Page 398 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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transmisible por herencia". En realidad, ésta no  La solución es modificar el artículo 73º, como se
                  es una norma constitucional. En mi modesto  lo he propuesto al señor Presidente de la Comi-
                  entender, esta norma se refiere a lo que se lla-  sión de Constitución, agregando lo siguiente: "La
                  maba, en el Código Civil anterior, "hogar de fa-  ley puede, exclusivamente por razón de apoyo a
                  milia", y que ahora se denomina "patrimonio fa-  la familia o de seguridad nacional...", etcétera.
                  miliar". El patrimonio familiar no es obligatorio,
                  es voluntario, es una facultad que corresponde  Con todo respeto, doctor Fernández Arce.
                  al titular del derecho respecto de un predio. Tie-
                  ne que ser solicitado al juez que corresponda de  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  acuerdo con determinados requisitos, entre los  señor César Fernández.
                  cuales está el que no tenga ninguna deuda que
                  pueda afectar, con esta medida, el derecho de los  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  acreedores. De manera que pienso que esta nor-  Con su venia, señor Presidente, le formulo una
                  ma no es Constitucional; por eso, está bien ex-  pregunta al doctor Róger Cáceres. ¿Cuáles serían
                  cluida.                                     esos bienes? Mencióneme sólo uno, doctor.

                  Finalmente, en cuanto al tema referido a "las for-  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  mas de matrimonio" o "la forma de matrimonio"...  (FNTC).— Justamente, el hogar donde se vive.
                  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger           El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  (FNTC).— ¿Me permite una interrupción?      Señor, de acuerdo con el Código...
                  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—          El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  Sí, doctor Cáceres, con muchísimo gusto, a su  (FNTC).— Es el bien más preciado.
                  disposición.
                                                              El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-       De acuerdo con el Código Civil, el patrimonio fa-
                  pir, señor Róger Cáceres.                   miliar es una institución que depende de la vo-
                                                              luntad, no la impone la ley. Si se solicita la cons-
                  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger           titución del patrimonio familiar y se aprueba ju-
                  (FNTC).— Con su venia, señor Presidente.
                                                              dicialmente, sólo entonces tiene las característi-
                                                              cas de inembargable, inalienable y enajenable;
                  Yo discrepo de la necesidad de que nosotros con-  pero, en tanto y en cuanto no sea solicitada, no
                  signemos en la ley la cuestión referida a los hijos  hay, no existe patrimonio familiar. De manera que
                  naturales y legítimos, por la sencilla razón de que,
                  cuando aprobamos el inciso 2) del artículo 2º, a  eso corresponde al ámbito del Código Civil.
                  propuesta de quien habla, se incorporó la pala-
                  bra "origen", y se dice que nadie debe ser discri-  Y con relación al otro punto, todos los hijos son
                  minado por motivo de origen, raza, sexo, religión,  iguales, sean legítimos o ilegítimos. De manera
                  opinión, idioma, condición económica ni de cual-  que la idea es la misma. Se trata, simplemente,
                  quier otra índole. De tal manera que, por razón  de economizar palabras.
                  de origen, sea en el matrimonio o fuera de él, ya
                  es innecesario tratar por separado este asunto.  Todos los hijos son iguales. ¿Son menos hijos los
                  Digo esto con todo respeto, doctor Fernández  ilegítimos que los legítimos? No, señor. Cuando
                  Arce.                                       decimos "todos los hijos son iguales", ya con ello
                                                              estamos señalando lo que usted quiere decir con
                  En cuanto a lo que está diciendo sobre el patrimo-  más palabras.
                  nio familiar, también discrepo de usted, porque el
                  artículo 73º propuesto por Nueva Mayoría dice lo  La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—
                  siguiente: "La ley puede, exclusivamente por ra-  ¿Me permite una interrupción?
                  zones de seguridad nacional, establecer restriccio-
                  nes y prohibiciones especiales para la adquisición,  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  posesión, explotación y transferencia de determi-  Cómo no, con la venia de la Presidencia.
                  nados bienes". De manera tal que, de regir esta
                  disposición, la parte del Código Civil que estable-  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  ce la inembargabilidad de los bienes de patrimo-  pir, señorita Chávez Cossío.
                  nio familiar queda automáticamente derogada, o
                  queda, en todo caso, en una situación de tela de  La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—
                  juicio, perjudicando a los hogares que han logra-  Gracias, señor Presidente; gracias, doctor Fer-
                  do ese patrimonio inembargable.             nández Arce.



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