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renta y siete mil ciento cincuenta y dos y 00/100  Artículo 3.°.— Modificación del Presupues-
                  nuevos soles (S/.1 197 147 152, 00).        to de Ingresos y Egresos

                  —El Servicio de la Deuda Externa no excede de  El mayor ingreso por cualquier fuente de finan-
                  seis mil seiscientos treinta y ocho millones cua-  ciamiento que se obtenga durante el Año Fiscal
                  trocientos sesenta y nueve mil y 00/100 nuevos  2001, respecto a los niveles previstos en el artícu-
                  soles (S/. 6 638 469  000, 00).             lo precedente, podrá modificar el nivel máximo del
                                                              Presupuesto de Ingresos y Egresos del Gobierno
                  b) Para financiar los gastos señalados en el inci-  Central e Instancias Descentralizadas, de acuer-
                  so a), los recursos públicos se estiman en treinta  do con los procedimientos establecidos por la
                  y cinco mil setecientos once millones setecientos  normatividad presupuestaria aplicable.
                  cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta y cua-
                  tro y 00/100 nuevos soles (S/. 35  711  747  654,  Artículo 4.°.— Equilibrio efectivo de los re-
                  00).                                        cursos ordinarios

                  Los Recursos Públicos en referencia se distribu-  Una vez promulgada la Ley Anual de Presupues-
                  yen de la siguiente manera:                 to, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de
                                                              Economía y Finanzas, velará para que la distri-
                  —Los Recursos Ordinarios se estiman en vein-  bución administrativa de la asignación presupues-
                  tiocho mil ochocientos treinta y cinco millones y  taria durante el año fiscal mantenga el equilibrio
                  00/100 nuevos soles (S/. 28  835  000  000, 00).  efectivo entre los recursos ordinarios y los gas-
                                                              tos ordinarios.
                  —Los Recursos por Canon y Sobrecanon se esti-
                  man en ciento noventa y un millones novecien-  La distribución administrativa consiste en la au-
                                                              torización de los recursos públicos a través de la
                  tos setenta y siete mil doscientos diez y 00/100
                  nuevos soles (S/. 191 977 210, 00).         Asignación Trimestral de Gasto y del Calendario
                                                              de Compromiso.
                  —La Participación en Rentas de Aduanas se es-  Artículo 5.°.— Leyes que autorizan gastos
                  tima en ciento treinta y tres millones cuatrocien-
                  tos cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y cuatro  Toda ley que autorice gastos no previstos en la
                  y 00/100 nuevos soles (S/. 133  444  164,00).
                                                              Ley Anual de Presupuesto del Sector Público, de-
                                                              berá especificar la Fuente de Financiamiento de
                  —Las Contribuciones a Fondos se estiman en un  los recursos públicos a utilizar para su financia-
                  mil doscientos treinta y siete millones trescien-  miento.
                  tos diez mil seiscientos treinta y 00/100 nuevos
                  soles (S/. 1 237 310 630, 00).              Comuníquese, etc."
                  —Los Recursos Directamente Recaudados se es-  "Votación del texto sustitutorio del Proyecto
                  timan en dos mil cuatrocientos veintiséis millo-     de Ley N.° 288/2000-CR
                  nes novecientos diez mil ochocientos treinta y
                  uno y 00/100 nuevos soles (S/. 2 426 910 831,00).  Señores congresistas que votaron a favor:
                                                              Acuña Peralta, Alva Castro, Arroyo Cobián,
                  —Los Recursos por Operaciones Oficiales de Cré-  Ayaipoma Alvarado, Bartra Gonzales, Becerril
                  dito Interno concertados se estiman en ciento se-  Rodríguez, Bueno Quino, Burgos Montenegro,
                  senta y ocho millones cuatrocientos ochenta mil  Canales Pillaca, Castañeda Castañeda, Chávez
                  y 00/100 nuevos soles (S/. 168  480  000,00).  Sibina, Chiroque Paico, Cruz Loyola, De la Puente
                                                              Haya de Besaccia, Del Carpio Farfán, Del Casti-
                  —Los Recursos por Operaciones Oficiales de Cré-  llo Gálvez, Elías Ávalos, Estrada Pérez, Farah
                  dito Externo concertados se estiman en dos mil  Hayn, Flores-Aráoz Esparza, Gonzales Inga,
                  quinientos sesenta y nueve millones doscientos  Guerrero Figueroa, Higuchi Miyagawa, Huamán
                  cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y tres  Lu, Ibarra Imata, Jurado Adriazola, Lau Chufón,
                  y 00/100 nuevos soles (S/. 2  569  247  253, 00).  Manrique Pacheco, Marsano Chúmbez, Martínez
                                                              del Solar de Franco, Martínez Morosini, Masías
                  —Los Recursos por Donaciones y Transferencias  Oyanguren, Monteverde Temple, Morales
                  se estiman en ciento cuarenta y nueve millones  Mansilla, Mucho Mamani, Núñez Castillo,
                  trescientos setenta y siete mil quinientos sesen-  Ormeño Malone, Pease García, Ramírez Canchari,
                  ta y seis y 00/100 nuevos soles (S/. 149 377 566,  Ramos López, Rengifo Ruiz, Revilla Jurado, Ríos
                  00).                                        Salcedo, Rivadeneyra Reátegui, Rodas Díaz,



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