Page 353 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José de la Riva Agüero
de la Riva Agüero en favor de él, siguiendo el principio sancionado por aque-
lla cámara con respecto á los antiguos servidores de la nación que quedaron
sujetos al gobierno confederal y que por tanto debía declarársele el goce de la
mitad del sueldo respectivo á la clase de Gran Mariscal y se le confiriesen los
honores de este empleo ya que las leyes referentes no permitían hacerle una
completa restitución. Se hizo en seguida en la dicha cámara la proposición
siguiente: «Concédese á Don José de la Riva Agüero el goce de la mitad del
sueldo y los honores de Gran Mariscal» la que fue aprobada en 21 de Agosto
se remitió el espediente á esta y en 22 mandó Buestra Excelencia pasase á la
comisión militar, la que en vista de todo opina que siendo los servicios de
Don José de la Riva Agüero prestados á la causa de la independencia notorios
y grandes, la excelencia de ellos no permite se deje sepultado en el olvido este
merito sin mengua del decoro nacional. Si se considera que Riva Agüero no
contribuyó á la cesión del país en tiempo del gobierno confederal pues segun
el expediente que corre adjunto regresó de Chile á esta capital á mediados de
Setiembre de 1836 cuando ya estaba la confederación establecida se advertirá
la menor razon que hay para hacerle sufrir una pena que parece no padecen
los que se han hallado en igual caso, como lo nota el consejo. No son tampoco
de desatenderse los decretos de amnistía citados y el sistema de reconciliación
y fraternidad que tan juiciosamente se ha propuesto seguir en todas sus deter-
minaciones el actual congreso; por todo lo que, la comisión opina se apruebe
la proposición que sobre la materia ha aprobado ya la Cámara de Diputados,
con la adición de que los honores sean de Gran Mariscal honorario = Lima
Agosto 22 de 1845 = Pedro Bermudez = José Velesmoro = Tadeo Ordoñes =
Copia de la primera parte sancionada en revisión por la cámara de
senadores, de la proposición aprobada por la de diputados en vista del ex-
pediente que el ejecutivo sometió á la deliberación del Congreso promovido
por Don José de la Riva Agüero para que se le conceda medio sueldo de Gran
Mariscal.
Proposición = Concédese á Don José de la Riva Agüero el goce de la
mitad del sueldo de Gran Mariscal. Lima Setiembre 12 de 1845 = dos rúbricas.
Es copia
José de la Riva Agüero
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