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14-Mar-2019 08:48pm
ONP PODRÁ ALLANARSE A PROCESOS JUDICIALES
Pleno también aprobó en sesión vespertina dos resoluciones legislativas. Se levantó sesión a las 8:35 pm.

 

       La Representación Nacional, aprobó por unanimidad - y fue exonerada de la segunda votación- el proyecto de ley que faculta a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a conciliar, desistirse, transigir o allanarse, en los procesos judiciales en materia previsional del régimen pensionario establecidos por el Decreto Ley 19990.

Para los criterios de allanamiento, la ONP, al allanarse en los procesos judiciales que se encuentren en trámite y los que se inicien a partir de la vigencia de la presente ley, lo hará en base a la jurisprudencia o doctrina jurisprudencial, siempre que no sean contrarios al texto expreso de la norma vigente.

Según los criterios del dictamen propuesto, plantea el cálculo de la remuneración de referencia; es decir, se considera el promedio de las remuneraciones o ingresos asegurables mensuales efectivos percibidos. No se debe considerar los periodos no laborados, los cuales deben sustituirse por los periodos inmediatamente anteriores en los que hubiera remuneración o ingreso saludable.

De igual manera, los aportes facultativos abonados con posterioridad al cumplimiento de requisitos para la obtención del derecho a una pensión.

Otros de los criterios es la aplicación del artículo 6 de la Ley 25009, Ley de Jubilación de Trabajadores Mineros; el reconocimiento de aportes como empleados anteriores al mes de octubre de 1962; las pensiones devengadas; acreditación de aportes y la bonificación complementaria de un 20% del Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares.

Ingreso de tropas

Previamente se aprobó por mayoría la Resolución Legislativa que propone autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar y unidades navales extranjeras durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2019, en el marco de lo establecido en el numeral 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y los artículos 3 y 4 de la Ley 27856.

Pensión de gracia

Por unanimidad, también se aprobó la Resolución Legislativa que propone conceder una pensión de gracia a don Arturo Reyes Rosales, ascendente a dos remuneraciones mínimas vitales mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado, por su destacada labor como cantante y compositor de Huánuco. (Jarvi)

PRENSA – CONGRESO

 

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