Page 5 - 2015\Debate-2015\Debate(3)
P. 5

Inclusión Económica en Zonas Rurales], que había reducido su presupuesto con relación
               al  del  año  2015;  ciento  cincuenta  millones  al  Foniprel  [Fondo  de  Promoción  a  la
               Inversión Pública Regional y Local], al que también se estaba reduciendo su asignación
               comparada con la del presupuesto del presente año; veinticinco millones al INPE [Instituto
               Nacional  Penitenciario],  para  la  solución  de  las  demandas  salariales;  cien  millones  al
               pago  de  las  deudas  aún  existentes  del  Decreto  de  Urgencia  037-94;  ciento  cuarenta
               millones adicionales al presupuesto del Poder Judicial, para solucionar las demandas de
               incrementos salariales de sus trabajadores; ciento cuarenta y cuatro millones al Ministerio
               Público, para cubrir las demandas de sus trabajadores; y ciento ochenta y nueve millones
               para el fondo de compensación por la reducción del canon y las regalías mineras.

               Es importante resaltar que el Proyecto del Presupuesto 2016 —hay que decirlo con total
               claridad— identifica once fondos, por el valor de S/ 3 870 000 000,00, que fortalecen el
               manejo discrecional del Ministerio de Economía y Finanzas y debilitan la capacidad de
               planteamiento de los gobiernos regionales y locales.

               El dictamen en minoría reivindica la negociación colectiva, como lo hace la sentencia del
               Tribunal  Constitucional  que  indica  que  es  inconstitucional  prohibir  e  impedir  la
               negociación colectiva por incrementos salariales. Por eso, se modifica el artículo 6 del
               proyecto presentado por el Poder Ejecutivo y se deja sin efecto la quincuagésima cuarta
               disposición complementaria y final de la Ley 29951.

               El dictamen en minoría que estamos presentando plantea las siguientes modificaciones al
               texto del dictamen en mayoría que recae en el proyecto de ley 4764-2015-PE:

               En el artículo 3, nuestra propuesta incorpora en la Ley de Presupuesto a otras entidades
               que utilizan también recursos públicos. Estamos agregando a las entidades que menciona
               la  propuesta  a  los  organismos  públicos  nacionales  o  internacionales  que  reciban
               transferencias de recursos públicos o encargos relacionados con su aplicación; es decir, a
               los organismos que reciben transferencias para la ejecución de obras o servicios públicos.

               Al limitar el alcance de la ley a las entidades que cuentan con crédito presupuestario, las
               transferencias y los convenios que los instrumentan se convierten en procedimientos para
               sustraer  recursos  a  la  normatividad  presupuestaria,  colocándolos  en  un  área  donde
               pueden ser objeto de hechos de corrupción.


               Por lo tanto, los recursos públicos encargados a estos organismos deben ser totalmente
               claros y deben estar totalmente definidos. No es posible dejarlos en el aire y hacer que se
               sustraigan de los sistemas de control.

               El artículo 4, se agrega la responsabilidad —los funcionarios tienen que asumirla— de los
               sectoristas del Sistema Integrado de Administración Financiera y del Sistema de Tesorería
               del Ministerio de Economía y Finanzas por las obras que no se ejecutan, se retrasan o se
               paralizan por su inacción, a pesar de encontrarse debidamente presupuestadas. Es bueno
               señalar esta responsabilidad porque es algo que ha venido sucediendo y en ningún caso
               los sistemas de seguimiento y control del Ministerio de Economía y Finanzas dieron alerta
               alguna.





                                                            5
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10