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IV          Constitución Política de la
                          República de 1834





                                            El texto constitucional  estaba dividido  en
                                            diez títulos, ciento ochenta y dos artículos y
                                            trece disposiciones transitorias.





            La Convención Nacional, instalada el 12 de septiembre de 1833, bajo la presidencia de Francisco
            de Paula González Vigil, fue el tercer congreso constituyente y estuvo representado por setenta
            diputados   representantes  de  los  departamentos  de  Amazonas,  Arequipa,  Ayacucho,  Cusco,
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            Huancavelica, Huaylas, Junín, La Libertad, Lima y Puno . El martes 10 de junio de 1834, bajo
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            la presidencia de Marcos Farfán, aprobó la Constitución Política de la República Peruana. Fue
            promulgada por el presidente provisional de la República, Mariscal Luis José de Orbegoso y
            Moncada .
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            La Constitución de 1834 se mantuvo vigente hasta el 6 de agosto de 1836, siendo interrumpida por
            la Constitución del Estado Sud-Peruano  el 17 de marzo de 1836 y la Constitución del Estado Nor-
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            Peruano  el 6 de agosto de 1836; así como por el Decreto del 28 de octubre de 1836 por el que
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            se estableció la Confederación Perú- Boliviana , y la Ley Fundamental de la Confederación Perú-
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            Boliviana del 1 de mayo de 1837 . Las referidas Constituciones y la precitada norma, en estricto,
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            no son consideradas textos constitucionales del Perú, en tanto rigieron para un Estado Confederado
            que luego dejó de existir.
            En ese sentido, la Constitución de 1834 tuvo una vigencia de dos años, un mes y veintisiete días,
            abarcando los periodos de gobierno siguientes: Mariscal Luis José de Orbegoso, presidente Provisorio
            (1834-1836) y el general Felipe Santiago Salaverry del Solar, jefe supremo de la República (1835) .
                                                                                             56
            De inspiración liberal, fue producto de la aplicación del procedimiento de reforma constitucional
            previsto en el artículo 177° de la Constitución de 1828, el cual disponía que en julio de 1833 se




            49  Pareja Paz-Soldán, José. Op. cit. Págs. 82-83.
            50  García Belaunde, Domingo. Op.cit.  Págs. 233-234. Ver también: Lozada de Gamboa, Carmen. Perú: Demarcación
               Territorial. Fondo Editorial del Congreso de la República. 2000. Tomos I y II. Asimismo, se puede consultar también: Bi-
               blioteca del Congreso de la República “César Vallejo”. Legislación sobre Demarcación Territorial. Disponible en https://
               www.congreso.gob.pe/biblioteca/legislacionterritorial1832.
               Consultado el 5 de julio de 2023.
            51  García Belaunde, Domingo. Op. cit. Pág. 8.
            52  Conformado por los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cuzco y Puno.
            53  Conformado por los departamentos de Amazonas, Junín, Libertad y Lima.
            54  Compuesta del Estado Nor- Peruano, del Estado Sur-Peruano y de la República de Bolivia.
            55  García Belaunde, Domingo. Op.cit. Págs. 8-9 y 242-243.
            56  Valcárcel, Daniel, Markham, y otros. Op. cit. Tomo 3. Págs. 537-539.
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