Page 342 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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mo  03, que repNo  a 'lu    lequeña   can   blació¡  qu¿ t.á¡aja.  Debe pues  eñenr-
            lidad  de los lrabrjado.¿s  que fuerc¡  des'  se un sisrena  de  jüzs¡dos  pa¡a !nla.  €s.
            pedidos  por el Dec¡etó Suprdó  01077. te prcblena; €l pro¡l¿na  que inplis  a
            E$o  rflela  que lay  i¡flúencias  económi  ün amplio seclor de la pobl¡ció¡  de¡ pais:
            cas y politicas  qre  jú€cd  alrededor  del  los monores  de edad.
                                                          P.oF¡emos  ¿n ¿l a.lrculo  240, que se
              Hay  un  cuarto  probl:na   qúe  queE     su¡¡i4a  la  excepción de  la   juisdicció¡
            ños¡esalrai  Es el de Ia jüsli.ia  nilitar,  ¡rilitar  y que forne   Fart:   de cse cne¡?o
            Nosotros disf¿pamos de qü: se ma¡te¡        úita.io.   Proponemos tanbién,  r:specto
            sa  úna süpue*a  incepondencia d€ la jus    a la jurGdicción  militaf, e¡  el  a¡ticulo
            ¡icia mihar  respcc¡o  del  @njunto dcl     243!, no  sólo qlc  la  jüsricia niriiar  ¿s
            ¿parato dc  Poder Judicial. Po¡ lo tanto, conpele.cia de jüeces  y  lribünalcs ni.
            no crecnos  qüe, slho  los casos a.bit.a    li¡ares de acuedo a I!  Iey, sino qüe  csto
            les, d:¡a  cstablecxe  tueros pa¡licula'    &b3  sr  en sus dos prin¿ras  i¡stáncias
            res;  y  ¡o¡  ello  p¡¿se¡raúos  tmbién  un  y  que la  corrc  Suprema conoce.á el  e
                                                        curso den  idad respecto a lós casos ¡e
              En  concrcro, señor P.ssi&nte, nucs       su:ltos  lor   los r¡ibunales mililares. Asi
            fas  proFues¡as  son las si$ie¡t¿s:  En el  nisno,  q&  pa¡a ejercer  ra jurisdicció¡
            a¡fculo 239 proponeúos que  si¿ndojus       &ni.o  de la  justicia  miliiar,  es requisi
            !o  ¿l planreaniento  de qle  los  jlzgados  to indislensable ser a¡ocado.  ra  reali-
            y rribunales  e$én  inhgrados e.  !n  c!er-  dad de hoy es que ¿ través del tue¡o  m;
            Fo  ünit¡rjo, ¿slo  nó d3be des@¡océr las   lirar s: ha cradó  u  necanisnode opF.
            lsFecialidades  qüc conespo¡dcn.  ?ór to    sión   rohica   sobre  las  o.gá¡izacio¡es
            ranto,  rldieanos   esle rsÉsado  al  ar'   ropula.es   y las o¡ganizáciones de izquier
            iiculo  d:  mmer:  tal  quc  ¡o  se ¡ierdú  da parlicularnenb.  A  través d:l  fu¿ro
            lcs  alanc¿s lográdos !  niwl  d¿l fue¡o    rilita.  se hln  canalizado nuercs delilos
            aen.io,  del  fuerc  labo.al  en ventajr  de  .ono  ¿l sabotaje .la  relomá  asraria  o
            los trabajadóres,   ¡áriicula.nsnlc   en dos  a Ias l.l3conunicaciones,  o  se ban rija-
            ierrc¡ós: m  pap¿l  nás  activo del ju:z    ¿o  júrñdiccionalne.tE delftos  qne  anres
            i   la funció4  tuiiiva  que cs¡á establecida  eran conocidos  po¡ €L  ¡udo  conún; bá
            c¡ ambos casos. Po¡ello plánleamos q¡c      sicamenté conflictos  labonlcs  y  lolilcos
            efo  quede  rrecisado  en €slo 3.11culo.    lue  }!n  roido  sjcndo tipificados  coúo
              Pl.ntcamos, además, en  nn  articulo      delitos de uliraje a la ¡ación, a sls sin
            posl.rio.,  qu:  hace refcrencia á Iá ¿sruc  tolos  Flrsentarivos   y  cónr.a  los  Insti'
            rüra ¿:l  Poder Jüdicid, el  riculo  244s,
            inciso  3, quc  son órgmos  'le  h,rció¡   jn  I-as  oryanizáciones sjn¿tcales  y  roli1!
            ¡jsdiccionál ¡o  sóló los Jugados Civiles cas  conoc:r  pedectamcnte cómo sc ha
            J  Penalcs,  como  esiáesbblecido,  sinolos  \Lnida  m¿¡.1tr¡do e{:   !,ohl:m¿   Me-
            Juzgados dc T.abajo,  Aerarios,  d¿ Flnim   ,Jir¡i.  L¡  ¿onienrdo  l¿b  .oño  eL d:  et
            1ia  y de M¿no.es,  y los que sé cÉasen po.  1¡  fisura dslictila, se
            l:y, er las p¡ovi¡cias.  DE manera  ial qüe  !¿¡sas  ma¡i¡lraciones   politicas  de dee
            nantenisdo  deniro dE un cuerpo ünta        co¡lenio o antaco.ismo respE.to al  go
              o el co¡ju¡to  de *tos  juzsadc, Ecc      bier¡o.  Dc 61a  forma,  u  ácto  politico,
            ncñr  ias .aracle.Gticó  y  los avá¡c¿s cono es el de expresa.se d3 modo co¡
            logradcs  por  los lueros   ldvaiivos   losra  rario  al gc¡iemo o a sus mi€mbrcs, se
            dos  !o¡   los tr.bajado.es, ob¡é¡os  y can.  coNirtió  en  ua  fiElra  delictirá ñiltta¡,
            lesinos  a ta!és  dc s!  lu.I:,  P.opo¡¡    Es  evid:nic el rol ÉpEsivo  d:  csta  mc
            r¡ós  la deación  de Jü4ados  ¿e Familia    dida al sa¡cionar  córductas  poliiicas  cG
            -\'  de Mercr:s,  en fu¡ción  d¿ q@  so¡  m¿.  mú deliios nil  ares  pa¡a asravar la p3.
            ¡oÉs  más dcl 43% de la    loblació¡   na   ná. E.  rodo caso el }!ero  ñilibr  vino a
            cional  y úás  ¿el  30% dc h  población  *  corccer nare.i.s qüe  ¡o  conoch,'-a úa'
            co¡ómicamc¡te  aciiva,  cs d¿cir, de la po  dició¡  ju¡idica  pe¡uam,  scerln  la  .ual
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