Page 855 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Artículo 174º. Los grados y honores, las remu-  así como también la elaboración de los padrones
                  neraciones y las pensiones inherentes a la jerar-  electorales.
                  quía de oficiales de las Fuerzas Armadas y de la
                  Policía Nacional son equivalentes. La ley esta-  2. Mantener y custodiar el registro de organiza-
                  blece las equivalencias correspondientes al per-  ciones políticas.
                  sonal militar o policial de carrera que no tiene
                  grado o jerarquía de oficial.               3. Velar por el cumplimiento de las normas so-
                                                              bre organizaciones políticas y demás disposicio-
                  En ambos casos, los derechos indicados sólo pue-  nes referidas a materia electoral.
                  den retirarse a sus titulares por sentencia judi-
                  cial.                                       4. Administrar justicia en materia electoral.
                  Artículo 175º. Sólo las Fuerzas Armadas y la  5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resul-
                  Policía Nacional pueden poseer y usar armas de  tado del referéndum o el de otros tipos de con-
                  guerra. Todas las que existen, así como las que  sulta popular y expedir las credenciales corres-
                  se fabriquen o se introduzcan en el país pasan a  pondientes.
                  ser propiedad del Estado sin proceso ni indemni-
                  zación.                                     6. Las demás que la ley señala.
                  Se exceptúa la fabricación de armas de guerra  En materia electoral, el Jurado Nacional de Elec-
                  por la industria privada en los casos que la ley  ciones tiene iniciativa en la formación de las le-
                  señale.                                     yes.

                  La ley reglamenta la fabricación, el comercio, la  Presenta al Poder Ejecutivo el proyecto de Pre-
                  posesión y el uso, por los particulares, de armas  supuesto del Sistema Electoral que incluye por
                  distintas de las de guerra.                 separado las partidas propuestas por cada enti-
                                                              dad del sistema. Lo sustenta en esa instancia y
                               CAPÍTULO XIII                  ante el Congreso.
                         DEL SISTEMA ELECTORAL                Artículo 179º. La máxima autoridad del Jura-
                                                              do Nacional de Elecciones es un Pleno compues-
                  Artículo 176º. El sistema electoral tiene por fi-  to por cinco miembros:
                  nalidad asegurar que las votaciones traduzcan
                  la expresión auténtica, libre y espontánea de los  1. Uno elegido en votación secreta por la Corte
                  ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo  Suprema entre sus magistrados jubilados o en
                  exacto y oportuno de la voluntad del elector ex-  actividad. En este segundo caso, se concede li-
                  presada en las urnas por votación directa.  cencia al elegido. El representante de la Corte
                                                              Suprema preside el Jurado Nacional de Eleccio-
                  Tiene por funciones básicas el planeamiento, la  nes.
                  organización y la ejecución de los procesos elec-
                  torales o de referéndum u otras consultas popu-  2. Uno elegido en votación secreta por la Junta
                  lares; el mantenimiento y la custodia de un re-  de Fiscales Supremos, entre los Fiscales Supre-
                  gistro único de identificación de las personas; y  mos jubilados o en actividad. En este segundo
                  el registro de los actos que modifican el estado  caso, se concede licencia al elegido.
                  civil.
                                                              3. Uno elegido en votación secreta por el Colegio
                  Artículo 177º. El sistema electoral está confor-  de Abogados de Lima, entre sus miembros.
                  mado por el Jurado Nacional de Elecciones; la
                  Oficina Nacional de Procesos Electorales; y el  4. Uno elegido en votación secreta por los deca-
                  Registro Nacional de Identificación y Estado Ci-  nos de las Facultades de Derecho de las universi-
                  vil. Actúan con autonomía y mantienen entre sí  dades públicas, entre sus ex decanos.
                  relaciones de coordinación, de acuerdo con sus
                  atribuciones.                               5. Uno elegido en votación secreta por los deca-
                                                              nos de las Facultades de Derecho de las universi-
                  Artículo 178º. Compete al Jurado Nacional de  dades privadas, entre sus ex decanos.
                  Elecciones:
                                                              Artículo 180º. Los integrantes del Pleno del
                  1. Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufra-  Jurado Nacional de Elecciones no pueden ser
                  gio y de la realización de los procesos electorales,  menores de cuarenta y cinco años ni mayores de
                  del referéndum y de otras consultas populares,  setenta. Son elegidos por un período de cuatro



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