Page 532 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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!¡s,   ¡i  a la ley d¿ rñpa.o,  ni  ar e*ádo  cisos, se co¡si8nsú  lss no¡mas  proe
            de  sftio  y,  ateo  d:be  dccirse  sobre  et  sales del  ¡abEr  corpus  y  del  De¡echo
            paricüla..  Po¡ eso,  .¡  nónbre de ta cG   de amp¿.o. €ra  iesis no há si.lo ¿coe
            nisión  Pe.nanenie  y  como  ex  preside¡-  da br*   ¿hora  !o.   considri¿Ee  que  es
            rc de la conhión  de De¡ecbos !  D¿b€res    denasiado rcshnenrri¡,  Dero en Eali.
            ¡úndañentales  y  Ca.anrias, qu¿  inteera   dad la  garmiir  es inconplEra  si  nó  rc
            Dos  el  docior  vrlle-Rien.a  y  yo,  enire  cogeúos  al fiül  todo €slo  y  lo  .lcjanos
            orrcs,  qüiero  erprcsar  q¡e  h¿mos .pro.  pará  u¡á  ley pose.ior   por  lo  ncnos  e¡
            bado en seis calitulos,  los de.¿cios  fü-  algúnás dislosicion6  üa¡sno¡ias  ¿ebe-
            dm:nr¡les   del  hombre,  cl$ificándotos,   nos  dejar clann:re     €sablecidas las
            creo yo, en farma acatada,    Féro  e6os   ba$s  de cstas .cciones tundan:¡ialesi
            de¡echos  fundamsntales nada valen si      y  juzgo   quc el Código dc Piocedimiotos
            ¡o  dmos  ras  co.¡es¡o.di¿ntes    cala.   ?cnales,  q!:  se Efi.re  al ha¡as coi?us,
            tias, y  lqut  se har  consienado  dos, dc  ha¡]¡  qu:  ér:  fu¡ciona d¿spués de quo
            las cual3s una no es ¡olcdosa,  el Iabeas  alslien  ha sido detenido  hás  d.  vcinri-
            corpus,  y ots  que  si es novedosa:  ct D+
            recho ne  Amlaro;   ¿por   qüé henDs  ¡üs.  el ¡abeas co¡lns  se  es¡abléce       la
                                                                                         lor
            cado dos  y  ¡o  una coDo ¿sta¡a  er¡blé   conriiución, que dicc:  'la  acción u omi
            cido2  Porque  dcsgr&iadanerre,  duFn      sión  po. part.  de cualquier antoridad o
            rc nücho  tiempo  y  en nuchas rnclns      tunciomrio, inclusire judicial  que nl-
            ta¡cias, s: ha  dicho que el habeas  cor                        libeúrd  ind;lidnal,
            pus  sólo  cub¡ia  la  li¡e.i¡d   p¿rso¡¿1, l¿  da luga¡ a la acció¡ ¿e h¡b€as cor!üs  .
            inliolabjiidad del dómicilio  y la lib(tád  No  pueda haber smeD¡za o  no  fuciona
            de irá¡sib  y  rle  ne¡eser  que  por  D¡  laameioza¡a¡a  el hl¡e$  corprs,  sip..
            cÉro   l-ey   17033, se  efa¡leciesc  recién  ¿xis1e la  exiscnch de las vei¡ricuako
            qü:  el  habe*  corpus  dbrra  hs  denás   loras  dc detenciór,  tor  eso c.eo yo  qúe
            llanadas  a¡tes  gárantias  conriru.io¡a   sj¡oFrcisamos  én el mtno  i*to  cóns
            les  y  loy  llomad?s  co¡  nái  prorie¿ad  titücioÉl   Iás ¡ótuas  pro.esales  básicas
            dere¡¡s   ñDdanental€sj  p:ro  en  real¡   d¿l ba¡eas  co.!ús,  pór  lo  ms¡os  cn  las
            dad este Decro¡o  try  17033  era et eqni  disposiciones  iransiionas dcbeños se-
            v.lenre  si¡  npncio¡arló  der D¿recho rlc  nahr  alsunas  lr4isio¡es,   trára   que sEo
            Anparo, ronado  ¡ásicmente  de ta ex- posibl:.!.udir  al ba¡eas co¡¡ús antc la
            periéncia  m¿xiana, quc  ba snfrido, sir   sinFlc  anen¡za, porqúe de ota  man+
          .  emba¡8o, u¡r  la¡ga cvoltción.            n  Ia gdaniia  de esie d.recho tu  esiá
              EI  habeas srlus   y el  D:recho  de An-  coqpl¿ta  ¡i  satisfechaj  quizás  algo  se
            pa¡o,  muclr¡s  v:¿es  se co¡tunden,  Fe.o  ñcjanl:  podrta decnse tanbié¡  del D+
            la legislación coriempo¡ínea  efá  ya Ij
           jándo  el  habcas corlus  conú  üna  insti                 q
                                                         Final¡¡¿nté,    lo que se rE¡tefe a ia
            túciór derirada  fu¡damenrdm3ntc  a la     suspe¡stón  &   c¡.atlas,   el  rrticulo  co-
           lib..tad,  p'a   rerablecer  ts  tib:dados  rrespondbnt¿, ál 30ó1,
           lerso¡ales   !ülneradas  o  ani¿adas,       dda    foma  ua     ¡ep.oducci&    de  lo
           bierrras  qne ra a.ció¡  d:  anpárc  es  !a-  qre acrualmente cstabha  ¡u¿*ra  cons
           re  Éfablecer  los der.chos  tundanenia.    tiiució¡,  que puede  resu¡iar  quizá  in   -
           les, disiintos  .l  de la lib:rtad. c¡eo que  ficie¡te,   lolque   ¡o  se ¡ar  co¡siderado
           ¿sro s:  ha p¡ech¡do  con  bananie  ctar!   ni  el  esrado d:  eme¡sencia ¡i  el  esrado
           dad, sin  embarso  h¡y  algo qu:  nd  preo  de siiio,   For   so  yo  inviro  aqui  a tódos
           cura desd¿ nae  nucho  tienpo.  E¡  Iá      los   srupos  loliticos,   par¿  que  cxlresn
           Ccmisión  de  D:.echos  y  Deb¿r:s  Fn¡-    sus puntos  de vida  soh.3  el  larticula.
           drmentales  sus€rimos  a  la  conisiór      ¡¡te  la  posibilidrd  de  qnc  Ia  C{túisión
           ?.incipal, que er  el iexto .onsiitucional, Princi-¡al co¡ .mplitrd  de ni.as, püeda
           d  tó¡njnos  buy  bÉves  pero  úuy  pre.    cnriqueÉ¡  esre iitrb,   naciendo conpa.
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