Page 34 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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la Estructura del Estado, del proyecto sus-  Presenta su proyecto de presupuesto ante el Po-
                  titutorio de Constitución contenido en el   der Ejecutivo. Lo sustenta en esa instancia y ante
                  dictamen en mayoría de la Comisión de       el Congreso.
                           Constitución y de Reglamento
                                                              Artículo 202º.— El Jurado Nacional está inte-
                  El señor PRESIDENTE.— Continúa el deba-     grado por cinco miembros:
                  te del proyecto sustitutorio comprendido en el
                  dictamen en mayoría de la Comisión de Consti-  1) Un representante de la Corte Suprema, quien
                  tución y de Reglamento.                     lo preside, elegido por votación secreta entre sus
                                                              magistrados jubilados en los últimos tres años.
                  Se va a dar lectura a los artículos del 199º al 210º
                  del capítulo Del Sistema Electoral.         2) Un representante del Colegio de Abogados de
                                                              Lima, elegido entre sus miembros en votación
                  El RELATOR da lectura:                      secreta.
                                 "Capítulo XIV                3) Un representante de los colegios de abogados
                                                              del Perú, elegido por sus decanos en votación
                             Del Sistema Electoral            secreta.

                  Artículo 199º.— El sistema electoral tiene por  4) Un representante de los otros colegios profe-
                  finalidad asegurar que las votaciones traduzcan  sionales de nivel nacional, elegido en votación
                  la expresión libre, espontánea y auténtica de los  secreta por los decanos de los mismos. Y
                  ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo
                  exacto y oportuno de la voluntad del elector ex-  5) Un representante de la Asamblea Nacional de
                  presada en las urnas.                       Rectores elegido entre los ex rectores en vota-
                                                              ción secreta.
                  Tiene, por funciones básicas, el planeamiento, la
                  organización y la ejecución de los procesos elec-  Artículo 203º.— Los miembros del Jurado Na-
                  torales o de referéndum u otras consultas popu-  cional son elegidos por un período renovable de
                  lares; el registro de los actos que modifican el  cuatro años. La ley establece la forma de renova-
                  estado civil; y la custodia de un registro único de  ción en grupos de dos cada cuatro años.
                  identificación.
                                                              Los miembros del Jurado Nacional no pueden ser
                                                              menores de cuarenta ni mayores de setenta años.
                  La ley puede establecer disposiciones especiales
                  para facilitar el voto de los ciudadanos peruanos
                  residentes en el extranjero.                El cargo es rentado. Es incompatible con cual-
                                                              quier otra función pública, excepto la docencia a
                                                              tiempo parcial.
                  Artículo 200º.— El sistema electoral está confor-
                  mado por el Jurado Nacional de Elecciones, la  No pueden ser miembros del Jurado Nacional los
                  Oficina Nacional de Procesos Electorales y el  candidatos a cargos de elección popular, ni los
                  Registro Nacional del Estado Civil. Actúan con  ciudadanos que desempeñan puestos directivos
                  autonomía. Mantienen entre sí relaciones de co-  en las organizaciones políticas o que los han des-
                  ordinación, de acuerdo a sus atribuciones.  empeñado con carácter de dirigentes nacionales
                                                              en los cuatro años anteriores a la elección.
                  Artículo 201º.— Compete al Jurado Nacional fis-
                  calizar la organización electoral, la preparación  Artículo 204º.— El Jurado Nacional aprecia los
                  de los padrones electorales, el ejercicio del dere-  hechos con criterio de conciencia. Resuelve con
                  cho de sufragio, los procesos electorales, el regis-  arreglo a ley y a los principios generales de dere-
                  tro de organizaciones políticas y las demás fun-  cho.
                  ciones que la ley señala.
                                                              Contra sus resoluciones finales no procede recurso
                  Corresponde al Jurado Nacional resolver, en ins-  alguno.
                  tancia de apelación definitiva e irrevisable, la
                  validez o nulidad de las elecciones, así como pro-  Artículo 205º.— El Jefe de la Oficina Nacional
                  clamar y expedir credenciales a los candidatos  de Procesos Electorales es nombrado por el Con-
                  elegidos.                                   sejo Nacional de la Magistratura por un período
                                                              renovable de cuatro años.
                  En materia electoral, el Jurado Nacional tiene
                  iniciativa en la formación de las leyes.    Le corresponde organizar todos los procesos elec-



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