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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2233
                  nas y de Administración Tributaria (SUNAT)   quincuagésima sétima disposición complemen-
                  a transferir financieramente, con cargo a sus   taria final de la Ley 29951, Ley del Presupuesto
                  saldos de balance al 31 de diciembre de 2013,   del Sector Público para el año 2013.
                  hasta la suma de S/. 15 372 410,00 (QUINCE MI-
                  LLONES TRESCIENTOS SETENTAIDOS MIL          Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas
                  CUATROCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS          para reembolsar al Banco de la Nación los gastos
                  SOLES) a favor del pliego Poder Judicial, con el   por las contrataciones de bienes y servicios en
                  objeto de financiar lo dispuesto en la Resolución   que este hubiere incurrido para la realización del
                  Administrativa  206-2012-CE-PJ  del  Consejo   evento descrito en el párrafo precedente, excepto
                  Ejecutivo del Poder Judicial, que crea tres (03)   aquellos gastos que se deriven de contrataciones
                  salas superiores especializadas en lo contencioso   de bienes y/o servicios propios de la operatividad
                  administrativo y diez (10) juzgados especializados   de una sede institucional o se vinculen definitiva
                  en temas tributarios y aduaneros y temas de com-  o directamente a la Sede Institucional del Banco
                  petencia del Instituto Nacional de Defensa de la   de la Nación. Para dichos efectos, el Banco de la
                  Competencia y de la Protección de la Propiedad   Nación y Ministerio de Economía y Finanzas, a
                  Intelectual (INDECOPI).                     través del Proyecto Especial Juntas de Goberna-
                                                              dores BM/FMI – 2015 Perú, suscriben el Convenio
                  Dicha transferencia financiera se realiza en el   que determinará los términos y condiciones para
                  plazo de 30 días hábiles a partir del requerim-  el efecto.
                  iento que emita el Poder Judicial para tal efecto,
                  median te resolución del titular del pliego SUNAT,   QUINCUAGÉSIMA  SEXTA.  Autorízase  al
                  que se publica en el diario oficial El Peruano,   Banco de la Nación para realizar operaciones
                  previo informe favorable de la oficina de presu-  y servicios para la inclusión financiera y con la
                  puesto o la que haga sus veces en la SUNAT, y   finalidad de garantizar el desarrollo económico
                  se incorpora en el presupuesto institucional del   y la inclusión social. Mediante decreto supremo
                  pliego Poder Judicial conforme a lo establecido   refrendado por el ministro de Economía y Fi-
                  en el artículo 42 de la Ley 28411, Ley General   nanzas se aprueba las modificaciones al estatuto
                  del Sistema Nacional de Presupuesto.        del Banco de la Nación para la incorporación de
                                                              las operaciones y servicios necesarios para la
                  QUINCUAGÉSIMA CUARTA. Dispónese que         implementación del presente artículo. El presente
                  la octava disposición complementaria final de la   artículo entra en vigencia al día siguiente de la
                  Ley 30057, Ley del Servicio Civil, es de aplicación   publicación de la presente Ley.
                  para todas las personas que prestan servicios en
                  las entidades y empresas públicas, cualquiera   QUINCUAGÉSIMA SÉTIMA. Autorízase al
                  sea su clasificación o régimen, incluyendo los   Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad
                  directorios y consejos directivos, así como lo   Empresarial del Estado (FONAFE), para desti-
                  dispuesto en la Ley 29806, Ley que regula la   nar los recursos que le fueran transferidos en el
                  contratación de personal altamente calificado en   marco de lo dispuesto por la cuadragésima cuarta
                  el Sector Público y dicta otras disposiciones. Esta   disposición complementaria final de la Ley 29951,
                  disposición entra en vigencia al día siguiente de   Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
                  publicada la presente Ley.                  Fiscal 2013, para el dragado del Terminal Portua-
                                                              rio de Salaverry. Con cargo a los mencionados
                  QUINCUAGÉSIMA  QUINTA.  Entiéndase          recursos, se reembolsan los gastos que la referida
                  que la construcción e implementación de la sede   entidad u otra bajo su ámbito, haya incurrido con
                  institucional del Banco de la Nación, conforme   fines del dragado del terminal portuario.
                  a  lo  establecido en  el Decreto Supremo  097-
                  2013-EF, el cual será cedido para la realización   Si  existiera  algún  excedente  se  autoriza  al
                  de las Juntas de Gobernadores del Grupo del   FONAFE, a destinarlo para la adquisición de una
                  Banco Mundial y del Fondo Monetario Interna-  draga para coadyuvar al mantenimiento de los
                  cional correspondientes al año 2015, a llevarse   puertos del litoral peruano bajo administración
                  a cabo en la República del Perú, así como las   de la Empresa Nacional de Puertos del Perú S.A.
                  contrataciones de bienes, servicios y obras que   (ENAPU S.A.).
                  se requieran para la implementación de la Sede
                  conforme a los requerimientos específicos para la   La presente disposición entra en vigencia al día
                  celebración de las Juntas o que sean necesarias   siguiente de la publicación de la presente Ley.
                  para la construcción e implementación de la sede
                  institucional que se cederá para dicho efecto, se   QUINCUAGÉSIMA OCTAVA. Dispónese que
                  encuentran comprendidos en lo dispuesto en la   el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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