Page 390 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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El  señor ?RESIDENTE-Tim         nzó¡.   2tZ  y  por  matorla  el  213!, sú  t€xto  e
             se  va r  consuibr  el  Éustituto.io  fol:e  el  sigüi€rte:
             lado  por  el  seño¡  Rógd  cáe.es  velás    "ardano   2r4.-   r¿  ?r€sid*cia  de lá
             qu€z  y  sü gnDo,  coñ r€¡dencia  al rnic!-
                                                        Repúllica  váca, ,.lenás  del caso de b@-
             lo  211,.  (?áüsa).  Los  senor¿s .€!resm,
             tanbs  qüe lo  .¡'rueben,  se señi¡i¡   n&
            ¡ifesarló.  (votación),  Los  qE  €s¿én  e!   r  )  Pd¡anmte   i.@pacidad  fisics  o
            conrra. (voració.).   H¿  si.lo ¿es*int     moml  decl  ada  po¡  el  Co¡greso.
                                                          2)  A@ltación  .le  la  Érucia   po¡  el


                                                          3)  Salir  del lcriio.io   naciotul  sir   !e¡-
               si¡  delate  fuoron  ápro¡ados  pof  u   úisó  rlel  congreso  o  Do rei¡có¡?órd€
            ¡alini¿ad   el arlculo  2121  po.  nayc     ál  cargo ¿l v¿ncimienb  de ésre.
                                        J
            ía  el  213e, cDyos rdtos  son los  sicnie¡,  4) Desitución  ál nabe.  sido  *ntercia-
                                                        do  por  atsuo  dc  los dehos  mencilrÉ
               Arltdlo  21¿.-  No  lueden   po$d¡r  r
             la Pr€sidencia de Ia Repúllica,   las Vi
                                                          Artldlo  21s,.*El  eiercicio  de la  ?re.
                                                        sidencia  de l¿ Rep¡iblica se suspende por:
               r)  El  ciü.ld¡no  quc,  lor   cualqder  ii
            tu¡o,  ejerco  l¿  Presidencia  de  ta  Re!ú'  1) In.a¡ácidad tenporal d¿cla.ada
                                                                                             lor
            blica  d  timpó  de la e¡ecció¡  ¡a ha ejü-
            cido de¡iro de los dos añ6  p¡e@derr¿s.       2) Hollars  sonetido ¿ juicio, confor,
              2)  El  cónyuge y  los  parierr¿s  @¡sa!.
            sni¡eos   dotro  del  cu.¡to   srado,   y  los  Aíiqb   216,-   Por  ¡alra  €mpo.al  o
            áfin3s deDto del sssu¡do del que ejüi       lerhancnte  ¡el  ?residente  de  i¡  Regt.
            ce ia  Presi.ie¡cis  o  la ha  eje.cido  en  el
                                                        blica,  asúúe  sN  tumiones  el P¡in¿r  vi.
            ano prec¿de¡te  a la  elección.
                                                        cepresidenle; y¡ d  defedo  de ésb,  e¡ 5s
              3) l¡s  Minist.os  de Esado  que m  han   südo,  Por in!€dine¡to   de nbós,  ¡su-
            cesado  en el crco  por  lo móos  seis mt  me  teDporalne¡tE  la  Presidocia  el P.s
            ses ant¿s de i¡  elección.
              4)  ]-os micñbros  de las Fueras  Atua      cuando  cl  ?.¿sidcnie  sale  del  tdú1ü
            das y  Fueuas  Policiales, qüe no  han  ¡a-  flo  ücional,  con pemiso  dol Co¡e¡eso,
            s¡do s la siluaciór de rciim,  por Io ñc   ¿l ¡riúer  vicepÉsidenle  *  e¡:arga  del
            nos s¿is  nsses a¡tes de  Ia elección.      d€spac¡or  y, en $  defecro, el  secxndo.
              5)  El  Co¡iralor  cene¡al  de  ia  Repú-
                                                         tuüo¡o    211-    El  P¡eside  e  de  ]a
            blica, eJ Su!éri¡re¡de¡É  de Bá¡ca  v Sc.
                                                       Repú¡lica  asüme sus tunciones,  a¡te  el
            gu¡os y  el ?r€siddte  dC Bdco  cenlml
                                                       co¡s¡eso,  el 23 dE túlio  del  año er  qüe
            de Resena  si no  ha¡  renú¡ciado   lor   lo  s€ realiza la  el@i¿r,  luego de prena.  ¿l
            menos seis Deses  ores  de ta el¿cció¡,
              6) ¡-os mienb¡os  d.l  Pode. rüdicial,
           .del  Minisrerio Público,  del co¡sejo Na     a¡rícülo  213'.-  El  P.esidóie   de  la
            cional  de la  Masislra!úra  y  del  Tribmal  R:pública  sólo  !üede   ser acusrdo  düraD-
            de  Glretlas   Co¡stitucio¡ales  .         t¡  su periodo, ror  iració¡  a la ?átria,  po¡
              ''aníodo                                 inpedi.   las  eteccio¡es  presid:nciales,
                        2t3r.-El   úddaio   pEsiiie}                   régio¡ales  ó localesj por
            cial  es de cinco  anos. Fara Ia r?¿lección,  la.laúente.ids,
            deb:  hab:¡  transcurido  un  perrodo  !¡&  dieñer  el  Co¡g.eso,  salvo  lo  disluestó
                                                       e¡  el articulo  235r; y  por  imledir  sD ¡e
                                                       uió¡   o tunciónmiento  o los del Juado
                                                       Nacional  d€  Elecciones y  del  Tri¡uat
              Sin dcbate  y  po.  ú.nini&d             de  GarDtias  Co¡sritucioml¿s",
            a!.obados  lG  aricúlos  214!, 2t5e,
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