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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates 2231
Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente que se paga a través del Comité de Administración
en perjuicio del Estado (FEDADOI), en el marco del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE) con
del Decreto Legislativo 1104, mediante decreto cargo a recursos públicos.
supremo refrendado por el ministro de Economía
y Finanzas y el Ministerio de Justicia y Derechos Para los casos en que se requiera recursos adi-
Humanos, en la fuente de financiamiento Recur- cionales para el financiamiento de la Escala del
sos Ordinarios. Incentivo Único que resulte del procedimiento
mencionado en el párrafo precedente, dispónese
CUADRAGÉSIMA NOVENA. Prorrógase que dicho financiamiento se efectúa con cargo
hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia del a los recursos a los que hace referencia la quin-
artículo 3 de la Ley 29608, Ley que aprueba la cuagésima tercera disposición complementaria
Cuenta General de la República correspondiente final de la Ley 29812, Ley de Presupuesto del
al ejercicio fiscal 2009, respecto a las acciones de Sector Público para el Año Fiscal 2012, debiendo
saneamiento de la información contable en el sec- incorporarse los recursos necesarios en los pliegos
tor público, fijándose como plazo de presentación respectivos mediante decreto supremo refren-
de avances el primer semestre del año 2014 y los dado por el ministro de Economía y Finanzas,
resultados finales de dicho año en el plazo esta- a propuesta de la Dirección General de Gestión
blecido para la presentación de las rendiciones de de Recursos Públicos de dicho ministerio. Para
cuentas para la elaboración de la Cuenta General este fin, se exonera a las respectivas entidades
de la República. de las prohibiciones establecidas en el literal
a.5 de la novena disposición transitoria de la
Las acciones de saneamiento no eximen de las Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
responsabilidades administrativas y legales a de Presupuesto, y de las restricciones previstas
que hubiere lugar, las cuales se comunican a los en el artículo 6 de la presente Ley. La Dirección
organismos de control y de defensa jurídica del General de Endeudamiento y Tesoro Público
Estado, según corresponda. otorga los referidos recursos en el marco de lo
antes establecido mediante el mecanismo de la
QUINCUAGÉSIMA. Establécese el proceso para asignación financiera.
dar por concluido el procedimiento previsto en la
Ley 29874, Ley que implementa medidas destina- Asimismo, para la mayor transferencia de fon-
das a fijar una escala base para el otorgamiento del dos al CAFAE, originada por la incorporación
incentivo laboral que se otorga a través de los Co- de los conceptos previstos en el artículo 4 de la
mités de Administración del Fondo de Asistencia Ley 29874, y solo en los casos que corresponda,
y Estímulo (CAFAE), y concluir con la aprobación se exonera a las respectivas entidades de las
de la Escala del Incentivo Único a que se refiere prohibiciones establecidas en el literal a.5 de la
la centésima cuarta disposición complementaria novena disposición transitoria de la Ley 28411 y
final de la Ley 29951, Ley de Presupuesto del de las restricciones previstas en el artículo 6 de
Sector Público para el Año Fiscal 2013. Para tal la presente Ley.
efecto, mediante decreto supremo refrendado por
el ministro de Economía y Finanzas se determina Vencidos los plazos del proceso regulado en el
la relación de entidades que se sujetan a dicho presente artículo, y para el caso en que las en-
proceso, así como los plazos y demás disposiciones tidades no lo hayan implementado, autorízase
que sean necesarias para la mejor implementación a la Dirección General de Gestión de Recursos
de la presente disposición. Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas
a determinar para las respectivas entidades el
Las entidades a las que hace referencia el decreto monto del Incentivo Único, en base a la infor-
supremo deben iniciar o continuar, según co- mación registrada a la fecha de publicación de la
rresponda, el procedimiento regulado por la Ley presente Ley, en el Aplicativo Informático para
29874, concluyendo el mismo con la expedición el Registro Centralizado de Planillas y de Datos
de la Escala del Incentivo Único, que reemplaza a de los Recursos Humanos del Sector Público, de
la nueva escala a que se refiere el numeral 6.2 del acuerdo a lo establecido en los artículos 3 y 4 de
artículo 6 de la citada Ley, concepto que conforme la Ley 29874, asignándole el código de registro
a la centésima cuarta disposición complementaria correspondiente.
final de la Ley 29951, consolida en un único con-
cepto toda asignación de contenido económico, Concluida la etapa a que hace referencia el pá rrafo
racionamiento y/o movilidad o de similar denomi- precedente, la Dirección General de Gestión de
nación previstos en los artículos 3 y 4 de la Ley Recursos Públicos del Ministerio de Economía
29874. El Incentivo Único es el único concepto y Finanzas elabora un informe final del proceso
18. B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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