Page 52 - Manual de Técnicas Legislativas
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“Artículo 29. Acto médico
Las incompatibilidades, limitaciones, prohibiciones y
vulneración de derechos en los servicios de salud,
así como el régimen de sanciones aplicables a
los profesionales se rige por las normas laborales,
administrativas, civiles y penales, los códigos de ética
y deontología y las normas estatutarias de los colegios
profesionales correspondientes.”
El texto de la disposición modificada se escribe
entre comillas. Cuando la modificación recae en
un párrafo o apartado (literal, numeral o número
romano en minúscula) y se distingue de manera
precisa y clara, no es necesario que se transcriba
el texto íntegro del artículo.
La modificación parcial de una o más disposiciones
debe precisar con claridad la parte no modificada.
Se puede evitar la transcripción de esta mediante
el uso de corchetes.
52 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA
Manual de Técnica Legislativa ÚNICA. Modificación del numeral 2 del artículo 3 de
la Ley 29972, Ley que promueve la inclusión de los
productores agrarios a través de las cooperativas
Se modifica el numeral 2 del artículo 3 de la Ley 29972,
Ley que promueve la inclusión de los productores
agrarios a través de las cooperativas, en los siguientes
términos:
“Artículo 3. De las operaciones entre la
cooperativa agraria y sus socios
No está gravada con el Impuesto General a las
Ventas:
[...]
2) La venta de bienes muebles, bienes inmuebles y
la prestación de servicios que la cooperativa agraria
realice en favor de sus socios.
[...].”