Page 852 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 852

compatible con cualquiera otra actividad pública  gistratura se encarga de la selección y el nom-
                  o privada, con excepción de la docencia universi-  bramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando
                  taria fuera del horario de trabajo.         éstos provengan de elección popular.

                  Los jueces sólo perciben las remuneraciones que  El Consejo Nacional de la Magistratura es inde-
                  les asigna el Presupuesto y las provenientes de  pendiente y se rige por su Ley Orgánica,
                  la enseñanza o de otras tareas expresamente pre-
                  vistas por la ley.                          Artículo 151º. La Academia de la Magistratu-
                                                              ra, que forma parte del Poder Judicial, se encar-
                  El Estado garantiza a los magistrados judiciales:  ga de la formación y capacitación de jueces y fis-
                                                              cales en todos sus niveles, para los efectos de su
                  1. Su independencia. Sólo están sometidos a la  selección.
                  Constitución y la ley.
                                                              Es requisito para el ascenso la aprobación de los
                  2. La inamovilidad en sus cargos. No pueden ser  estudios especiales que requiera dicha Academia.
                  trasladados sin su consentimiento.
                                                              Artículo 152º. Los Jueces de Paz provienen de
                  3. Su permanencia en el servicio, mientras ob-  elección popular.
                  serven conducta e idoneidad propias de su fun-
                  ción. Y                                     Dicha elección, sus requisitos, el desempeño ju-
                                                              risdiccional, la capacitación y la duración en sus
                  4. Una remuneración que les asegure un nivel  cargos son normados por ley.
                  de vida digno de su misión y jerarquía.
                                                              La ley puede establecer la elección de los jueces
                  Artículo 147º. Para ser Magistrado de la Corte  de primera instancia y determinar los mecanis-
                  Suprema se requiere:                        mos pertinentes.

                  1. Ser peruano de nacimiento;               Artículo 153º. Los jueces y fiscales están prohi-
                                                              bidos de participar en política, de sindicarse y de
                  2. Ser ciudadano en ejercicio.              declararse en huelga.

                  3. Ser mayor de cuarenta y cinco años.      Artículo 154º. Son funciones del Consejo Na-
                                                              cional de la Magistratura:
                  4. Haber sido magistrado de la Corte Superior o
                  Fiscal Superior durante diez años, o haber ejer-  1. Nombrar, previo concurso público de méritos
                  cido la abogacía o la cátedra universitaria en  y evaluación personal, a los jueces y fiscales de
                  materia jurídica durante quince años.       todos los niveles. Dichos nombramientos requie-
                                                              ren el voto conforme de los dos tercios del núme-
                  Artículo 148º. Las resoluciones administrati-  ro legal de sus miembros.
                  vas que causan estado son susceptibles de im-
                  pugnación mediante la acción contencioso-admi-  2. Ratificar a los jueces y fiscales de todos los
                  nistrativa.                                 niveles cada siete años. Los no ratificados no
                                                              pueden reingresar al Poder Judicial ni al Minis-
                  Artículo 149º. Las autoridades de las Comuni-  terio Público. El proceso de ratificación es inde-
                  dades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las  pendiente de las medidas disciplinarias.
                  Rondas Campesinas, pueden ejercer las funcio-
                  nes jurisdiccionales dentro de su ámbito territo-  3. Aplicar la sanción de destitución a los vocales
                  rial de conformidad con el derecho consuetudi-  de la Corte Suprema y Fiscales Supremos y, a
                  nario, siempre que no violen los derechos funda-  solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de
                  mentales de la persona. La ley establece las for-  Fiscales Supremos, respectivamente, a los jue-
                  mas de coordinación de dicha jurisdicción espe-  ces y fiscales de todas las instancias. La resolu-
                  cial con los Juzgados de Paz y con las demás ins-  ción final, motivada y con previa audiencia del
                  tancias del Poder Judicial.                 interesado, es inimpugnable.
                                CAPÍTULO IX                   4. Extender a los jueces y fiscales el título oficial
                                                              que los acredita.
                      DEL CONSEJO NACIONAL DE LA
                              MAGISTRATURA                    Artículo 155º. Son miembros del Consejo Na-
                                                              cional de la Magistratura, conforme a la ley de la
                  Artículo 150º. El Consejo Nacional de la Ma-  materia:



                                                          2608
   847   848   849   850   851   852   853   854   855   856   857