Page 11 - dip-informativo
P. 11

II        Constitución Política de la
                       República peruana de 1826





                                         El texto constitucional  estaba dividido  en
                                         once títulos, veintitrés  capítulos  y ciento
                                         cincuenta artículos.





          Conocida como Constitución Vitalicia o Bolivariana fue promulgada el 30 de noviembre de 1826,
          por el Consejo de Gobierno, presidido por el Mariscal Andrés de Santa Cruz, y jurada el 9 de
          diciembre del mismo año . Tuvo una vigencia de seis meses y siete días  hasta su anulación el 16
                               24
                                                                      25
          de junio de 1827.
          Estuvo motivada por el deseo de Simón Bolívar de convertirse en presidente vitalicio y ejercer la
          facultad de elegir a su sucesor, para llevar a cabo el anhelo de la unidad continental a efectos de
          mantener la estabilidad política y militar resquebrajada por las campañas de la independencia, y
          evitar así la anarquía .
                           26
          De acuerdo con la Constitución Vitalicia, el territorio se dividía en departamentos, provincias y
          cantones, y comprendía los departamentos de La Libertad, Junín, Lima, Arequipa, Cusco, Ayacucho
          y Puno. La religión oficial seguía siendo la católica, apostólica y romana, aunque ya no de manera
          exclusiva y excluyente. Para ser ciudadano peruano se necesitaba, entre otros requisitos, ser casado
          o mayor de veinticinco años.



          EL PODER LEGISLATIVO

          El texto constitucional adoptó un régimen popular representativo; dividiéndose el poder supremo
          en cuatro secciones: Electoral, Legislativo, Ejecutivo  y Judicial. El artículo 10 establecía que cada
                                                     27



          24  García Belaunde, Domingo. Op. Cit. Pág. 8.
          25  Pareja-Paz Soldán, José. Op. cit. Pág.18. Por Ley del 11 de junio de 1827 se declaró nula la Constitución de 1826,
            promulgada el 16 de junio del mismo año. Al respecto, se puede consultar: García Belaúnde, Domingo, Op.cit. Págs.
            163-164.
          26  Ramos Núñez, Carlos. Op. cit. Págs.27-30. A este respecto, José Pareja Paz-Soldán señala que el Libertador Bolívar
            deseaba consultar a la población si debía conservarse o reformarse la Constitución de 1823 y decidir sobre la persona que
            debía ejercer la presidencia establecida por la nueva Constitución, lo que dejaría abierto el camino para la ejecución de
            sus planes políticos de unificar el Perú, Bolivia y Colombia, con una Constitución uniforme y a establecer, una federación
            de la que Bolívar sería el presidente vitalicio (Pareja Paz-Soldán, José. Op. cit. Pág. 61).
          27  El Poder Ejecutivo era ejercido por el presidente Vitalicio, un vicepresidente, y cuatro secretarios del Estado. El presidente
            de la República era nombrado la primera vez por la pluralidad absoluta del cuerpo legislativo (tribunos, senadores
            y censores). No se establecieron causales de vacancia presidencial. Únicamente se mencionaba que le sucedía en el
            cargo el vicepresidente en caso de renuncia, muerte, enfermedad o ausencia. A falta de presidente y vicepresidente, se
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16