Page 382 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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Con licencia, el                            Aílcülo  210.-Para  sd  €lecrdo  PGi
                                                        de.te  o vicepreside¡te  de Ia  Repúblicá,
                                                        se requi€re ser penmo  de mcimien¡o,
              EI  seño¡ ?RESIDENTE.  Con el quó'
            run  de Rcg¡rmenio  conri¡úá  Ia s€siór     eozar  del derecho  de sufrasio, y  &ne¡
              antes  de  sonctc.  y  d€balir  los  $ür_  nás  de 3s años de cdad .umplidos al
            1os dc  la  sesión, qDie.o  en  .oñbr.   de  monento de la poslulació.,
            la MesaDir.ciiva y de tódá la Asrnblea        ,Ajticdo  zltr-El   Presidente de la  R+
            Co¡fituyhte,  salüdar  a lra  l¡at€¡¡al c   ¡,¡blica  es cbstdo por sufrasio directo
            ilüst¡e  delegación de mi¿mbros  del  Par-  Ia¡á  ser proclamdo  Presiddie por  el
            lan:rro  venezolano, que  se i¡alla  en es  Ju¡ádo  Nmioml  de  Eleccio¡es,  s€  r¿_
            ie  nom€ntó  en  nue*.o  ¡eci.to.  (Aplau   quierc habe¡  obtnido,   por  Io  menós, el
                                                        tdio  de los rotos vllidos  si  ninguno
              !a  Asrmblea  con*i¡lye¡te    dcl  Pe¡t   de los  candidalos  lo  obtien€,  el Congrs
            se si¿nte  muy  honrada                     so clige Presidente e¡1n  los dos candi
            qúe rec!:rda  viejos  ticnpos  y  viejas  vi
            s¡as, E¡  esre recinto osüvo cl  Libutr     datos  quc naym  alcanzado  las voteio
            dcr Sinón  Boliur  en el año de la23,  t
            .n  o*e  .ecinio.docii.ó los Podcr:s  que     A  la v¿z que el ?rsidc¡te  de la  RePú
            esuvo  irvesrido  por  cl  Primcr  Congrc   blicá, F  elisú  dc la nisra  nmera  u!
                                                        lrimer   y secúdo  vic!ÉsidEntes.
               d  renerar nuestro salndo á los miem-                                           I
                                                                   2r2e-No  Pueden lofular
                                                          fttidio
            bros  del  ?rhnenro       roozola¡o,   Ir   ?ñside.&  de la República,  ni  a las vi'
            Asanbleá cornnryerte  hace los nejo-
            rcs  votos   lor   Ia  ¡uma,  nejor  y  asce¡'
            d3nte marcha  de la  democracia renezo,       1) El ciudadsno  q!e, por cualquier  tí
            lm¡  y po.  todos y cada uno de los nien    tulo, eierce  la ?¡*idúcia  dD la Repúbli_
            bros  de s!   so¡imo   y  de  su   lDeblo.  ca !l  rienlo  .ie la ¿le.ción  o la ha eje.
             (Aplaüsos proloqados).                     cido  de¡t.o  de  los  dos  anos  preceden'
               Se  va a dar l€ctúa al Cápitulo ¡II  del
            .Poder   Ejecutivo,  fómula  surluto.ja       2) El cón  ase y  los  Padentcs  consán-
            de  la  comisión  Pnncipal  de  Cons!1u-    guineós dcntro  del  cuarto  grado,   v   ros
            ció¡,  asi cono  rambié¡  a los  dictán¿r¿s  ,rin€s  deniro  d¿r sesúdo  del  qu€ eje._
            e¡  ni¡oria  .esDecto  del  aitlcdo  21re ce la  lr¿sidencia  o  la  h.  ejercido  en  €r
            pr3se¡tado por el Partido Popular  cris     ano precedente á ¡a elecció.
             tiano  y la ponencia  susc¡tta  por el ¡Ér   3) Los Milistrcs  de Esbdo  que no lar
             te  Nacioral  de  TabajadoG   y  c:np+     cesado 3n  el  ca.so   Po.   to  de¡os  sEÉ
                                                        meses  anies de la elección
                                                          4)  l-os mienbros  .le las ¡úeEas  Arna
                                                        das y  Fuefzs  Policiales, qúe no han  pa_
                  'COMISION     PRINCIPAL  DE           sado a la situúió¡  de reti¡o,  lo.   Io De
                        CONSTITUCION                                     anles  de  Ia  éhcció.
                                                         -s)
                                                              El  c."úál.r   Ge¡eml  Ae h  RePú'
                                                        büca, el Supe¡i¡tmdente  dc B:rca  y  sF
                           Trful-o lv                   sn¡os   y  el P¡eside¡ie  del  Bmco  Cénrñl
                                                        de Rescná  si tu  nan  retuncirdo  por  lo
                          CAPITUIO  III
                                                        n€nos seis meses  mres de la ele.ción.
                         Poilü  Ejqtivo                   ó)  Los nimbros  del Podar Judicial,
               A¡üculo  2O9r-El  P.esi¿en!:  de lá  Re  der Minislerio  ?úblio,  del  Consejo N¡-
                     es el  J€fe del  Eslado  y  p¿rso¡i  cio¡al  de la MagistratpF  y  dcl Tribúal
             ¡ública
                                                        d¿ c,ranri,s  cónsriilcion,lés
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