Page 528 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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que se ¡á  afectado una  ga¡anth,  u¡  de
             Pcder  que no ha ¡acido &  la volu.iad     r:c¡o  conslitucio¡al.y pla¡leará por sú'
             del  pueblo,  i¡tes¡ado  por  poljricos  se8!  lueslo  el .ecurso pe.rine¡te, que Endrá
             rmmt:  fracasádos,             r¿se¡lida,  qu.  ser derivado hacis el  Tribmal  de
                                 !o.  s¿nie
             iendrá er  süs nmos  decidi  co¡ftictos    Ga¡anlias;  na.lG  se conientará  con  l$
             que  sc  Frcdüzcm   ert¿  los  Podcres de  s:nt¿ncias  que se obrenEan er  la cote
             la  Nación. C¡eo, señor Presidenrc,  q!:   SüFrcm,  creo q¡e  csá  bien qü:  ¡oso
             eqfe es un  cam,no equñocadój es una       lros  coffas.enos  la  poicrad  dc  dcclt
             i¡situción  sólica  ¡a  qüe iratarnos d:   r:.  ta incon*tucionalidad de I$  tey6 y
                                                                     sub:mativos
             iopc.ta..  El  senor  VallaRiestu  pr¡eF   los decretos               en fo.na  cla
             &  que  los honb¡es  denlro  d€  la  coÍe  ra  y   rr¡ecisa,  pero e*a  faclltad  debc ser
             Suprena fúcio¡an  nar,    PEro Por  arte   enirégada ¿ la  Co.t¿  Suprcna  p.¡a  quc
             de nasia  ddtro  dcl  T¡i¡unal  dc Ca.an   e¡  sala  Fle¡a púda  daidi¡  lo  conv¿.
             tias van a tuncionar  bi:¡.  Es !n  criierio  nie¡lc;  un Tribunal de GaDnljas,  ¿n la
             equilocado; en el Pode¡  túdicial hay la   fcna  qüe plmtea la myorh,  va a dc
             Éáran¡ia de lna  carre¡a  dedicada al  ser_  rdir   ¿n un  organismo  ¡ntiFáiico,  ¡.en-
                                                        le  al prclio  qüe no va a s:nrirs:  obiica-
             ;icio  de la  M¿eislralun,  cuando  sc lle_
                               conrilucional3s,  a  la  do  po¡  ¡incxna  razón  ¡  este Tribunall
             a.íe  s!¡rena,  conró¡ñ:  a los disposi_   y,  en  cl  eso  de  -ojalá  no ss  !¡osente
                                                        nás
                                                               m
                                                                      ¿vo golpe  d:  Estado, nüy
             tivcs  qle  hemos  apñbado  Y   que  feiil  fácil  se¡á derribr  de un solo iajo  ¿ esle
             n:rte   hm  redificadó  los  erores  qüe   grupo de do@ señores, lo quc  no suce
             corieniá  el  dictámer                     deria  con el  Poder Judicial,  porquc  co.
             có¡s.gn¡m  un Poder  .tudicial  ioraln3n   el ordenamiontó  qle  h:nos  o¡sac¡ado,
             ré snFediiado  al  ?óde¡  Ejecuiivo  sn    ya ¡o  edla  la Cor¡e Sup¡ena solaee¡-
             ni¡süra  majestad,  sin ¡insüla  potedadj  ie, siro  todo un Po&r  debidaE:nie or.
             r¿  lc  heDos  reconocidó  las  a¡ribuciones  ca¡izado  el qn:  te¡dria que caer bajo el
             ¿u.  de suro G cor*londü,      r   ad:más  inpe¡io  de una nuela di.!adu.á.
             ú  ¡ecc,ada  indeDen¿s.cia  econónica        El senor valle Ri:slra se cnreci¡a  m
             qü:  asegure su au¡ononia;  reiieú,  eñor  c.hárles  la  cül9a  &  lodo  Io  malo  qü:
             ?.eside¡t€,   quc  los  homb¡3s  que  Eaba  ha  habido  en  el  Pod*   .tudicial  a  los
             ien en esie iodér  Judicial estarán  suri_  honbres  que ¿ciulmenrc maneja¡ esc
             ;ienbnen¡e  ca¡aciudos  v  lendrán  la  su'  Poderi  está definiiivam:nE equftocado,
             fici.nt:  i¡doFcndencia  cono  lara  loder  ¡-o que ¡5  ocu¡rido  es qu¿ ¡ünca  hr  ¡a
             d:nunciá., al  ma¡cen de los cónflictos    bido  e¡  le Ps¡ú un ?odcr Jud  ;t  !er¡l'
                              l
                       e
             de  Dódc,, orr: as   E¿ndes  g  üFós ¡o    deramente  auró¡onoj  lo  hemos renido
             lr'j¿s  qle  ñ¡neren los  der'nbi  dcl or¡  ccnd:nado  a ta  lob¡ca  hás  ahyecia y
             Nósotros  tus  incrin¡nos lor   lanro que  sob¡¿ el  Darticuld  t¿.cmos  sufici¿¡re
             las   e¡rolias   cónstüúcio¡ates,  ¿n  cun_  docum.nración  en  la  conisión   p.inci
             roasu  aiención  iudicialia,  esrén a cugo  pal que h3nos e*udiado  c¡  su dcbido
             del Pbder  J¡dicial y  no de  m  Tribunal  moñenio. Ahora Ic umos  a dar csa in.
             de  caranlias.  Creenos  que  cl  Tlibun   d:pc.d¿ncü.     ¿Cóño Fodllnos  disir
             de ca¡a¡1ías  va  a ser  !n  F¡mkcnseir,   que ¡Es:r  esos  &rg'srrados  É¡  regine
             unado  con dcl:sádos d.  odes  ¡rúto       nes di¿taro¡iales?        que.lanos qüe
                                                                          ¿Acaso
             crálico, ¡igados  a los g¡ulos  po¡lerosos  sc  hubiera¡  pueslo  cr  def:¡sa  de  ta
             .rue Bá¡3jen  los  defi¡os  dcl  pais, y  en-  Constitución y  de la ley, si no reria¡  el
             to¡ces áhi  va¡  a  f.ácasa¡ los d:rechos  ¡¡Ínimo .e¡quicio,  e¡  Eás nl¡iñó  asid}
             dc lcs débilEs y  de los  pobres. V¡mos  a  ro   ¡rá¡a  ¡acc¡  .Espcta.  su  ca¡rcra  iudi
             conv¿riir  a  .*c  T.iLn¡al  dc  Gsrunlias  c r1 o  ü  o  en oúcuemE.     or€ s n
                                                          5
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             en  una  cua.ta  o  le.cera  inrancia   jüdi'  l¿ oi¡e uprña  o  t¡  que o;rro!  d.
                                                           c
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                                                                                     ñ
             ctulj  ¡ingú.  lroceso   finalizará  en la  co.  benos confiar cl  cuid&lo y  la átenció¡
             fe  su!.em;   clalquier li¡iEanE  uee¡á    dc  esos  ¡ecu¡sos,  que  ¡ara  bie¡  de  ta
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