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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2201
                  artículo 1 del Decreto de Urgencia 112-2000 son   c)  El Indeci es responsable del adecuado uso de los
                  los siguientes:                             recursos provenientes de la Reserva de Contingen-
                                                              cia a que se refiere la presente disposición.
                  a)  El 2,3% del monto total que percibe la Super-
                  intendencia Nacional de Aduanas y de Admi-  d)  El Ministerio de Economía y Finanzas, median-
                  nistración Tributaria (Sunat), proveniente del   te su Dirección General de Política de Inversiones,
                  porcentaje de todos los tributos que recaude o   dicta los criterios y procedimientos para sustentar
                  administre, excepto los aranceles, en aplicación   la necesidad del uso de los recursos a que se refiere
                  del literal b) de la presente disposición.  la presente disposición.

                  b)  El 1,2% del monto total que percibe la Sunat,   Asimismo, exceptúase de la declaración de via-
                  proveniente del porcentaje de todos los tributos y   bilidad y autorízase al Ministerio de Economía
                  aranceles correspondientes a las importaciones que   y Finanzas, a través de la Dirección General de
                  recaude o administre, cuya recaudación sea ingreso   Política de Inversiones, a aplicar un procedimiento
                  del Tesoro Público, en aplicación del literal a). El   simplificado para determinar la elegibilidad de los
                  depósito se hace efectivo en la misma oportunidad   proyectos de inversión pública de emergencia, ante
                  en que la Sunat capta sus recursos propios, mediante   la presencia de desastres, como requisito previo
                  la transferencia a la cuenta correspondiente.  para su ejecución.

                  El Ministerio de Economía y Finanzas depo-  La  aprobación  de  los  proyectos  de  inversión
                  sita,  dentro  de  los  quince  días  siguientes  de   pública de emergencia ante la ocurrencia de de-
                  vencido el Año Fiscal 2014, la diferencia entre   sastres, se otorga únicamente con la declaración
                  los ingresos anuales y los gastos devengados   de elegibilidad que otorga la Dirección General
                  de los recursos propios del Tribunal Fiscal, en   de  Política  de  Inversiones  del  Ministerio  de
                  la  cuenta  principal  del  Tesoro  Público,  bajo   Economía y Finanzas, previo cumplimiento del
                  responsabilidad.                            procedimiento simplificado a que se refiere el
                                                              párrafo precedente.
                  SEGUNDA. La Reserva de Contingencia incluye
                  hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA   Las intervenciones de mejoramiento, y recupe-
                  MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor     ración de la capacidad de producción de bienes
                  del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci),   y/o servicios públicos que ha sido afectada como
                  para destinarla a realizar acciones durante el Año   consecuencia de los desastres, se financian con
                  Fiscal 2014, a fin de brindar la atención oportuna   recursos del presupuesto institucional de las en-
                  ante desastres de gran magnitud, rehabilitar la   tidades públicas de los tres niveles de gobierno.
                  infraestructura pública dañada, así como reducir
                  los probables daños que pueda generar el inminen-  TERCERA. Dispónese, a partir de la vigencia de
                  te impacto de un fenómeno natural o antrópico   la presente Ley, las siguientes medidas destinadas
                  declarado, determinado por el organismo público   a brindar atención oportuna e inmediata en las
                  técnico-científico competente.              zonas afectadas por desastres de gran magnitud,
                                                              declaradas en estado de emergencia por la auto-
                  En el marco de la presente disposición, para el   ridad competente:
                  uso de dichos recursos, se debe tener en cuenta
                  lo siguiente:                               1.  Autorizar, en forma excepcional, a los gobiernos
                                                              regionales y a los gobiernos locales en las zonas
                  a)  No financian gastos por concepto de capacita-  declaradas en estado de emergencia, para utilizar
                  ción, asistencia técnica, seguimiento y control,   hasta el 5% de los recursos provenientes del canon,
                  adquisición de vehículos, maquinarias y equipos,   sobrecanon y regalía minera, con el objetivo de
                  remuneraciones o retribuciones, salvo, en este   financiar actividades destinadas a la atención de
                  último caso, cuando se trate de consultorías espe-  desastres como:
                  cializadas vinculadas directamente con la atención
                  del desastre.                               a)  La atención de limpieza y remoción de es-
                                                              combros, para lo cual se puede adquirir el com-
                  b)  En caso de ser necesario, puede financiarse   bustible necesario para el funcionamiento de
                  actividades orientadas a mitigar los daños a la   las maquinarias y, de ser necesario, alquiler de
                  actividad agropecuaria altoandina y en distritos   maquinarias.
                  de frontera, en las que se incluye la provisión
                  de forraje, alimentos para ganado, vacunas y   b)  El alquiler de vehículos para el transporte de
                  vitaminas para animales.                    agua potable para consumo humano cuando no


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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