Page 856 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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años. Pueden ser reelegidos. La ley establece la  ción necesaria para el cumplimiento de sus fun-
                  forma de renovación alternada cada dos años.  ciones. Mantiene el registro de identificación de
                                                              los ciudadanos y emite los documentos que acre-
                  El cargo es remunerado y de tiempo completo.  ditan su identidad.
                  Es incompatible con cualquiera otra función pú-
                  blica, excepto la docencia a tiempo parcial.  Ejerce las demás funciones que la ley señala.

                  No pueden ser miembros del Pleno del Jurado  Artículo 184º. El Jurado Nacional de Eleccio-
                  los candidatos a cargos de elección popular, ni  nes declara la nulidad de un proceso electoral,
                  los ciudadanos que desempeñan cargos directi-  de un referéndum o de otro tipo de consulta po-
                  vos con carácter nacional en las organizaciones  pular cuando los votos nulos o en blanco, suma-
                  políticas, o que los han desempeñado en los cua-  dos o separadamente, superan los dos tercios del
                  tro años anteriores a su postulación.       número de votos emitidos.

                  Artículo 181º. El Pleno del Jurado Nacional de  La ley puede establecer proporciones distintas
                  Elecciones aprecia los hechos con criterio de con-  para las elecciones municipales.
                  ciencia. Resuelve con arreglo a ley y a los princi-
                  pios generales de derecho. En materias electora-  Artículo 185º. El escrutinio de los votos en toda
                  les, de referéndum o de otro tipo de consultas  clase de elecciones, de referéndum o de otro tipo
                  populares, sus resoluciones son dictadas en ins-  de consulta popular se realiza en acto público e
                  tancia final, definitiva, y no son revisables. Con-  ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo
                  tra ellas no procede recurso alguno.        es revisable en los casos de error material o de
                                                              impugnación, los cuales se resuelven conforme a
                  Artículo 182º. El Jefe de la Oficina Nacional de  ley.
                  Procesos Electorales es nombrado por el Conse-
                  jo Nacional de la Magistratura por un período  Artículo 186º. La Oficina Nacional de Procesos
                  renovable de cuatro años. Puede ser removido  Electorales dicta las instrucciones y disposicio-
                  por el propio Consejo por falta grave. Está afecto  nes necesarias para el mantenimiento del orden
                  a las mismas incompatibilidades previstas para  y la protección de la libertad personal durante
                  los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de  los comicios. Estas disposiciones son de cumpli-
                  Elecciones.                                 miento obligatorio para las Fuerzas Armadas y
                                                              la Policía Nacional.
                  Le corresponde organizar todos los procesos elec-
                  torales, de referéndum y los de otros tipos de  Artículo 187º. En las elecciones pluripersonales
                  consulta popular, incluido su presupuesto, así  hay representación proporcional, conforme al sis-
                  como la elaboración y el diseño de la cédula de  tema que establece la ley.
                  sufragio. Le corresponde asimismo la entrega de
                  actas y demás material necesario para los escru-  La ley contiene disposiciones especiales para fa-
                  tinios y la difusión de sus resultados. Brinda in-  cilitar el voto de los peruanos residentes en el
                  formación permanente sobre el cómputo desde  extranjero.
                  el inicio del escrutinio en las mesas de sufragio.
                  Ejerce las demás funciones que la ley le señala.         CAPÍTULO XIV

                  Artículo 183º. El Jefe del Registro Nacional de  DE LA DESCENTRALIZACIÓN, LAS RE-
                  Identificación y Estado Civil es nombrado por el  GIONES Y LAS MUNICIPALIDADES
                  Consejo Nacional de la Magistratura por un pe-
                  ríodo renovable de cuatro años. Puede ser remo-  Artículo 188º. La descentralización es un pro-
                  vido por dicho Consejo por falta grave. Está afec-  ceso permanente que tiene como objetivo el de-
                  to a las mismas incompatibilidades previstas para  sarrollo integral del país.
                  los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de
                  Elecciones.                                 Artículo 189º. El territorio de la República se
                                                              divide en regiones, departamentos, provincias y
                  El Registro Nacional de Identificación y Estado  distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el
                  Civil tiene a su cargo la inscripción de los naci-  gobierno unitario de manera descentralizada y
                  mientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y  desconcentrada.
                  otros actos que modifican el estado civil. Emite
                  las constancias correspondientes. Prepara y man-  Artículo 190º. Las Regiones se constituyen por
                  tiene actualizado el padrón electoral. Proporcio-  iniciativa y mandato de las poblaciones pertene-
                  na al Jurado Nacional de Elecciones y a la Ofici-  cientes a uno o más departamentos colindantes.
                  na Nacional de Procesos Electorales la informa-  Las provincias y los distritos contiguos pueden



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