Page 197 - 2013\Debate-2013\Debate(2)
P. 197

Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2199
                  iv)  Impuestos municipales                  inicio de su trámite, con una evaluación presupues-
                                                              tal que demuestre la disponibilidad de los créditos
                  Los recursos por impuestos municipales, hasta   presupuestarios que pueden ser destinados a su
                  por el monto de S/. 2 382 034 226,00 (DOS MIL   aplicación, así como el impacto de dicha aplicación
                  TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES          en el Presupuesto del Sector Público para el Año
                  TREINTA  Y  CUATRO  MIL  DOSCIENTOS         Fiscal 2014, y un análisis de costo-beneficio en
                  VEINTISÉIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), que      términos cuantitativos y cualitativos. La evalua-
                  comprenden la recaudación del impuesto predial,   ción presupuestaria y el análisis costo-beneficio del
                  de alcabala y patrimonio vehicular, entre los   proyecto de la norma deben ser elaborados por el
                  principales.                                pliego presupuestario respectivo.
                                CAPÍTULO II                   e)  El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante
                                                              decreto supremo, a propuesta de la Dirección Gene-
                   DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTA-             ral de Presupuesto Público, de la Dirección General
                                     RIA                      de Política Macroeconómica y de la Dirección Gene-
                                                              ral de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales,
                  Artículo 2. Marco normativo de la estabili-  puede establecer, durante la etapa de ejecución
                  dad presupuestaria                          presupuestal, medidas económico-financieras a
                                                              través del gasto público, con la finalidad de cum-
                  La estabilidad de la ejecución del Presupuesto del   plir con las metas y reglas fiscales previstas en el
                  Sector Público para el Año Fiscal 2014 se sustenta   Texto Único Ordenado de la Ley 27245, Ley de
                  en la observancia de las disposiciones previstas   Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado
                  en el Texto Único Ordenado de la Ley 27245,   por el Decreto Supremo 066-2009-EF, y el Marco
                  Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal,   Macroeconómico Multianual 2014-2016.
                  aprobado por el Decreto Supremo 066-2009-EF;
                  y en el Decreto Legislativo 955, Ley de Descen-          CAPÍTULO III
                  tralización Fiscal, y sus modificatorias.
                                                                   DISPOSICIONES ESPECIALES
                  Artículo 3. Reglas para la estabilidad pre-
                  supuestaria                                 Artículo 4. Uso de recursos de operaciones
                                                              de endeudamiento destinados al cumpli-
                  Durante el Año Fiscal 2014, las entidades seña-  miento de metas con financiamiento pre-
                  ladas en los numerales 1 y 2 del artículo 2 de la   visto en la Ley de Presupuesto del Sector
                  Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de   Público para el Año Fiscal 2014
                  Presupuesto, deben cumplir con las siguientes
                  reglas:                                     4.1 Cuando los recursos provenientes de ope-
                                                              raciones de endeudamiento estén destinados al
                  a)  La  Ley  de  Presupuesto  del  Sector  Público   cumplimiento de metas cuyo financiamiento se
                  para el Año Fiscal 2014 comprende los créditos   encuentra previsto en la Ley de Presupuesto del
                  presupuestarios máximos de gasto, que solo se   Sector Público para el Año Fiscal 2014 y sus modi-
                  pueden ejecutar si los ingresos que constituyen   ficatorias por la fuente de financiamiento recursos
                  su financiamiento se perciben efectivamente.  ordinarios, el Poder Ejecutivo queda autorizado
                                                              para que, mediante decreto supremo refrendado
                  b)  Las disposiciones que autorizan créditos presu-  por el ministro de Economía y Finanzas, autorice
                  puestarios en función a porcentajes de variables   el uso de los mencionados recursos de endeuda-
                  macroeconómicas o patrones de referencia se   miento en la fuente de financiamiento recursos
                  implementan progresivamente, de acuerdo con   ordinarios y dicte las disposiciones que permitan
                  la real disponibilidad fiscal.              la adecuada administración de dichos fondos.
                  c)  En todo dispositivo legal que autorice gastos   4.2 Asimismo, lo señalado en el párrafo 4.1 es
                  no previstos en la Ley de Presupuesto del Sector   aplicable cuando los recursos provenientes de
                  Público para el Año Fiscal 2014, se debe especifi-  operaciones de endeudamiento estén destinados
                  car el financiamiento, bajo sanción de ineficacia   a metas que tengan por fuente de financiamiento
                  de los actos que se deriven de la aplicación de los   recursos por operaciones oficiales de crédito cuyos
                  dispositivos legales.                       desembolsos no se hayan ejecutado.
                  d)  Los proyectos de normas legales que generen   4.3 Cuando, luego de la evaluación periódica de los
                  gasto público deben contar, como requisito para el   recursos previstos en la fuente de financiamien-


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
                                                                    a
   192   193   194   195   196   197   198   199   200   201   202