Page 382 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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Con licencia, el Aílcülo 210.-Para sd €lecrdo PGi
de.te o vicepreside¡te de Ia Repúblicá,
se requi€re ser penmo de mcimien¡o,
EI seño¡ ?RESIDENTE. Con el quó'
run de Rcg¡rmenio conri¡úá Ia s€siór eozar del derecho de sufrasio, y &ne¡
antes de sonctc. y d€balir los $ür_ nás de 3s años de cdad .umplidos al
1os dc la sesión, qDie.o en .oñbr. de monento de la poslulació.,
la MesaDir.ciiva y de tódá la Asrnblea ,Ajticdo zltr-El Presidente de la R+
Co¡fituyhte, salüdar a lra l¡at€¡¡al c ¡,¡blica es cbstdo por sufrasio directo
ilüst¡e delegación de mi¿mbros del Par- Ia¡á ser proclamdo Presiddie por el
lan:rro venezolano, que se i¡alla en es Ju¡ádo Nmioml de Eleccio¡es, s€ r¿_
ie nom€ntó en nue*.o ¡eci.to. (Aplau quierc habe¡ obtnido, por Io menós, el
tdio de los rotos vllidos si ninguno
!a Asrmblea con*i¡lye¡te dcl Pe¡t de los candidalos lo obtien€, el Congrs
se si¿nte muy honrada so clige Presidente e¡1n los dos candi
qúe rec!:rda viejos ticnpos y viejas vi
s¡as, E¡ esre recinto osüvo cl Libutr datos quc naym alcanzado las voteio
dcr Sinón Boliur en el año de la23, t
.n o*e .ecinio.docii.ó los Podcr:s que A la v¿z que el ?rsidc¡te de la RePú
esuvo irvesrido por cl Primcr Congrc blicá, F elisú dc la nisra nmera u!
lrimer y secúdo vic!ÉsidEntes.
d renerar nuestro salndo á los miem- I
2r2e-No Pueden lofular
fttidio
bros del ?rhnenro roozola¡o, Ir ?ñside.& de la República, ni a las vi'
Asanbleá cornnryerte hace los nejo-
rcs votos lor Ia ¡uma, nejor y asce¡'
d3nte marcha de la democracia renezo, 1) El ciudadsno q!e, por cualquier tí
lm¡ y po. todos y cada uno de los nien tulo, eierce la ?¡*idúcia dD la Repúbli_
bros de s! so¡imo y de su lDeblo. ca !l rienlo .ie la ¿le.ción o la ha eje.
(Aplaüsos proloqados). cido de¡t.o de los dos anos preceden'
Se va a dar l€ctúa al Cápitulo ¡II del
.Poder Ejecutivo, fómula surluto.ja 2) El cón ase y los Padentcs consán-
de la comisión Pnncipal de Cons!1u- guineós dcntro del cuarto grado, v ros
ció¡, asi cono rambié¡ a los dictán¿r¿s ,rin€s deniro d¿r sesúdo del qu€ eje._
e¡ ni¡oria .esDecto del aitlcdo 21re ce la lr¿sidencia o la h. ejercido en €r
pr3se¡tado por el Partido Popular cris ano precedente á ¡a elecció.
tiano y la ponencia susc¡tta por el ¡Ér 3) Los Milistrcs de Esbdo que no lar
te Nacioral de TabajadoG y c:np+ cesado 3n el ca.so Po. to de¡os sEÉ
meses anies de la elección
4) l-os mienbros .le las ¡úeEas Arna
das y Fuefzs Policiales, qúe no han pa_
'COMISION PRINCIPAL DE sado a la situúió¡ de reti¡o, lo. Io De
CONSTITUCION anles de Ia éhcció.
-s)
El c."úál.r Ge¡eml Ae h RePú'
büca, el Supe¡i¡tmdente dc B:rca y sF
Trful-o lv sn¡os y el P¡eside¡ie del Bmco Cénrñl
de Rescná si tu nan retuncirdo por lo
CAPITUIO III
n€nos seis meses mres de la ele.ción.
Poilü Ejqtivo ó) Los nimbros del Podar Judicial,
A¡üculo 2O9r-El P.esi¿en!: de lá Re der Minislerio ?úblio, del Consejo N¡-
es el J€fe del Eslado y p¿rso¡i cio¡al de la MagistratpF y dcl Tribúal
¡ública
d¿ c,ranri,s cónsriilcion,lés