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de los actos de los que hubieran usurpado funciones públicas y los empleos conferidos sin los
requisitos designados por la Constitución y las leyes; y el derecho de todo peruano para entablar
reclamaciones ante el Congreso, ante el Poder Ejecutivo o ante cualquiera autoridad competente,
por infracciones de la Constitución.
En el ámbito de las llamadas “garantías individuales” estableció que la inviolabilidad de la vida
humana (lo que implicó el retorno la abolición de la pena capital); la libertad personal; el derecho
a la imprenta; el secreto de las cartas; el ejercicio libre de toda industria o profesión que no se
oponga a la moral, a la salud y a la seguridad pública; la instrucción primaria gratuita; el derecho
de propiedad; el derecho de asociación; el derecho de petición; la inviolabilidad del domicilio;
entre otros derechos.
Por otra parte, se dispuso que eran ciudadanos en ejercicio, los peruanos mayores de veintiún
años o emancipados. El sufragio popular era directo: gozando de aquel todos los ciudadanos en
ejercicio.
EL PODER LEGISLATIVO
El gobierno del Perú, según lo dispuesto en el artículo 43, era republicano, democrático, repre-
sentativo y fundado en la unidad. Ejercían las funciones públicas los encargados de los Poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial “sin que ninguno de ellos pueda salir de los límites prescritos” por
la Constitución . El Poder Legislativo se ejercía por un congreso unicameral ; que se renovaba
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123 Artículo 44.
124 Son atribuciones del Congreso: a) dar, interpretar, modificar y derogar las leyes; b) abrir y cerrar sus sesiones en el tiempo
designado por la ley; c) designar el lugar de sus sesiones y determinar si ha de haber o no fuerza armada, en qué número
y a qué distancia; d) examinar de preferencia las infracciones de Constitución y disponer lo conveniente para hacer
efectivas las responsabilidades de los infractores; e) imponer contribuciones y suprimir o modificar las establecidas; f)
sancionar el presupuesto y aprobar o desaprobar la cuenta anual de gastos que presente el Poder Ejecutivo; g) autorizar
al Poder Ejecutivo para que negocie empréstitos, empeñando la Hacienda nacional y designando fondos para la
amortización; h) reconocer la deuda nacional y señalar el modo de consolidarla y amortizarla; i) crear o suprimir empleos
públicos y designarles la correspondiente dotación; j) determinar la ley, el peso, el tipo y la denominación de la moneda;
k) determinar los pesos y medidas; l) proclamar la elección de Presidente de la República hecha por la Nación y hacerla
cuando no resulte elegido según la ley; m) admitir o no la renuncia del Presidente de la República; n) resolver las dudas
que ocurran sobre la incapacidad del presidente de la República, por incapacidad moral o física; o) aprobar o desechar
las propuestas que haga el Ejecutivo para Jefes del Ejército y Armada, desde Mayor y Capitán de Corbeta efectivos hasta
General y Contralmirante inclusive, sin traspasar en ningún caso el número designado por la ley; p) prestar o negar
su consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; q) resolver la declaración de
guerra y requerir se negocie la paz; r) aprobar o desaprobar los Tratados de paz, Concordatos y demás Convenciones
procedentes de las relaciones exteriores; s) dictar las disposiciones necesarias para el ejercicio del Patronato; t) velar
sobre que las Juntas Departamentales cumplan sus deberes, corregir sus abusos y resolver las dudas y cuestiones que
en ella se susciten; u) declarar cuándo la Patria está en peligro dictar dentro de la esfera constitucional las medidas
convenientes para salvarla; v) determinar en cada legislatura ordinaria, y en las extraordinarias cuando convenga, las
fuerzas de mar y tierra que ha de mantener el Estado; w) hacer la división y demarcación territorial; x) conceder premios
a los pueblos, corporaciones o personas por servicios eminentes que hayan prestado a la República; y) examinar después
de cada período constitucional, y durante la primera legislatura del nuevo período, los actos administrativos del Jefe
del Poder Ejecutivo y aprobarlos si fueren conformes a la Constitución y a las leyes. En caso contrario se hará efectiva la
responsabilidad con arreglo a la ley; z) hacer efectiva con arreglo a la ley la responsabilidad de los ministros de Estado y
de los vocales de la Corte Suprema por infracciones de la Constitución y por todo delito cometido en el ejercicio de sus
funciones; a1) organizar su Secretaria, nombrar sus empleados, formar su presupuesto y arreglar su economía y policía
interior; b1) resolver las competencias que se susciten entré las Cortes Superiores y la Suprema y entre ésta y el Poder
Ejecutivo; c1) conceder amnistías, mandando cortar los juicios políticos pendientes y poner en libertad a los detenidos;
y d1) admitir las acusaciones que se interpongan contra el presidente de la República por: celebrar cualquier pacto
contra la independencia o integridad nacional; atentar contra la forma de Gobierno; impedir la reunión del Congreso,