Page 174 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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disponer libremente del área que les es asignada  Desde nuestro punto de vista, creo que eso no es
                  es abrir la posibilidad de que mañana puedan dis-  lo real ni lo justo; todo lo contrario. En todo el
                  poner, al margen de la conveniencia nacional, de  texto de la nueva Constitución que elaboramos,
                  enormes riquezas que les han sido adjudicadas  estamos dando una legislación base que va a per-
                  por el Estado.                              mitir que el agro se modernice y que encuentre
                                                              el camino al desarrollo, a la reivindicación de los
                  El señor PRESIDENTE.— Le ruego que con-     hombres del campo a través del mejoramiento
                  cluya.                                      de los niveles de vida.
                  El señor GARCÍA MUNDACA (MIA).— Sí,         Digo esto, por cuanto si nos ponemos a leer todo
                  señor Presidente. Y muchísimas gracias por su  lo consagrado en la Constitución del año 79, ve-
                  generosa comprensión y la del Pleno.        mos que todo, o parte de ella, solamente ha sido
                                                              un "saludo a la bandera" y ha servido para atra-
                  Termino afirmando que en el caso de las Comu-  sar el agro en cuanto a un mayor compromiso y
                  nidades Campesinas y Nativas es necesario que  en cuanto a un desarrollo sostenido y permanen-
                  la Comisión de Constitución, y especialmente su  te. Si nosotros analizamos toda la legislación
                  distinguido Presidente, reconsidere esta asimi-  anterior, y no es por renegar de nada, sino de
                  lación de todas las Comunidades Campesinas y  decir las cosas como son, encontramos que toda
                  Nativas como si fueran lo mismo; porque no lo  ella se daba en función de la Reforma Agraria,
                  son.                                        que como doctrina fue algo maravilloso; pero cuya
                                                              aplicación, a través de las leyes que se dieron,
                  Existe una obnubilación en el texto sobre lo que  distorsionó la realidad y evitó el desarrollo del
                  son las Comunidades Campesinas de Costa, y  agro nacional.
                  ellas tal vez puedan estar en el dilema de subsis-
                  tir o sobrevivir dentro de normas distintas; pero  Hoy estamos tratando de que las Comunidades
                  las Comunidades de Sierra, con sus hondas raí-  Campesinas, siempre sujetas a una legislación
                  ces en la historia y en la tierra, no pueden ser  muy específica que les impide su desarrollo, ten-
                  agredidas por un texto que desconoce su reali-  gan acceso a esa propiedad de la tierra, que les
                  dad y la necesidad de su conservación. Introduz-  permita a ellas, dentro de lo que es el dominio
                  camos mecanismos para que modernicen su eco-  real de la misma, tenerla como garantía, como
                                                              aval, para poder ejercer su condición de sujeto
                  nomía y para que puedan incorporarse a la pro-
                  ducción moderna, pero no introduzcamos meca-  de crédito ante cualquier entidad financiera.
                  nismos para su destrucción. Eso, señor, sería un  Pero eso no es todo. No se trata de señalar cuál
                  atentado contra la historia que lo vamos a pagar  es nuestro punto de vista sobre la prioridad del
                  caro.                                       agro para que podamos nosotros sostener, criti-
                                                              car o exigir cómo debe llevarse adelante el proce-
                  Ojalá se pueda recoger la propuesta que respon-  so de desarrollo.
                  da a la exigencia de muchos comuneros que quie-
                  ren disponer de una propiedad. Hay que confron-  Quien les habla es un comunero, procedente de
                  tar a las comunidades con un choque cultural,  una comunidad campesina en la que cada uno
                  con un choque con la modernidad, dentro de un  tiene propiedad de su terreno por el usufructo,
                  tiempo que la Constitución, a través de una nor-  por los años de dominio, pero donde nunca se ha
                  ma transitoria, pueda señalar; y que la ley seña-  podido utilizar esa tierra para dar mayor apoyo
                  le también los mecanismos y los requisitos para  al desarrollo. No hemos podido posibilitar, por
                  que así se exija. Pero, después de eso, que la Cons-  esa división que existe en las Comunidades Cam-
                  titución y la ley protejan la supervivencia de las  pesinas, que ellas, a través del ejercicio de ser
                  Comunidades Campesinas y Nativas.           sujeto de crédito como persona jurídica o como
                                                              persona natural, tengan acceso a los créditos de
                  El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.       capitalización que hagan viable el desarrollo sos-
                                                              tenido e integral del agro. Esto ha sido una limi-
                  Señor Pablo Tello, tiene el uso de la palabra.  tación permanente para el desarrollo de las Co-
                                                              munidades Campesinas.
                  El señor TELLO TELLO (NM-C90).— Señor
                  Presidente: Se nos está criticando en algunas in-  Hoy día estamos, como digo, pretendiendo que
                  tervenciones de que estamos destruyendo el ré-  esta situación se supere. Y lo que hoy día plan-
                  gimen agrario, y con ello el futuro de la agricul-  teamos como capítulo Del Régimen Agrario y de
                  tura en el país, por haber dejado de lado muchos  las Comunidades Campesinas y Nativas, está
                  artículos que fueron considerados en la Consti-  enmarcado dentro de un concepto  coherente con
                  tución del 79.                              todo el texto de la Constitución, que va a garan-



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