu- yo igualmente comprehendido en la ley que deroga en
             rrente el goce de  todas sus partes esos decretos, no había para que orde-
             medio sueldo de  nar dos veces una misma cosa; y también en considera-
             Gran    Mariscal, ción á que habiendo Vuestra Excelencia recomendado al
             que le abonará la  congreso mi justicia, no era regular que la desatendiese
             Tesorería General  quando ya había cesado el efecto de la causa, que hacía
             con sujeción al  el obstáculo a la continuación del sueldo. En esta virtud
             descuento gene- a Vuestra Excelencia pido y suplico, que en vista de lo
             ral Comuniqúese expuesto se sirva ordenar que se me continuée el medio
                                sueldo suspenso por ser así de justicia.

                                Lima 12 de Noviembre de 1845
                 Mendiburu
                                                       Excelentísimos
                                                          José de la Riva Agüero
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             Señor               Sírvase Usted estender en su rejistro Escritura de arren-
                                damiento de mancomún con el inmediato sucesor á mis
             Secretario:        bienes el Ilustrísimos Señor Gran Mariscal Don José de
                                la Riba Agüero á favor de Don Andrés Vasquez de una
                                casa contienda y cochera asesorias de mi propiedad, cita
                                en la calle del Carmen, por el tiempo de nueve años; de
                                los cuales cuatro han de ser forzosos y cinco voluntarios
                                y bajo las condiciones siguientes:
                                       1º Que habiendo recibido de Don Andrés Vas-
                                quez la cantidad de mil cien pesos al contado y moneda
                                de plata ú oro con el interés mensual de dos pesos por
                                ciento que hacen veinte y dos, le doi por pago de los in-
                                tereses mi referida casa y asesorios ya dichas por el




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