Page 136 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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ticos contienen, o de una ideología distinta o con  dano del desarrollo de la informática, en el senti-
                  defectos personales diferentes a los consignados,  do de que la informática sirva para el desarrollo
                  puede acudir al juez para solicitar la rectifica-  de la economía y para el desarrollo de los patri-
                  ción correspondiente.                       monios, pero que no vaya contra la intimidad
                                                              personal o familiar.
                  Hemos analizado en la Comisión las enormes di-
                  ficultades que implica esta nueva tecnología en  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  la defensa de los derechos de la persona, y hemos  doctor Róger Cáceres.
                  llegado a la conclusión de que la obtención de la
                  información y su conservación no es el problema  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  fundamental, sino la comunicación de esta infor-  (FNTC).— Señor Presidente: Estando de pleno
                  mación.                                     acuerdo con todo lo que expresaba el señor Pre-
                                                              sidente de la Comisión, quiero, sin embargo, lla-
                  Mucho más daño se hace comunicando una in-  mar la atención sobre un aspecto.
                  formación negativa sobre una persona que sim-
                  plemente acumulándola. En consecuencia, la pro-  Aquí, en el texto propuesto, se dice: "A que los
                  tección que debe dar la Constitución es que na-  servicios informáticos computarizados...". Se pone
                  die pueda transmitir informaciones que estén re-  énfasis en el término "computarizados"; pero, ¿qué
                  feridas a la intimidad personal a través de los  ocurriría en el caso de que haya servicios infor-
                  medios comunes; por tanto, el derecho de cual-  máticos que no sean computarizados, sino que
                  quier persona a proteger su propia intimidad tiene  sean llevados, por ejemplo, por el sistema de tar-
                  que llevar a impedir que se transmita informa-  jetas IBM o cualquier otro semejante que pueda
                  ción que va contra su intimidad personal.   haber en el futuro? Creo que es inconveniente
                                                              circunscribir lo que establece este inciso al caso
                  La información puede ser cierta o puede ser equi-  de los servicios computarizados; creo que la pro-
                  vocada. Lo importante no es la certeza o no de la  hibición debiera ser de carácter general.
                  información, sino el daño personal en la intimi-
                  dad de la persona, de su familia o de su contorno,  Estoy de acuerdo con el inciso en sustancia. Lo
                  para protegerla de esta enorme fuerza que im-  que propongo es que se elimine el término "com-
                  plica la informática moderna.
                                                              putarizados". En el fondo, se produciría los mis-
                  Este derecho no va dirigido solamente hacia los  mos efectos sin correr el riesgo de que se esta-
                                                              blezcan servicios informativos que no sean
                  servicios informáticos públicos, sino también
                  hacia los servicios informáticos privados, porque  computarizados y a los cuales no les alcanzaría
                  pueden instalarse empresas que vayan acumu-  la prohibición que se establece en este inciso,
                  lando información sobre los ciudadanos y que van  porque, al ser su contrario, podría decirse que
                  a vender y transmitir esa información, lo cual es  esos servicios no computarizados no se encuen-
                  totalmente legítimo; por ejemplo, la información  tran involucrados en la prohibición establecida
                  patrimonial; porque algunos señores congresis-  en este inciso.
                  tas estarán preguntándose que de repente no
                  podemos dar o estamos prohibiendo que se dé  Y, para finalizar, sólo para que se tome en cuenta
                  información patrimonial: quién paga sus deudas  para fines de redacción, me parece que la parte
                  o no, qué patrimonio tiene o no.            final del inciso anterior que hemos aprobado, que
                                                              dice "siempre que se refieran a los fines del caso",
                  Este tema se ha discutido ampliamente en la  está de más, dado que más arriba, inmediatamen-
                  Comisión, diferenciándose lo que es información  te antes, se dice "con arreglo a ley", y es ahí don-
                  que pueda atentar contra la intimidad personal  de se deberían establecer esas limitaciones.
                  de lo que es la información patrimonial. La in-
                  formación sobre el patrimonio de cada uno, so-  El señor PRESIDENTE.— Doctor Marcenaro,
                  bre el manejo económico de cada uno, sobre lo  puede hacer uso de la palabra.
                  que tiene o lo que no tiene, es amplia, no tiene
                  ninguna reserva y puede informarse ampliamen-  El señor MARCENARO FRERS (NM-C90).—
                  te. Lo que la Comisión ha estudiado es la conser-  Señor Presidente: En el inciso anterior habíamos
                  vación de la intimidad personal. Por ejemplo, la  ya aprobado el tema del acceso a la información;
                  enfermedad de un ciudadano, física o psíquica,  es decir, en qué casos es que el público tiene el
                  no tiene por qué ser difundida más allá del ámbi-  derecho de acceder a la información en el caso de
                  to de su propia familia.                    las entidades públicas. Y ahora estamos viendo,
                                                              en este inciso, la otra perspectiva del mismo de-
                  En otras palabras, se intenta, pues, establecer  recho, que es en qué caso la información que ha
                  un derecho, un mecanismo para proteger al ciuda-  sido suministrada debe ser mantenida con cier-



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