Page 37 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 37
autoridades que tengan sus atribuciones cruza- al otro, si uno de los organismos tiene problemas
das, simplemente, desde ya, nos permitirá decir de inteligencia con el otro, ¿quién va a resolver
que hay cierta intención de manipular el proceso esos conflictos? ¿Un organismo ajeno al sistema
electoral, que hay cierta intención de fraude, que electoral?, ¿la Corte de Justicia? ¿el Consejo de
hay cierta intención de hacer valer determina- Ministros?, ¿el Poder Legislativo? No, señor Pre-
das circunstancias para favorecer a determina- sidente. Alguien tiene que tener la batuta, tiene
das posiciones electorales, que el proceso electo- que haber un organismo de superior jerarquía, y
ral que se va a realizar no es cristalino ni claro, no puede ser otro que el Jurado Nacional de Elec-
que desde ahora se advierten nubarrones, que ciones, aunque los otros dos deban actuar con
hay cosas turbias en el tema electoral de la Cons- relativa autonomía.
titución. Esto lo podremos decir con toda propie-
dad en el caso de que la mayoría no capte las in- En el artículo 201º, en el que se enumeran las
quietudes que nosotros traemos aquí, que no son funciones del Jurado Nacional de Elecciones, lo
exclusivamente nuestras, sino además las inquie- repetimos una vez más: hay que darle al Jurado
tudes de la ciudadanía y de los pueblos, que quie- verdadera majestad, pues debe tener la función
ren, fundamentalmente, reglas de juego totalmen- de convocar a elecciones y procesos electorales
te claras y limpias. cuando proceda conforme a la Constitución y la
ley, para que no ocurra lo que estamos viviendo
En ese sentido, y como lo tengo por costumbre, en estos días.
expidiendo mi crítica al articulado que se encuen-
tra en Mesa, tengo que decir que el artículo 199º, ¿Qué sucede? Según la Constitución todavía vi-
en la medida que es la repetición de un dispositi- gente, la Ley Nº 14250 y la Ley Nº 14669, que
vo vigente de la actual Constitución, tanto más rigen los procesos electorales, ya debería haber-
que es declarativo, no merecería de parte nues- se convocado a elecciones complementarias mu-
tra ninguna observación. nicipales para el mes de noviembre de este año.
Así lo hemos ratificado por ley constitucional
En el artículo 200º comenzamos a advertir aspec- emitida por este mismo Congreso. ¿Y qué ocu-
tos que son cuestionables. Ahí donde se estable- rre? Se está desacatando todas esas leyes, se está
ce cuáles serían las formas de desarrollarse de ignorando todos esos preceptos legales, por el
las tres entidades que van a trabajar dentro del Ejecutivo y por nosotros mismos. Pese a las mo-
esquema electoral que propone la mayoría vale ciones que hemos presentado reclamando lo con-
decir, el Jurado Nacional de Elecciones, la Ofici- trario, no se hace la convocatoria de las eleccio-
na Nacional de Procesos Electorales y el Regis- nes municipales complementarias. Los pueblos
tro Nacional del Estado Civil tiene que haber no tienen a qué atenerse, y el Jurado nos dice
una primera modificación. No podemos hablar que no puede hacer nada porque no tienen re-
de un Registro Nacional del Estado Civil, porque cursos por no haberse convocado al proceso.
eso, señor Presidente, induciría a confusión. De-
bemos dejarlo a los municipios, los cuales han No podemos continuar viviendo avatares de esta
desarrollado este trabajo desde el inicio de la naturaleza, que igual hemos pasado cuando es-
República; y debemos hablar de lo que se vino taba el señor Fernando Belaúnde o el señor Alan
reclamando siempre: un Registro Nacional Cen- García. Había que estar prendiendo velitas a to-
tral de Identificación. Se ha reclamado que ten- dos los santos para que a última hora, el último
ga un funcionamiento conexo con el Jurado Na- día, el último minuto y el último segundo, recién
cional de Elecciones, sometido a su supervisión convocaran a elecciones, manteniendo a la ciu-
aunque con relativa autonomía funcional y dadanía en vilo, como si pendiera sobre ella la
que esté coordinado con el Registro del Estado amenaza de que todo el sistema democrático es-
Civil de los municipios. taba en riesgo. Eso es algo que está ocurriendo
también ahora. A pesar de que se decía que se
En consecuencia, para el artículo 200º nosotros iban a hacer las cosas de una manera ejemplar y
proponemos que el término "Registro Nacional magistral, nos encontramos con los mismos vi-
del Estado Civil" se cambie por el de "Registro cios del pasado y no se convoca a elecciones mu-
Nacional Central de Identificación", y que se es- nicipales complementarias.
tablezca que estos tres organismos actúan con
autonomía funcional bajo la supervisión del Ju- Para no repetir esta prueba, en adelante el Jura-
rado Nacional de Elecciones. do, de acuerdo con la regularidad que establecen
la Constitución y las leyes, debería convocar, bajo
No puede haber muchas manos en un plato; no responsabilidad, los procesos electorales.
puede hablarse de que estos tres organismos sean
autónomos entre sí. Daría lugar a graves proble- Luego, señor Presidente, entre las atribuciones
mas, porque, si uno de los organismos desacata del Jurado debe establecerse en forma clara que
1793