Page 164 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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De tal manera que yo lamento, por ejemplo, que renuncia ya no pueda nunca más volver a postu-
una persona como el señor Carpio, quien creo lar, porque quiere decir que no desea ejercer ese
que es sinceramente descentralista, haya acep- cargo público. Ésa sería, en todo caso, una limi-
tado, e incluso hasta propuesto, esta iniciativa. tación mucho más clara y más firme.
Sinceramente, creo que con este artículo tercero
lo que estamos consagrando es la departamen- Pero decir que un cargo es irrenunciable es po-
talización ad in perpetuum, y todos sabemos ya ner a muchas personas que ya no tienen la voca-
cómo están constituidos los departamentos, que ción para seguir sirviendo en esa función en la
además tienen una delimitación absurda. Por situación de tener que hacerlo a desgano. Ése es
ejemplo, el río Tambo está dividido no sólo entre un punto menor que, además, se da en otros ar-
dos departamentos, sino entre dos regiones, y de tículos.
ahí surgen los cien mil problemas que hay entre
Moquegua y Arequipa. No sólo los departamen- El artículo noveno dice lo siguiente:
tos en el Perú están divididos en forma absurda,
sino que además hay un exceso de división. "Las Regiones debidamente constituidas tienen
autonomía política, económica y administrativa.
Con toda franqueza, y sin pensar que con esto
ofendo a nadie, no creo que unidades como Tienen competencia, dentro de su jurisdicción,
Moquegua, Tacna, Tumbes, Ucayali o Madre de en la coordinación y ejecución de los planes y pro-
Dios puedan tener la gravitación necesaria como gramas socio-económicos regionales, así como en
para constituir una región. la gestión de actividades y servicios inherentes
al Estado, conforme a Ley.
Evidentemente, para poder constituir una región
y manejar problemas de orden intermedio entre Sus bienes y rentas propias se establecen en la
el gobierno local y el Gobierno Central, hay que Ley."
hacer unidades mayores; y digámoslo, señor
Presidente la única forma de hacer unidades La propia vaguedad de este artículo, el hecho de
mayores es por medio de una decisión legal. que se establezca así en términos tan genéricos,
indica que ésta es una zona regional que no ha
Si vamos a decir que los pueblos harán sus uni- sido tratada a fondo y, entonces, para salir del
paso, se pone un artículo de orden general.
dades por referéndum, lo que estamos afirman-
do es que no va a haber descentralización a nivel Eso demuestra lo que ya he dicho: en lo que se
regional.
refiere a regiones, estamos no sólo frente a una
improvisación, sino también ante una departa-
De tal manera que a mí me parece sustancial que mentalización, que es la negación de la regiona-
en el artículo tercero, si no podemos resolver el lización.
problema estableciendo un texto sería lo ideal,
y, si tuviéramos más tiempo para trabajar la Cons- Estoy totalmente de acuerdo en que las autori-
titución, eso sería lo que deberíamos hacerdi- dades regionales deban ser elegidas por sufragio
gamos que habrán tres, cuatro o cinco regiones directo y secreto, con todos los demás condiciona-
más Lima y que esto tendrá que resolverse por mientos. Lo que no entiendo bien es qué quieren
ley, debiendo los pueblos, después de eso, ratifi- decir con el Consejo de Coordinación Regional,
car por referéndum aquello que se sancione por que una vez más lo dejan librado a ley.
ley. Pero repito no lo podemos dejar en el
aire, porque, si lo dejamos así, estaremos consa- Finalmente, en las disposiciones transitorias te-
grando los departamentos tal como están. No nemos una vez más el artículo segundo, que anula
estamos haciendo, entonces, lo que deberíamos si es que hay alguna posibilidad de avance
de hacer. todo lo dicho antes: "En tanto se constituyan las
Regiones y se eligen a sus Presidentes, de acuer-
Señor Presidente, al final del artículo cuarto hay do a esta Constitución, el Poder Ejecutivo adecúa
algo que me parece absurdo, y lo digo porque se la jurisdicción de los Consejos Transitorios de Ad-
repite a lo largo de esta Constitución. Yo no sé ministración Regional en funciones, al ámbito de
para qué se pone que el mandato de los alcaldes cada uno de los Departamentos establecidos en
es irrenunciable, como se pone también que el el país".
mandato de los representantes es irrenunciable.
Todo es renunciable. Si alguien desea renunciar Como repito, el Perú no va a salir de la departa-
a algo, debe tener siempre la vía y la salida. mentalización; lo que estamos diciendo es que
no van a haber regiones, y el Poder Ejecutivo, en
Para mí, la sanción correcta sería, para el caso esta esfera, va a querer seguir haciendo lo mis-
de algún representante o de un alcalde, que quien mo.
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