Page 393 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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dades propias, para que la universidad o los cen- podría hacerse. Pero el colmo de la ignorancia
tros escolares que no tengan fines de lucro no jurídica tributaria es cuando en este artículo se
paguen el impuesto al patrimonio predial; pero dice "las donaciones y becas con fines educativos
no podemos hacer la cosa extensiva a todo tipo gozarán de exoneraciones tributarias".
de actividades que puedan generar, inclusive,
lucro. Por favor, ¿las donaciones gozan de exoneración,
las becas gozan de exoneración? El que podría
También cuando agregan lo cultural puede ser gozar de exoneración o inafectación es el sujeto
peligroso. Todos los que estamos en el ámbito de la obligación tributaria, pero no la donación
tributario, y más los que estamos en el campo en sí misma ni menos aun la beca en sí misma.
jurídico como abogados, sabemos que hay mu-
chas formas, y hay que distinguir lo que es la Esto es ignorancia jurídica. Si quieren dejarlo
elusión de lo que es la evasión. así, déjenlo, señor. No sólo los tributaristas los
juzgarán por ineptos, sino el pueblo entero e,
A veces hay formas de eludir impuestos a través inclusive, los educadores.
de instituciones culturales: se pueden hacer ins-
tituciones culturales para exhibir obras de cine, Gracias.
para hacer espectáculos públicos. ¿Acaso eso
generará la exoneración o la inafectación del El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra
impuesto a los espectáculos públicos no deporti- la doctora Gloria Helfer.
vos? Con esto, señor, estamos dando una salida
terriblemente maléfica para las arcas fiscales. La señora HELFER PALACIOS (MDI).
Estamos dando las salidas para elusiones que no Señor Presidente: Yo creo que el ausentismo que
son convenientes al interés fiscal, y tenemos que se ve en la Sala no solamente debe ser porque es
limitarlo. la hora de la comida, sino por la preocupación y
la tensión que un tema como éste se merece. Ésa
¿A qué tipo de centros educacionales queremos es mi primera observación.
ir? ¿Queremos ir a todos en general? ¿Queremos
inafectar a una academia de baile de repente? La segunda observación antes de entrar al
¿O queremos inafectar a una academia de ésas tema es que se ha traído a reconsideración este
que se llaman de "cultura física" y que no son artículo, y esto tiene una motivación que res-
otra cosa que gimnasios? ¿O a las de guitarra ponde a intereses muy precisos, a intereses crea-
que tanto le gusta a nuestro Presidente actual dos. Me pregunto por qué no se trajo a reconsi-
del Congreso? De modo alguno, señor. Esto tie- deración también nosotros lo hemos propues-
ne que ser limitado perfectamente para evitar to y, en algún momento, tendrá que verse el
el abuso y para evitar la arbitrariedad. artículo terriblemente deficiente y nefasto so-
bre el magisterio. Se trae a reconsideración este
Sabemos de fortunas que se han hecho con las artículo porque indudablemente hay intereses.
academias a través de la ley que decía que no
tenían fines de lucro. Queremos regresar de Creo que queda clara la intención, a través de las
nuevo al sistema famoso de los Cenecapes, que- diferentes propuestas que ha habido, de normar
remos regresar al sistema de las simulaciones algo de lo que ha venido sucediendo en el campo
jurídicas en que existe gente con grandísimas educativo. Nos parece que debería hacerse mu-
fortunas y signos de riquezas. ¿Y quiénes son? cho más nítidamente la diferencia, la distinción,
Directores de la academia tal o cual, que no pa- en las instituciones que tienen finalidad educati-
gan un solo tributo. Yo creo que esto es una exa- va, las instituciones cuyo peso es la finalidad edu-
geración, y está mal. Demos la inafectación a lo cativa y que, por tanto, son instituciones civiles
que debe dársele, pero no la ampliemos en la que no tienen como finalidad el lucro y que mere-
forma indecorosa como se está poniendo acá. cen las exoneraciones tributarias con las caracte-
rísticas que se han venido señalando.
Si queremos que también los centros escolares
reinviertan, si tienen fin de lucro, los que lo ten- Pero nos parece erróneo que se beneficien de las
gan, podemos darles otros beneficios. Este Go- exoneraciones instituciones que, explícitamen-
bierno se lo ha dado a la minería; rescató un te y a vista de todos, tienen por finalidad el lu-
principio antiguo de reinversión de utilidades. cro y que, por tanto, deberían ser calificadas como
cualquier otra empresa y que, por tanto, deben
¿Por qué no se va a poder reinvertir utilidades estar sometidas a las leyes respectivas.
en bienes de capital, en las escuelas o en los co-
legios que tengan fines de lucro, para que pue- Me parece que la distinción que debería de ha-
dan mejorar su infraestructura física? Eso sí cerse es entre instituciones que tienen fin edu-
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