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DIDP INFORMATIVO                                                          Pág. 15



          golpe de Estado del Mariscal Agustín Gamarra al gobierno del Mariscal La Mar; la paz con la Gran
          Colombia, mediante la firma del Tratado Larrea- Gual; y la proclamación por el Congreso, el 19
          de diciembre de 1829, de Gamarra como presidente constitucional del Perú cuyo mandato se
          extendió hasta el 19 de diciembre de 1833 .
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          De acuerdo con la Carta Política de 1828  el territorio peruano se dividía en departamentos,
          provincias y distritos. La religión oficial exclusiva y excluyente era la católica, apostólica y romana.
          Eran ciudadanos peruanos, entre otros, todos los hombres libres nacidos en el territorio de la
          República y añade que el ejercicio de la ciudadanía se suspendía por no haber cumplido veintiún
          años, y no estar casado.


          EL PODER LEGISLATIVO


          La Constitución de 1828 adoptó un gobierno popular y representativo; y estableció tres poderes:
          Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Disponiendo en su artículo 9 que todos ellos debían respetar los
          límites constitucionales prescritos.

          Se implementó el sistema bicameral , y el Congreso tenía el deber de “inmediatamente después
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          de la apertura de sus sesiones” examinar si la Constitución había sido “exactamente observada,
          proveyendo lo que convenga sobre sus infracciones” .Tanto la Cámara de Diputados como
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          el Senado se reunían el 29 de julio de cada año, en sesiones de noventa días útiles continuos,
          prorrogables por treinta días. Sus miembros gozaban de inmunidad parlamentaria e inviolabilidad
          de opinión; sus poderes no podían ser revocados (salvo sentencia condenatoria); no podían obtener
          beneficio alguno con excepción del ascenso de escala en su carrera; y podían ser reelegidos (solo
          en dicho supuesto el cargo era renunciable) .
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          •   La Cámara de Diputados se componía de representantes  elegidos por medio de colegios
             electorales de parroquia y de provincia, y se renovaba por mitad cada dos años. No podían ser



          39  Ibídem. Pág. 299-300.
          40  Ramos Núñez, Carlos. Op. cit. Pág. 21.
          41  Artículo 173.
          42  Se estableció como atribuciones del Congreso: (a) dar las leyes, interpretarlas, modificarlas, o derogarlas; (b) aprobar los
            reglamentos de los cuerpos o establecimientos nacionales; (c) designar la fuerza armada de mar y tierra en tiempo de paz
            y de guerra, y dar ordenanzas o reglamentos para su organización y servicio; (d) declarar la guerra y requerir para que se
            negocie la paz; (e) aprobar los tratados de paz, y demás convenios; (f) dar instrucciones para celebrar concordados con
            la Silla Apostólica, ratificarlos y arreglar el ejercicio del patronato; (g) prestar o negar su consentimiento para el ingreso
            de tropas extranjeras, y estación de escuadras en el territorio y puertos de la República; (h) fijar los gastos generales,
            establecer las contribuciones y la recaudación, determinar la inversión, y tomar anualmente cuentas al Poder Ejecutivo; (i)
            abrir empréstitos dentro y fuera de la República empeñando el crédito nacional, y designar las garantías para cubrirlos;
            (j) reconocer la deuda nacional, y fijar los medios para consolidarla y amortizarla; (k) determinar el peso, ley, tipo y
            denominación de la moneda, y uniformar los pesos y medidas; (l) reglar el comercio interior y exterior; (m) habilitar
            toda clase de puertos; (n) proclamar la elección de presidente y vicepresidente de la República; (o) crear o suprimir
            empleos públicos, y asignarles la correspondiente dotación; (p) conceder caras de ciudadanía; (q) crear establecimientos
            de beneficencia; (r) formar planes generales de educación e instrucción pública y promover el adelantamiento de las
            artes y ciencias; (s) acordar patentes por tiempo determinado a los autores introductores de alguna invención o mejora
            útil a la República; (t) arreglar la división y demarcación territorial; (u) conceder premios a las corporaciones o personas
            que hayan hecho eminentes servicios a la Nación y decretar honores a la memoria de los grandes hombres; (v) conceder
            amnistías e indultos generales; (w) autorizar extraordinariamente al Poder Ejecutivo, y sólo por el tiempo preciso, en casos
            de invasión de enemigos o sedición; y (x) trasladar a otro lugar la residencia de los tres Supremos Poderes cuando lo
            demanden graves circunstancias.
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