Page 400 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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En segundo lugar, quiero dejar constancia de que tan del derecho clásico, del derecho romano. De-
ésta es una disposición que contradice totalmen- cir lo que se dice no hace ninguna falta. Según el
te la originalmente aprobada, porque la excep- derecho romano, vigente en el Perú, todos los con-
ción desmiente el principio que se anuncia en la tratos tienen una cláusula tácita que se llama rebus
primera parte. La libertad de contratar garanti- sic stantibus, la cual quiere decir que el contrato
za que las partes pueden pactar válidamente, vale estando las cosas como están y deja de valer
según las normas vigentes al tiempo del contra- cuando las cosas ya no están como estaban. De
to; pero, dice la propuesta de modificación: "Ex- manera que si el Estado se siente lesionado por
cepcionalmente por razones debidamente com- un contrato, acude al correspondiente tribunal de
probadas de utilidad, moral o calamidad públi- justicia y deduce la nulidad o invalidez del contra-
cas, seguridad u orden interno, pueden expedirse to de acuerdo con esa cláusula.
leyes o disposiciones de cualquier clase ¡hasta
resoluciones ministeriales o directorales! que Voy a poner un ejemplo, señor Presidente, si us-
modifiquen los términos contractuales". Con lo ted me permite. Si yo obtengo un préstamo por
cual terminó la santidad de los contratos. una suma equis y me obligo en el contrato de
mutuo a pagar un porcentaje de mi sueldo, y lue-
Con el señor Joy Way nos hemos paseado por go pierdo mi sueldo si resulta que clausuran el
Bonn, Estrasburgo, París, Madrid, Miami, exhi- Congreso y me quedo sin emolumentos, opera
biendo el texto contractual y diciendo que el Perú la cláusula del rebus sic stantibus; porque no te-
ha garantizado la santidad de los contratos y que niendo sueldo, cómo voy a cumplir aquella obli-
ni siquiera una ley del Congreso podrá modifi- gación de pagar el diez por ciento mensual del
carlos. Ahora, hasta el más estúpido de los abo- mismo. Ya no la puedo cumplir, estoy amparado
gados tiene que leer que por razones de utilidad, por el rebus sic stantibus. También el Estado está
moral o calamidad públicas, seguridad que es amparado por esa cláusula; entonces, no hace
cualquier razón u orden interno, pueden expe- falta la barbaridad de decir por razones debida-
dirse leyes o disposiciones de cualquier clase que mente comprobadas de utilidad, de moral. ¿Qué
modifiquen los términos contractuales. cosa quiere decir?, ¿que se firmaron contratos
inmorales? ¿Eso quiere decir? Calamidad públi-
Señor Presidente, no hay una disposición seme- ca, seguridad seguridad es todo- u orden inter-
jante en la Constitución de 1979. ¡Esto es peor no. Es decir, por todas las razones.
que toda la Constitución de 1979! ¡Esto destruye
la razón de ser de esta Constitución! ¡Destruye Entonces, señor Presidente, todo aquello que sin-
su capítulo económico! Lo único bueno de esta ceramente persigue el Gobierno y el señor Presi-
Constitución, está destruido ahora. dente de la República, que es atraer la inversión
extranjera para dar trabajo a nuestro pueblo que
Esto, por supuesto, se ha hecho sin debate de no lo tiene, para dar ocupación a los que están
Comisión. Y ni siquiera la fórmula es original, mal empleados, para abrir horizontes a nuestros
porque uno de los juristas contratados por el jóvenes que salen al mercado sin expectativas;
Congreso, los del llamado Tribunal de Honor, la todo eso se destruye con esta barbaridad. Se aca-
ha dictado desde El Comercio, el 21 de julio, y bó la seguridad del contrato. Se acabó la seguri-
probablemente también la ha escrito especial- dad de la inversión.
mente para lo que hay que llamar, no sé por qué
razón, Comisión de Constitución, puesto que la Para aprobar esta barbaridad se necesita el voto
Comisión no ha dictaminado. Por otro lado di- de los dos tercios. Por consiguiente, se necesita
ce este señor, el artículo 1355º del Código Ci- la alianza de la mayoría con la izquierda. Saludo
vil dispone que la ley, por consideraciones de in- al FREPAP porque no entra en esto, y creo que
terés social, público o ético hasta ético está re- tampoco los de Renovación entraremos, señor
petido, moral, puede imponer reglas o estable- Presidente. Si se produce esa alianza, será en
cer limitaciones al contenido de los contratos. perjuicio del país.
Así, resulta que pretendidos juristas, que no Rechazada la reconsideración, queda el antiguo
arriesgan una elección, ni están sujetos a las di- texto. ¿Quiere leerlo el señor Relator, por favor?
fíciles responsabilidades del mandato parlamen-
tario, son los que dictan la Constitución a la ma- El señor PRESIDENTE. Doctor Chirinos,
yoría, y la mayoría trae esas fórmulas sin siquie- con todo respeto, ¿me permite usted pedirle yo
ra el trámite de Comisión que exige la Constitu- al señor Relator que lea?
ción del Estado.
El señor CHIRINOS SOTO (R). A través
Señor Presidente, estos juristas novedosos, estos de usted lo he pedido, señor Presidente. Usted
juristas autores del Código Civil de 1984, se apar- es el que manda en esta Sala.
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