Page 447 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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La manera como el Gobierno viene implemen- El señor MARCENARO FRERS (NM-C90).
tando las modificaciones en el sistema de pen- Señor Presidente, simple y llanamente quiero
siones lleva a que prevalezca en el país única- decir, en mérito a las palabras expresadas por el
mente un régimen privado. En la práctica ha doctor Castro Gómez y en mérito a que lo he
desaparecido el régimen público. El Gobierno ha dicho en varias entrevistas, que la razón por la
creado una denominada Oficina de Normaliza- cual el artículo 20º de la Constitución actual el
ción Previsional, institución que va a adminis- referido al reajuste de pensiones se ha retira-
trar y pagar las pensiones que antes adminis- do no es porque se pretenda quitar ese derecho,
traba el Instituto Peruano de la Seguridad So- sino porque el sistema privado de pensiones
cial, aunque no responde a los diversos requeri- como ya se ha explicado otorga un sistema
mientos en el sentido de que... en el que las pensiones y reajustes son aun ma-
yores al costo de vida.
El señor PRESIDENTE. Está haciendo uso
de un tercer turno. Por este motivo, he sostenido que debe ser una
norma transitoria, ya que, si se pusiera en la parte
El señor CASTRO GÓMEZ (MDI). Reitero principal de la Constitución, se tendría que apli-
que el Gobierno está dejando en el desamparo a car a todos, y aquellos que participan del nuevo
estos cuatrocientos mil pensionistas y que esta sistema privado de pensiones no tendrían dere-
Oficina de Normalización Previsional no respon- cho a percibir este privilegio.
de a las interrogantes sobre las previsiones que
se han tomado para atender a los mismos. Les leo lo siguiente, porque creo que es intere-
sante. En Chile, la rentabilidad real anual del
El congresista Barba Caballero me solicita una fondo de pensiones de ese país ha sido descon-
interrupción, señor Presidente. tando el aumento del costo de vida, en el año
1991, del veintiocho punto seis por ciento; en el
El señor PRESIDENTE. Puede interrum- año 1990, de diecisiete punto siete por ciento; y
pir, señor José Barba. el promedio de todos los años, con las peores cri-
sis, ha sido el trece punto ocho por ciento por
encima del costo de vida.
El señor BARBA CABALLERO (CD). Al
final del primer párrafo del artículo 14º se dice Por eso, consideramos que debe ir como norma
que estos fondos no pueden ser destinados a fi-
nes distintos de los de su creación, bajo respon- transitoria y no como parte del cuerpo princi-
pal, ya que le haríamos daño a toda esta nueva
sabilidad. Sin embargo, como bien ha dicho Ju- generación que está ingresando al sistema pri-
lio Castro Gómez, los fondos del seguro social vado de pensiones y que se vería duramente afec-
han sido empleados como una caja chica por to- tada por esta limitación. Lo único que se haría
dos los gobiernos de turno. La norma disuasiva sería destruir, también, al nuevo sistema, que
que dice "bajo responsabilidad" no ha cumplido es la única esperanza real que tienen los jubila-
ningún efecto, por lo que cabría hacerle un agre- dos en este país.
gado: "bajo responsabilidad penal". La responsa-
bilidad a secas puede ser civil o administrativa; Por lo tanto, propongo que este artículo vaya
en cambio, el decir "penal" ya es un argumento como norma transitoria.
bastante más disuasivo y contundente.
Muchas gracias por la interrupción.
Habría que pensar en esto para la reformulación
final. El señor PRESIDENTE. Prosiga, señor
Castro Gómez.
El señor PRESIDENTE. Puede continuar,
señor Julio Castro Gómez. El señor CASTRO GÓMEZ (MDI). Señor
Presidente, reitero que discrepo del congresista
El señor CASTRO GÓMEZ (MDI). De acuer- Marcenaro Frers, porque él está distorsionando
do, señor Presidente, más aún cuando la propuesta por decirlo de algún modo la realidad de los
de la mayoría repite casi textualmente este dis- hechos.
positivo...
A pesar de esas altas rentabilidades del sistema,
El congresista Ricardo Marcenaro me solicita una en Chile el sistema privado de administración
interrupción. de pensiones tiene, en la ley correspondiente,
un artículo que garantiza pensiones mínimas a
El señor PRESIDENTE. Puede interrum- los asegurados en ese sistema, cosa que no hace
pir, señor Marcenaro Frers. la ley de las AFPs en nuestro país. Esto se da
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