Page 429 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Se exceptúan los casos de terrorismo, espionaje  La primera reconsideración es aumentar las ex-
                  y tráfico ilícito de drogas, secuestros, asalto y robo  cepciones a los casos de secuestro, asalto y robo
                  a mano armada, en ellos las autoridades policiales  a mano armada; y la segunda reconsideración es
                  pueden efectuar la detención preventiva de los  que se modifique "en el término de las 24 horas
                  presuntos implicados por un término no mayor  la presencia..."
                  de quince días naturales. Deben dar cuenta al
                  Ministerio Público y al Juez, quien pueda asu-  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  mir jurisdicción antes de vencido el término."  C90).— Señor Presidente, pido la palabra.
                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar...      El señor PRESIDENTE.— Doctor Torres y
                                                              Torres Lara, tiene la palabra.
                  Sí, señor Olivera, tiene la palabra.
                                                              El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  El señor OLIVERA VEGA (FIM).— Señor         C90).— Si me permite una aclaración, señor
                  Presidente: Yo estaba pidiendo una precisión; por  Presidente.
                  eso hago uso de la palabra.
                                                              Nosotros habíamos tenido la mejor disposición
                  En el artículo planteado se está ampliando las  para no sólo reconsiderar este planteamiento
                  excepciones —que antes eran sólo las de terro-  presentado por el señor Chú Meriz, sino también
                  rismo, espionaje y tráfico de drogas— a secues-  para aprobarlo; pero, una vez que se ha produci-
                  tro y asalto a mano armada, delitos por los cua-  do el debate, hemos llegado a la conclusión de
                  les se autoriza a la policía a efectuar la detención  que no vamos a apoyar la modificación del ar-
                  preventiva dentro de los quince días.       tículo, sino que lo mantendremos tal como está.

                  En primer lugar, yo no sé —y esto los juristas lo  Solicitamos que se pase a votación.
                  pueden precisar— si es que ya existe la llamada
                  detención preventiva o no; en fin, la detención  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los
                  estrictamente.                              señores congresistas que aprueben la reconside-
                                                              ración presentada, se servirán manifestarlo po-
                  Pero lo que me preocupa es que no se precise  niéndose y permaneciendo de pie. (Votación). Los
                  que se debe dar cuenta al Ministerio Público y al  que estén en contra. (Votación). Rechazada, por
                  juez dentro de las veinticuatro horas de la de-  no haber alcanzado el número requerido por el
                  tención. Lo que estoy planteando es si eso se
                  puede incorporar al texto.                  Reglamento. Han votado a favor 10 señores con-
                                                              gresistas.
                  Simplemente, ésa es la observación puntual que  Siguiente reconsideración.
                  estoy haciendo; porque, si no se pusiera expresa-
                  mente esto, se puede entender que una persona
                  detenida por estos delitos —asalto a mano arma-  El RELATOR da lectura:
                  da, secuestro, terrorismo, espionaje, tráfico de
                  drogas— por la Policía puede estarlo dos, tres o  "Artículo 42º.— Se sanciona con el doble de la
                  cuatro días sin que se haya dado cuenta al Minis-  pena y se duplica el plazo de prescripción en aque-
                  terio Público; de repente lo liberan, pero era una  llos que cometan delitos contra el patrimonio del
                  de las preocupaciones que teníamos en el Minis-  Estado y la vigencia del orden constitucional.
                  terio Público: cuando se producían detenciones
                  arbitrarias, se negociaba la libertad del detenido  Los funcionarios que señala la ley están someti-
                  y no se comunicaba al Ministerio Público la de-  dos a residencia, salvo autorización para salir del
                  tención dentro de las veinticuatro horas.   país otorgada por el Congreso; en este período
                                                              podrán ser acusados por el Parlamento o por ac-
                  Entonces, yo quisiera que esto quedara muy cla-  ción popular ante el Senado, con arreglo a la ley
                  ro, señor Presidente, para que se pueda lograr el  de responsabilidades funcionales".
                  mayor de los consensos.
                                                              El señor PRESIDENTE.— En debate.
                  El señor PRESIDENTE.— Doctor Torres, le
                  ruego a usted hacer la aclaración para poder pro-  Tiene la palabra el señor Olivera.
                  ceder a la votación.
                                                              El señor OLIVERA VEGA (FIM).— Señor
                  En realidad, aquí hay dos reconsideraciones, se-  Presidente: El artículo 42º, tal cual está aproba-
                  gún ve la Presidencia.                      do, dice:




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