Page 353 - José de la Riva Aguero - Vol-2
P. 353

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
            de la Riva Agüero en favor de él, siguiendo el principio sancionado por aque-
            lla cámara con respecto á los antiguos servidores de la nación que quedaron
            sujetos al gobierno confederal y que por tanto debía declarársele el goce de la
            mitad del sueldo respectivo á la clase de Gran Mariscal y se le confiriesen los
            honores de este empleo ya que las leyes referentes no permitían hacerle una
            completa restitución. Se hizo en seguida en la dicha cámara la proposición
            siguiente: «Concédese á Don José de la Riva Agüero el goce de la mitad del
            sueldo y los honores de Gran Mariscal» la que fue aprobada en 21 de Agosto
            se remitió el espediente á esta y en 22 mandó Buestra Excelencia pasase á la
            comisión militar, la que en vista de todo opina que siendo los servicios de
            Don José de la Riva Agüero prestados á la causa de la independencia notorios
            y grandes, la excelencia de ellos no permite se deje sepultado en el olvido este
            merito sin mengua del decoro nacional. Si se considera que Riva Agüero no
            contribuyó á la cesión del país en tiempo del gobierno confederal pues segun
            el expediente que corre adjunto regresó de Chile á esta capital á mediados de
            Setiembre de 1836 cuando ya estaba la confederación establecida se advertirá
            la menor razon que hay para hacerle sufrir una pena que parece no padecen
            los que se han hallado en igual caso, como lo nota el consejo. No son tampoco
            de desatenderse los decretos de amnistía citados y el sistema de reconciliación
            y fraternidad que tan juiciosamente se ha propuesto seguir en todas sus deter-
            minaciones el actual congreso; por todo lo que, la comisión opina se apruebe
            la proposición que sobre la materia ha aprobado ya la Cámara de Diputados,
            con la adición de que los honores sean de Gran Mariscal honorario = Lima
            Agosto 22 de 1845 = Pedro Bermudez = José Velesmoro = Tadeo Ordoñes =
                    Copia de la primera parte sancionada en revisión por la cámara de
            senadores, de la proposición aprobada por la de diputados en vista del ex-
            pediente que el ejecutivo sometió á la deliberación del Congreso promovido
            por Don José de la Riva Agüero para que se le conceda medio sueldo de Gran
            Mariscal.
                    Proposición = Concédese á Don José de la Riva Agüero el goce de la
            mitad del sueldo de Gran Mariscal. Lima Setiembre 12 de 1845 = dos rúbricas.
                    Es copia
                                                               José de la Riva Agüero









                                               352
   348   349   350   351   352   353   354   355   356   357   358