Page 429 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Se exceptúan los casos de terrorismo, espionaje La primera reconsideración es aumentar las ex-
y tráfico ilícito de drogas, secuestros, asalto y robo cepciones a los casos de secuestro, asalto y robo
a mano armada, en ellos las autoridades policiales a mano armada; y la segunda reconsideración es
pueden efectuar la detención preventiva de los que se modifique "en el término de las 24 horas
presuntos implicados por un término no mayor la presencia..."
de quince días naturales. Deben dar cuenta al
Ministerio Público y al Juez, quien pueda asu- El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
mir jurisdicción antes de vencido el término." C90). Señor Presidente, pido la palabra.
El señor PRESIDENTE. Se va a votar... El señor PRESIDENTE. Doctor Torres y
Torres Lara, tiene la palabra.
Sí, señor Olivera, tiene la palabra.
El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
El señor OLIVERA VEGA (FIM). Señor C90). Si me permite una aclaración, señor
Presidente: Yo estaba pidiendo una precisión; por Presidente.
eso hago uso de la palabra.
Nosotros habíamos tenido la mejor disposición
En el artículo planteado se está ampliando las para no sólo reconsiderar este planteamiento
excepciones que antes eran sólo las de terro- presentado por el señor Chú Meriz, sino también
rismo, espionaje y tráfico de drogas a secues- para aprobarlo; pero, una vez que se ha produci-
tro y asalto a mano armada, delitos por los cua- do el debate, hemos llegado a la conclusión de
les se autoriza a la policía a efectuar la detención que no vamos a apoyar la modificación del ar-
preventiva dentro de los quince días. tículo, sino que lo mantendremos tal como está.
En primer lugar, yo no sé y esto los juristas lo Solicitamos que se pase a votación.
pueden precisar si es que ya existe la llamada
detención preventiva o no; en fin, la detención El señor PRESIDENTE. Se va a votar. Los
estrictamente. señores congresistas que aprueben la reconside-
ración presentada, se servirán manifestarlo po-
Pero lo que me preocupa es que no se precise niéndose y permaneciendo de pie. (Votación). Los
que se debe dar cuenta al Ministerio Público y al que estén en contra. (Votación). Rechazada, por
juez dentro de las veinticuatro horas de la de- no haber alcanzado el número requerido por el
tención. Lo que estoy planteando es si eso se
puede incorporar al texto. Reglamento. Han votado a favor 10 señores con-
gresistas.
Simplemente, ésa es la observación puntual que Siguiente reconsideración.
estoy haciendo; porque, si no se pusiera expresa-
mente esto, se puede entender que una persona
detenida por estos delitos asalto a mano arma- El RELATOR da lectura:
da, secuestro, terrorismo, espionaje, tráfico de
drogas por la Policía puede estarlo dos, tres o "Artículo 42º. Se sanciona con el doble de la
cuatro días sin que se haya dado cuenta al Minis- pena y se duplica el plazo de prescripción en aque-
terio Público; de repente lo liberan, pero era una llos que cometan delitos contra el patrimonio del
de las preocupaciones que teníamos en el Minis- Estado y la vigencia del orden constitucional.
terio Público: cuando se producían detenciones
arbitrarias, se negociaba la libertad del detenido Los funcionarios que señala la ley están someti-
y no se comunicaba al Ministerio Público la de- dos a residencia, salvo autorización para salir del
tención dentro de las veinticuatro horas. país otorgada por el Congreso; en este período
podrán ser acusados por el Parlamento o por ac-
Entonces, yo quisiera que esto quedara muy cla- ción popular ante el Senado, con arreglo a la ley
ro, señor Presidente, para que se pueda lograr el de responsabilidades funcionales".
mayor de los consensos.
El señor PRESIDENTE. En debate.
El señor PRESIDENTE. Doctor Torres, le
ruego a usted hacer la aclaración para poder pro- Tiene la palabra el señor Olivera.
ceder a la votación.
El señor OLIVERA VEGA (FIM). Señor
En realidad, aquí hay dos reconsideraciones, se- Presidente: El artículo 42º, tal cual está aproba-
gún ve la Presidencia. do, dice:
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