Page 144 - Padres de la Patria
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su temor y desconfianza, y ahora manifiesta al Congreso la perplejidad que
constantemente la ha agitado, viéndose por una parte obligada a no apartarse
de las bases juradas, y por otra a condescender con observaciones tomadas de
la situación misma de la República; de suerte que, conducido el espíritu del
proyecto a un punto determinado, no ha estado en arbitrio de la Comisión
proponer reglas disconformes, que aunque no hubiesen sido las más acertadas,
habrían apresurado por lo menos el curso de las tareas. Sobre todo, la
experiencia, que es la maestra de los legisladores, deberá decidir de este
ensayo, que para esto ha declarado que la presente Constitución queda sujeta a
la ratificación o reforma de un Congreso general, compuesto de los diputados de
todas las provincias actualmente libres y de todas las que fueren desocupadas
por el enemigo, terminada la guerra.
¡Quiera el cielo que los pueblos reciban este código con el mismo amor con que
los primero representantes del Perú han procurado formarlo, para asegurar esa
libertad porque se está derramando tanta sangre; esa libertad, en fin, que los
mismos pueblos no conocen, y que siendo la que ellos quieren y la que pueden
darse soberanamente, la desprecian, regocijándose de otra aparente que los
astutos tiranos, suelen predicarles!
Si el Perú, señor, reconoce los trabajos del Congreso, que por su expreso y
espontáneo voto se ha reunido a constituirlo y darle una forma de gobierno, el
Perú está en marcha a una libertad gloriosa, porque ha empezado a estimar la
obra de sus propias manos, la expresión más sencilla de su voluntad soberana.
Sala de la Comisión, en Lima, junio 14 de 1823.
Toribio Rodríguez.- Hipólito Unanue.- Carlos Pedemonte.- Justo Figuerola.- José
Sánchez Carrión.- José Gregorio Paredes.- José Pezet.- Francisco Javier
Mariátegui.
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