Page 196 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VIII
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E¡ senor !RESIDEMB,-Con el quó si ,á süsptusió¡ rle g3rmtias
rum de Reslúenro se reeuda Ia s: b dürdte ¿l tu¡cio¡anienro se .l€cF
det con,
8ftso, e¡ ?odü Ejecurto Ic da.á ihe,
ra MBs¡ debe inturna. al ¡lena.io
qüe d h Comisión pri¡cipat se eslá El pl¿o de !ú!esió¡ de
temtnando de eiabom. Ia pone¡ciá so. ca.erJas
no scd€!á de rrei¡ta dias. t¿ prórc
bre Disposi.iones Tmnsitorias a hase
ga ¡eqüErc ¡ü¿vo dc.r4o.
de las !res¡tadas hará *r ;on¿¡ro,
y qle sn el curso .le sü labor esr¿ra t€. La ley determinará las facultades del
Podei Ejccuiivo durút€ la susle¡sión
¡erlés listas d condició¡ de toy¿cto,
q!¿ 'end¡á al henicicio para $ rrála
mlerró como cuatquie. cap(iulo corsLi
!ücio¡al, esto es al d:bale cencral, nel_ Ei señór ¡RESIDENTE.Ie va a co¡
(Páusa).
to a conisión y Iueso dc sD etaboración 6urlaf.
en ella se ion€rérá al voto det ptena¡io. e¡ts qüe acBerde. ¡bri. un debale g¿-
n:hl det ar¡itulo 306! cono si se hrá.
En ol dia de hoy, debo corsult¡r á la
¡á de un cápir¡to apdr€, recibir
Asa¡blr¡ ¿l ¡*r.ñienlo del artcuto lara
las opi¡rónes de los grupos pollticos
3C6' del Titulo v, sobre cára¡tias cone
d: Ia Asanbk!, se setui.án marife*ú,
iitucionales. Este a¡ricülo, cono Ecu:r-
dan los sñores relresentantes, qucdó lo, (voració¡). Los que efé. én contra.
res.ru¡do p¿ o qu: rúera mejor trsbr (votá.ión). fia sido acordado po¡ üna.
j:do pri.
, -ltrbo-rdo po¡ la Conis on
ciral, cn la cual ¡ay coNenso de sone E¡ debaie el a.iiftlo 305e leldo. Los
r:¡lo ¡ u¡ rrabajo nás detallado y ni- señores iqoresdterés lueden p:dir la
nr.roso, para lo qúe dada sú inporrm. p¡labra sobrc cl pariicula., con el
nla-
.ii, se co¡side.a necesario ¡ecós:r l¡s zo dc quince minutos co¡lorne .1 Re-
opi¡jon¿s del hcnicicto m¿djánre un d¿- slanr¡to. ?ued€ hace. uso de ta pá¡.-
bát¿ de lipo s:ne¡al, o s:a darle po. er, bra eL seño. repBenranre ledesna.
cP.ión, el ntsno rrarlmicnto qne pe
driá co.resFond.r a un eoiluto en 12- El seíor riDEsMA. leñor ?¡eside¡-
zl¡ de la srrvedad e imrorrancia del te: El lrotrúo qne se lone er debá1e,
asulo rhlado, q!é es la suspersió¡ de .e!¡oduce la rioj¡ insiitución de la
saÉnlias. Pero cómliiución de 1933 de suspen.ler las
de ex@¡ció¡, es u aparaniento del
!¿.a¡iias conritució¡ales lrrá facilila¡
Reclan:nto de nn6ra Asd¡tea,la Me
la m¡sumación dél zbuso, del atrcre.
sa se si:nte obligada a co¡sülbr al Pls
llo y de la ¡epsión. I-A Con*ituci¿¡
¡r.io si esrá de tuüsrdo co. el prcedi
de 1933 lD sidó conocida por nuefo
nierlo. En ere lentido, si ¡ó nay ni¡- !üeblo, no ran!ó como el Esr¡luto de
sua inteie¡ción sobre é1 lafliculs., l$ earanlid y de las libe.irdes, ¡i si
loy a ha@ ta consulia a 16 seño¡es.a
qüiera como Ia C.ra Mac¡a, sj¡o qúe
prese.lánEs. Sé m s dar l€ctúra al áF
cads v¿z qu. ¡üesfo pu€blo ¿scuchó
ricülo 30ó' del proyscio de cor$ilución.
¡ombra¡ ia Constilució. ?olftica dt
Estado fue cúando €l sóbiemo, usedo
l¡s llcültades de tupendü las e¡rc
ifas, procedia a súsperlerlas, y lue8o de
''Arr¡culo
306,-cuado Io exija lá sa la süspeBión ve¡ia el aF¡¿samiento 6'
clridad ¿J Estado, puede e¡ Poder Eje. pecialñente ¿E di.is€ni€s sindicales, dc
cütivo suspendei total o parcialúenre, lúc¡arloÉs sociales; *¡Ia el ¿llauDiin-
€n tódó o er parte, del teüjto¡io ¡aciG to de los donicilios, venia i¡clusive Iá
nal,los rlerechos decb.ados e¡ Ios inci d.po.tació¡, ¡o¡ eso, cadá vez qüe ue$
sos 3, 10 y 11 del úicülo 2e y pa-4ra- tó !üoblo €scuchaba que c sp€ndim
fo r) ¿el i¡ciso 23) d¿l misúo dlrculo. las Cdartfs co¡slitucjonales, ern ya pa