Page 196 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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ra capacidad de programar y ejecutar el gasto; Considero que el texto del artículo décimo pri-
una autonomía administrativa, con la capacidad mero debe ser modificado, por lo que sugiero su
de manejo de sus recursos humanos, materiales redacción de la siguiente manera: "Las Regiones
y tecnológicos; y una autonomía política, con la y las Municipalidades rinden cuenta de la ejecu-
capacidad de gobernar y gobernarse por sí mis- ción de su presupuesto de acuerdo a las normas
ma. establecidas por la Ley del Presupuesto del Sec-
tor Público y de la Cuenta General de la Repú-
Tercero, nuestro planteamiento. blica y son fiscalizados de acuerdo a ley".
Queremos una descentralización en la que se dé Dicha modificación debe darse porque el proceso
dentro de su esquema el desarrollo permanente presupuestal considera varias etapas que están
de nuestras provincias y distritos. Proponemos reguladas por la Ley Marco de Presupuesto y, en
la existencia necesaria de un órgano de gobierno caso del año fiscal, por la Ley Anual del Presu-
a nivel regional que sea la expresión clara y trans- puesto del Sector Público.
parente de la voluntad popular, para una identi-
ficación con los problemas y necesidades de los La ejecución del presupuesto es una etapa del
pueblos olvidados. proceso presupuestario, así como las demás fa-
ses de evaluación y control. En consecuencia, es
Asimismo, quiero saludar el gesto de haber es- necesario indicar que las regiones y municipali-
cuchado el clamor del pueblo al considerarse que dades rindan cuentas de acuerdo a las normas
el representante de una región sea elegido por que establece la Ley del Presupuesto del Sector
sufragio directo. Este representante puede lle- Público y de la Cuenta General de la República
var el nombre de gobernador o presidente, tér- sin fijar una sola entidad.
mino que, en realidad, este honorable Congreso
lo decidirá. Señor Presidente, éstos son mis aportes a la Co-
misión de Constitución, salvo mejor parecer.
En cuarto lugar, quiero alcanzar a la Comisión
de Constitución algunas propuestas. El señor PRESIDENTE. Tiene el uso de la
palabra el señor Carrión Ruiz.
En el artículo quinto, inciso 5), referente a la pla- El señor CARRIÓN RUIZ (R). Señor Presi-
nificación del desarrollo urbano y rural de las
circunscripciones, debe agregarse la expresión dente, como lo he dicho en varias oportunidades,
creo que la descentralización reposa sobre cua-
"proyectos de inversión", considerando que, en tro pilares: el político, el administrativo, el judi-
su mayoría, los proyectos de inversión son los cial y el económico.
que sustentan el desarrollo de la ciudad o del
campo. Para referirme al pilar político, quiero recordar
que aquí se ha afirmado que, una vez que termi-
En el artículo primero considero que es mejor nemos el proceso de elaboración de la Constitu-
sustituir el término "país" por el de "Estado", ya ción, haremos una revisión completa de su texto
que debemos considerar que el Estado es la so- para corregir los posibles errores en los que ha-
ciedad más el poder, o sea, una sociedad política- yamos incurrido.
mente organizada; además, uno de los objetivos
del Estado debe ser la descentralización. No hay En relación con ello, quiero referirme al artículo
que considerar "país", porque es sinónimo de te- 103º del capítulo referente al Poder Legislativo,
rritorio. En consecuencia, el artículo 1º debe te- ya aprobado, en el que se indica cuál es el núme-
ner la siguiente redacción: "La descentralización ro de representantes al futuro Congreso unica-
es un proceso y objetivo permanente del Esta- meral. Pero ahí debería agregarse y ojalá que
do". esto se haga en la respectiva revisión que el
sistema de elección es por sistema de distrito múl-
En cuanto al inciso 7) del artículo quinto, debe tiple.
modificarse la redacción con el objeto de que esa
función no se constituya en puerta abierta; por De otro lado, considero que, cuando se termina
lo tanto, debe quedar de la siguiente manera: "7) la elaboración de un texto legal, recién se consig-
Las demás atribuciones inherentes a su función nan las disposiciones transitorias.
que determina la ley".
Quiero referirme a una disposición transitoria
En el artículo noveno, cuando se refiere a la coor- que se ha incluido después del artículo 117º y
dinación y ejecución de planes y programas, debe por la cual se consagra el centralismo político al
incluirse el término "proyectos". establecerse que el próximo Congreso sea elegi-
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