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Autorízase, por excepción, a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas -
               DEVIDA  a  celebrar,  durante  el  año  2016,  un  convenio  de  cooperación  técnica  con  la
               Oficina  de  las  Naciones  Unidas  Contra  la  Droga  y  el  Delito  -  UNODC,  para  la
               elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivos de Coca.

               El convenio será suscrito por el titular de la entidad, y previo a su celebración se requiere
               tener un informe legal, un informe favorable de la Oficina de Presupuesto, en la cual se
               demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento, y un informe técnico que
               demuestre las ventajas y beneficios del acuerdo.

               La  Comisión  Nacional  para  el  Desarrollo  y  Vida  Sin  Drogas  –  DEVIDA,  bajo
               responsabilidad de su titular,  debe proveer información a la Contraloría General de la
               República y al Organismo  Supervisor de  las Contrataciones del  Estado  (OSCE),  de  ser
               solicitados por éstos.


               La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA queda autorizada a
               transferir  financieramente,  a  favor  del  organismo  internacional,  con  cargo  a  su
               presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del convenio de
               cooperación técnica celebrado en el marco de lo establecido en la presente disposición.
               Dicha transferencia se aprueba mediante resolución del titular del pliego de la Comisión
               Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, la misma que se publica en el
               diario oficial El Peruano.

               Artículo 41. Recursos para el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, FED y otros

               41.1 Dispónese, que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se han
               asignado recursos para lo siguiente:

               a)     En el presupuesto institucional del pliego Ministerio del Interior, hasta la suma de
               S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en
               la  fuente  de  financiamiento  Recursos  Determinados,  destinados,  exclusivamente,  al
               financiamiento de acciones del Ministerio del Interior en el marco de los fines del Fondo
               Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por el Decreto de Urgencia 052-2011.


               b)     En  el  presupuesto  institucional  del  pliego  Ministerio  de  Desarrollo  e  Inclusión
               Social,  hasta  la  suma  de  S/.  150  000  000,00  (CIENTO  CINCUENTA  MILLONES  Y
               00/100  NUEVOS  SOLES),  en  la  fuente  de  financiamiento  Recursos  Determinados,
               destinados,  exclusivamente,  al  financiamiento  de  los  fines  del  Fondo  para  la  Inclusión
               Económica en Zonas Rurales (FONIE), creado por el artículo 23 de la Ley 29951, Ley de
               Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y hasta la suma de S/. 170 000
               000,00  (CIENTO  SETENTA  MILLONES  Y  00/100  NUEVOS  SOLES),  en  la  fuente  de
               financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al financiamiento de
               los  fines  del  Fondo  de  Estímulo  al  Desempeño  y  Logro  de  Resultados  Sociales  (FED),
               creado por la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 30114.

               c)     En el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta
               por  la  suma  de  S/.  150  000  000,00  (CIENTO  CINCUENTA  MILLONES  Y  00/100
               NUEVOS  SOLES),  en  la  fuente  de  financiamiento  Recursos  Ordinarios,  destinados,
               exclusivamente,  al  financiamiento  de  los  fines  del  Fondo  de  Promoción  a  la  Inversión


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