Page 36 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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mo: el Registro Nacional del Estado Civil. Tene-  los Estados Americanos, a la que solicitamos co-
                  mos un sistema sumamente atrasado, en el cual  laboración y nos hizo llegar importantes contri-
                  no es posible tener una información concentrada  buciones. Entre los expertos que han aportado
                  sobre el estado civil de las personas. Hay que  su conocimiento sobre la materia hay personas
                  transformarlo en un sistema que sea autónomo,  ampliamente experimentadas en procesos elec-
                  moderno, actual y que permita, no sólo el regis-  torales en otros países.
                  tro de los datos fundamentales de la persona, sino
                  que sea la base del sistema electoral.      Esto es todo, Presidente.
                  En consecuencia, un primer instrumento de ca-  El señor PRESIDENTE.— Se va a abrir la lis-
                  rácter documentario, que es el Registro Nacio-  ta de oradores.
                  nal del Estado Civil, autónomo; uno segundo, que
                  es propiamente la Oficina Nacional de Procesos  Tiene la palabra el señor Róger Cáceres Velásquez.
                  Electorales, que lleva a cabo el proceso; y un ter-
                  cero, que es el órgano jurisdiccional que procla-  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  ma a los que ganan, declara las nulidades y re-  (FNTC).— Señor Presidente, en el sistema elec-
                  suelve los conflictos, supervisando, además, el  toral a aplicarse en cualquier proceso es donde
                  conjunto del proceso electoral.             se encuentran las reglas de juego más delicadas,
                                                              de mayor importancia y trascendencia para la
                  Para dar autonomía política en estos niveles, se  suerte de ese proceso. Si las reglas consignadas
                  resuelve que el Jefe del Registro Nacional del  son acertadas, bondadosas, justas y están debi-
                  Estado Civil y el Jefe de la Oficina Nacional de  damente concebidas, con toda seguridad que po-
                  Procesos Electorales son designados por el Con-  drán ser manejadas de una manera también
                  sejo Nacional de la Magistratura, órgano que,  exitosa; aunque, indudablemente, por más que
                  como ya lo hemos sostenido, proviene de una  las leyes sean buenas, si el personal que las ma-
                  designación prácticamente exclusiva del Poder  neja no es el mejor, tampoco los resultados serán
                  Judicial, que es el menos politizado de los pode-  satisfactorios.
                  res.
                                                              Como en este momento no tenemos la posibili-
                  Recordamos, en este sentido, que la Corte Su-  dad de escoger a los hombres que van a manejar
                  prema va a designar treinta personas, entre las  estos sistemas y estas normas, lo que nos corres-
                  cuales se elegirá a los siete miembros del Conse-  ponde hacer, fundamentalmente, es cautelar que
                  jo Nacional de la Magistratura. Éstos, a su vez,  las normas sean buenas y confiar en que, a tra-
                  como miembros del Consejo Nacional de la Ma-  vés de esas buenas normas, se seleccione adecua-
                  gistratura, designarán al Jefe del Registro Na-  damente a buenos hombres, a buenos ciudada-
                  cional del Estado Civil y al Jefe de la Oficina Na-  nos que puedan estar en condiciones de adminis-
                  cional de Procesos Electorales.             trarlas también en forma satisfactoria.
                  El Jurado Nacional —se señala en el artículo 202º  En la historia de nuestro país las páginas del mal
                  del proyecto— estará constituido por represen-  desempeño del Jurado Nacional de Elecciones y
                  tantes de la Corte Suprema, del Colegio de Abo-  de los jurados electorales departamentales y pro-
                  gados de Lima, de los demás colegios de aboga-  vinciales han sido muchas. En cuántas ocasiones
                  dos, de la Asamblea Nacional de Rectores y de  los jurados han actuado de una manera equivo-
                  los otros colegios profesionales de nivel nacional.  cada y parcial. Se ha señalado históricamente el
                                                              caso del Jurado Nacional de Elecciones que in-
                  Hay que señalar aquí una innovación importan-  tervino en 1962, cuya gestión dolosa dio lugar a
                  te. La representación de estos colegios —no sólo  la anulación de todo un proceso eleccionario y a
                  de los colegios de abogados, sino de los otros co-  la frustración del sistema democrático en el Perú.
                  legios profesionales— permite el ingreso y la par-
                  ticipación, también aquí, de personas que van a  Por otro lado, es evidente que necesitamos, den-
                  ser elegidas no por los directivos de estas corpo-  tro de nuestro ordenamiento constitucional, in-
                  raciones, sino por las bases mismas. En cada co-  corporar algunas experiencias valiosas que se han
                  legio habrá un proceso electoral mediante el cual  producido en los últimos años en el Perú, para
                  todos los profesionales asociados elegirán a sus  los efectos ya señalados.
                  representantes.
                                                              El tema que estamos discutiendo, uno de los ca-
                  Señor Presidente, quiero agregar que gran parte  pítulos finales de la Constitución, tiene funda-
                  de este proyecto ha sido tomado —hay que reco-  mental importancia. Queremos precisar que un
                  nocerlo y expresarlo públicamente— de las reco-  mal Jurado Electoral, un Jurado con normas
                  mendaciones alcanzadas por la Organización de  enrevesadas, instituciones que no están claras,



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