Page 660 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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este poder debe de ejercer sobre los actos del  que cualquiera de estas preguntas pudieran re-
                  Poder Ejecutivo.                            petirse en un futuro muy cercano.
                  De aquí, señor, que hay algunos artículos que yo  En cuanto al artículo 132º y sus veinticuatro
                  quisiese precisar y algunas lagunas que, en mi con-  incisos, tengo algunas sugerencias; como, por
                  cepto, deberían de llenarse para evitar problemas  ejemplo —y en esto estoy de acuerdo con Róger
                  futuros. Por ejemplo, señor, creo que deberíamos  Cáceres—, de que no sea el Presidente el que con-
                  discutir la propuesta del Colegio de Abogados de  voque a elecciones presidenciales, parlamenta-
                  Lima, en el sentido que, para ser elegido Presi-  rias y municipales. Si de verdad queremos forta-
                  dente de la República, se requiere ser peruano  lecer a otros poderes del Estado, creo que esta
                  de nacimiento e hijo de padres peruanos.    facultad le debería de corresponder al Jurado Na-
                                                              cional de Elecciones.
                  Así, a primera vista, pareciese que este artículo
                  tuviese nombre propio. Pero, si hemos de tomar  También me parece negativo, señor, que el Par-
                  en serio al señor Fujimori, él dijo en Brasil que no  lamento no ratifique ya a los embajadores. Si algo
                  será candidato a la reelección presidencial en 1995;  es cierto, señor, es que todos los gobiernos, in-
                  en consecuencia, no tiene nada que ver con él.  cluyendo a éste, han empleado estas representa-
                                                              ciones a veces para proponer a hombres sin nin-
                  De lo que se trata es de una simple precaución  guna calidad profesional; y esto, por supuesto,
                  contra futuros y probables errores del pueblo  va en desmedro de los intereses de nuestra pa-
                  peruano. Sé que se me dirá de que el pueblo es  tria. De aquí el criterio que el Parlamento no de-
                  muy sabio y que sabe lo que hace; pero, tal como  bería de abdicar de esta función fiscalizadora.
                  creo haberlo demostrado en alguna oportunidad,  Además, señor, el hecho de que el Presidente
                  los pueblos también se equivocan, y bastante. De  quiera siempre algunos embajadores lo obliga a
                  aquí que hoy se acepta que el primero de los de-  establecer mecanismos de comunicación con el
                  rechos de un pueblo en una nación civilizada es  Poder Legislativo que redundan en beneficio y
                  el de estar protegido contra las consecuencias de  en fortalecimiento del sistema.
                  su propia necedad. Además, señor, el amor a la
                  patria y el vínculo espiritual de un hombre con  Igualmente, señor, perjudicial me parece esta
                  su tierra y con sus muertos es algo que difícil-  atribución excesiva en lo que se refiere a las Fuer-
                  mente se puede improvisar.                  zas Armadas. Yo no tengo una solución para este
                                                              problema, pero tengo la impresión que converti-
                  Quizás por estas influencias, señor, se ha trata-  mos a las Fuerzas Armadas en una especie de
                  do con tan poco respeto el tema de la nacionali-  guardia pretoriana del Presidente, y esto es muy
                  dad en nuestro proyecto de Constitución. Y qui-  delicado para la estabilidad democrática.
                  zás también por esto, señor,  se han impulsado
                  tratados y convenios, en mi concepto, lesivos a la  El inciso 19) también debería ser precisado, ya
                  soberanía nacional, como los firmados por este  que puede prestarse a interpretaciones capricho-
                  gobierno con Bolivia y con Chile.           sas. Si estos decretos de urgencia, como dice el
                                                              texto, tienen fuerza de ley, pueden o no pueden,
                  Creo también, señor, que a las distintas causales  señor, derogar o alterar las leyes preexistentes.
                  de vacancia deberíamos agregar una más con refe-  El doctor Enrique Chirinos Soto opina que no;
                  rencia al respeto mutuo con que deberían de com-  pero existen otras opiniones en contrario, y bien,
                  portarse los poderes del Estado. El objetivo de una  señor, haríamos en precisar este punto para la
                  salvaguarda así, evidentemente, es un poco el de  estabilidad del sistema también.
                  precisar los límites del enfrentamiento entre los
                  poderes del Estado y evitar en el futuro confronta-  Por último, señor, y antes de entrar al tema de la
                  ciones realmente deplorables y que lo único que  reelección presidencial, quiero plantear la figu-
                  hacen es desprestigiar a la democracia peruana.  ra del...
                  El artículo 129º es muy importante, pero tiene  El señor PRESIDENTE.— Doctor Barba:
                  algunos vacíos. Aquí se dice que, cuando el Pre-  ¿Está haciendo uso de un turno adicional?
                  sidente sale del territorio nacional, el Primer Vi-
                  cepresidente se encarga del despacho. Pero, ¿qué  El señor BARBA CABALLERO (CD).— Sí,
                  pasa, señor, si el Presidente tiene un accidente,  señor Presidente.
                  muere o simplemente no regresa? ¿Qué hace el
                  Primer Vicepresidente? ¿Se encarga del despa-  El señor PRESIDENTE.— De acuerdo.
                  cho, asume sus funciones o convoca a elecciones?
                  Esto no está claro, y debemos hacerlo más preci-  El señor BARBA CABALLERO (CD).— Voy
                  so, señor, porque no es una posibilidad remota el  a plantear la figura del juicio de residencia para



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