Page 196 - 2013\Debate-2013\Debate(2)
P. 196
2198 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii
Los recursos por operaciones oficiales de Los recursos determinados, hasta por el monto
crédito, hasta por el monto de S/. 4 562 754 de S/. 20 429 259 382,00 (VEINTE MIL CUA-
666,00 (CUATRO MIL QUINIENTOS SE- TROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES
SENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL
CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100
SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), NUEVOS SOLES), comprenden los siguientes
que comprenden los recursos provenientes de rubros:
créditos internos y externos, se distribuyen de
la siguiente manera: i) Canon y sobrecanon, regalías, rentas de aduanas
y participaciones
i) Para el Gobierno Nacional, ascienden a la
suma de S/. 4 381 379 383,00 (CUATRO MIL Los recursos por canon y sobrecanon, regalías,
TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES rentas de aduanas y participaciones, hasta por
TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL el monto de S/. 10 213 642 354,00 (DIEZ MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 DOSCIENTOS TRECE MILLONES SEISCIEN-
NUEVOS SOLES). TOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS
ii) Para los gobiernos regionales, ascienden a la SOLES), que comprenden los ingresos por con-
suma de S/. 180 778 535,00 (CIENTO OCHENTA cepto de canon minero, canon gasífero, canon
MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO y sobrecanon petrolero, canon hidroenergético,
MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 canon pesquero y canon forestal; las regalías; los
NUEVOS SOLES). recursos por participación en rentas de aduanas,
provenientes de las rentas recaudadas por las
iii) Para los gobiernos locales, ascienden a la suma aduanas marítimas, aéreas, postales, fluviales,
de S/. 596 748,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y lacustres y terrestres, en el marco de la regulación
SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO correspondiente; entre otros.
Y 00/100 NUEVOS SOLES).
ii) Contribuciones a fondos
1.4 Donaciones y transferencias
Los recursos por contribuciones a fondos, hasta
Las donaciones y transferencias, hasta por el por el monto de S/. 3 321 347 602,00 (TRES
monto de S/. 677 794 579,00 (SEISCIENTOS MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN MILLONES
SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SE- SEISCIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES),
TENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), que comprenden, principalmente, los aportes
que comprenden los recursos financieros no reem- obligatorios correspondientes a lo establecido
bolsables recibidos por el Estado, provenientes de en el Decreto Ley 19990, las transferencias del
entidades públicas o privadas, personas jurídicas Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, los
o naturales, domiciliadas o no en el país, se dis- aportes del Seguro Complementario de Trabajo
tribuyen de la siguiente manera: de Riesgo y las contribuciones para la asistencia
previsional a que se refiere la Ley 28046, Ley que
i) Para el Gobierno Nacional, ascienden a la suma Crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la
de S/. 445 256 035,00 (CUATROCIENTOS CUA- Asistencia Previsional.
RENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y CINCO iii) Fondo de compensación municipal
Y 00/100 NUEVOS SOLES).
Los recursos por el fondo de compensación
ii) Para los gobiernos regionales, ascienden a la municipal, hasta por el monto de S/. 4 512 235
suma de S/. 808 000,00 (OCHOCIENTOS OCHO 200,00 (CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SO-
iii) Para los gobiernos locales, ascienden a la suma LES), que comprenden la recaudación neta del
de S/. 231 730 544,00 (DOSCIENTOS TREINTA impuesto de promoción municipal, del impuesto
Y UN MILLONES SETECIENTOS TREINTA al rodaje y del impuesto a las embarcaciones
MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y de recreo, de acuerdo con lo establecido en el
00/100 NUEVOS SOLES). Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación
Municipal, y demás normas modificatorias y
1.5 Recursos determinados complementarias.
a
Diario de los Debates - 18. B sesión (matinaL) 28-11-2013