Page 83 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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el derecho de las personas —y he tenido el honor  antiguos —y así era la tradición jurídica— crea-
                  de dictar el curso en la Universidad Católica, en  ban ficciones jurídicas: no obstante que tal cosa
                  la Universidad de Lima, durante muchos años—,  no es, me imagino que así es e invento esta figu-
                  se utiliza el término de "identidad".       ra para poderte dar derechos.
                  El nombre es uno de los elementos de la identi-  Por eso, se creó antiguamente el concepto este
                  dad. Las personas son identificadas a través de  de que al concebido, para que tenga derechos, se
                  varios elementos; uno de los cuales es el nom-  lo va a considerar como un nacido y que, en la
                  bre. Pero existen otros elementos que identifi-  medida que ha nacido, recién va a tener dere-
                  can a las personas; como puede ser, por ejemplo,  chos. Entonces, invento una ficción jurídica y digo
                  su imagen, un concepto moderno pero que tam-  que al concebido lo voy a considerar nacido para
                  bién representa a cada persona. Cada uno de  todo lo que le favorece.
                  nosotros tiene una imagen, una imagen física.
                  Muchas veces somos representados a través de  La doctrina moderna dice que no hay que recu-
                  un simple dibujo y nosotros podemos, a través  rrir más a las ficciones, y explico mejor este con-
                  de un caricaturista, identificar a la persona, toda  cepto. Hoy en día, el doctor Carlos Fernández
                  vez que es la imagen de ella. ¿No es cierto? Y hay  Sessarego —autor del libro Derecho de las Per-
                  personajes que todos vemos cómo son fácilmen-  sonas del Código Civil vigente— es un gran de-
                  te identificables.                          fensor de la idea que voy a sostener en este mo-
                                                              mento.
                  En consecuencia, los elementos que identifican
                  a la persona son varios. Entre ellos están el nom-  En la actualidad, de acuerdo a nuestro Código
                  bre, la imagen, etcétera. Esto forma parte de lo  Civil, existen cuatro sujetos del derecho: el con-
                  que se llama los atributos de la personalidad, que  cebido, la persona natural —o sea, la persona que
                  son además otros, como el domicilio, la capaci-  ha nacido—, la persona jurídica y una cuarta a la
                  dad de las personas, su estado civil, etcétera.  que podemos llamar como persona jurídica no
                                                              inscrita; aquella persona que no ha nacido jurí-
                  Por lo tanto, propongo —utilizando la doctrina  dicamente para el derecho porque no está inscri-
                  moderna de los elementos que caracterizan a las  ta, requisito indispensable para nacer jurídica-
                  personas, al hablar de la vida, en vez de hablar  mente.
                  del nombre, que es solamente uno de los atribu-
                  tos de la identidad— que se emplee el término  A estas cuatro se les llama sujetos de derecho,
                  "identidad", que sería el término moderno, con  porque todas tienen derechos: el concebido tiene
                  lo que el texto diría: "A la vida, a su identidad, a  derechos, la persona natural —o sea el nacido—
                  la integridad física y síquica, y a su libre desa-  tiene derechos, la persona jurídica tiene derechos
                  rrollo y —agregaría también— bienestar inte-  y la persona jurídica que aún no está inscrita —al
                  gral". La razón por la cual agrego "bienestar in-  igual que el concebido, que aún no ha nacido—
                  tegral" es porque a veces, cuando hablamos de  también tiene derechos. A estas cuatro se les lla-
                  bienestar, creemos que se trata solamente de una  ma sujetos de derecho; sin embargo, solamente
                  parte de la persona; pero el bienestar es físico,  dos de ellas son personas, las dos que han naci-
                  emocional, espiritual, síquico, etcétera.   do: una, la persona natural y, la otra, la persona
                                                              jurídica que nace cuando se inscribe.
                  Por lo tanto, cuando se discute hoy día lo que es
                  derecho de las personas, tanto en derecho de la  Dentro de esta concepción, ya no es necesario
                  persona a nivel constitucional como en derecho  recurrir a este tipo de ficciones, porque sería re-
                  civil, se habla de bienestar integral, para dar a  troceder en el tiempo lo que ya avanzó el nuevo
                  entender que no solamente nos estamos refirien-  Código Civil peruano. Es un adelanto reconocido
                  do a algunos de los aspectos puntuales de este  internacionalmente.
                  bienestar, sino a la totalidad del bienestar. En
                  consecuencia, le agregaría el término "integral".  He tenido la suerte, señor Presidente, de haber
                                                              asistido a congresos internacionales organizados
                  Finalmente, señor Presidente, me quiero referir  por la Universidad de Lima, cuando el doctor
                  a la última frase que dice: "Al concebido se le con-  Carlos Torres era decano de esta Facultad de
                  sidera nacido para todo lo que le favorece".  Derecho, a los cuales ha asistido gente de países
                                                              europeos, latinoamericanos, etcétera, que reco-
                  También aquí quiero mencionar que la teoría  nocían el gran adelanto del Código Civil peruano
                  moderna del derecho civil establece que hay que  al reconocer al concebido como un sujeto de de-
                  eliminar las ficciones. Es decir, nuestros códigos  recho, sin necesidad de recurrir a las ficciones.



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