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Autorízase, por excepción, a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas -
DEVIDA a celebrar, durante el año 2016, un convenio de cooperación técnica con la
Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito - UNODC, para la
elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivos de Coca.
El convenio será suscrito por el titular de la entidad, y previo a su celebración se requiere
tener un informe legal, un informe favorable de la Oficina de Presupuesto, en la cual se
demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento, y un informe técnico que
demuestre las ventajas y beneficios del acuerdo.
La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA, bajo
responsabilidad de su titular, debe proveer información a la Contraloría General de la
República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), de ser
solicitados por éstos.
La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA queda autorizada a
transferir financieramente, a favor del organismo internacional, con cargo a su
presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del convenio de
cooperación técnica celebrado en el marco de lo establecido en la presente disposición.
Dicha transferencia se aprueba mediante resolución del titular del pliego de la Comisión
Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, la misma que se publica en el
diario oficial El Peruano.
Artículo 41. Recursos para el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, FED y otros
41.1 Dispónese, que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se han
asignado recursos para lo siguiente:
a) En el presupuesto institucional del pliego Ministerio del Interior, hasta la suma de
S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en
la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al
financiamiento de acciones del Ministerio del Interior en el marco de los fines del Fondo
Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por el Decreto de Urgencia 052-2011.
b) En el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, hasta la suma de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados,
destinados, exclusivamente, al financiamiento de los fines del Fondo para la Inclusión
Económica en Zonas Rurales (FONIE), creado por el artículo 23 de la Ley 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y hasta la suma de S/. 170 000
000,00 (CIENTO SETENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de
financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al financiamiento de
los fines del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED),
creado por la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 30114.
c) En el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta
por la suma de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados,
exclusivamente, al financiamiento de los fines del Fondo de Promoción a la Inversión
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