Page 34 - Rumbo al Bicentenario Nº 19
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con el objetivo implícito de segre- ya sean hombres o mujeres, se En efecto, si tomamos en cuenta
gar y reducir el ejercicio pleno de dedicaban a “servicios menores, las condiciones socioeconómi-
los derechos en el campo político. jornaleros, peones en agricultura, cas de la población afroperuana
artesanos de alimentos y comer- tras la abolición de la esclavitud,
Otro aspecto a tomar en cuen- este fenómeno desencadenó que
ta es el registro de la población cio”, según señalan Arrelucea y fuera percibida la desigualdad
afroperuana y sus oficios en el Cosamalón. Según los autores, como parte de “los sectores más
Censo de Lima de 1860. En un existe un énfasis en este tipo de bajos, analfabetos, compuestos
trabajo en aquellas mujeres afro-
escenario altamente racializado por negros o zambos, presentes
es importante notar que los afro- peruanas que fueron registradas fundamentalmente en los oficios
peruanos “no tenían el mismo con la categoría de “negra” en el de más baja rentabilidad, tanto en
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acceso a todas las actividades censo. zonas urbanas como rurales.” 17
económicas”. La gran mayoría,
A medida que se afirmaba el es-
cenario post abolición surgieron
también prácticas que legitima-
ron los aspectos excluyentes a
través de mecanismos jurídicos –
legales. La constitución de 1856,
promulgada tan solo dos años
después de la abolición de la es-
clavitud, catalogaba como motivo
de suspensión de la ciudadanía
“ser notoriamente vago, jugador,
ebrio o estar divorciado por cul-
pa suya”. Por ejemplo, poco más
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de dos décadas después de la
abolición, en 1877 fueron consi-
deradas nuevamente como delito
algunas prácticas vinculadas a
la vagancia, la embriaguez y las
malas costumbres, lo que eviden-
temente iba dispuesto a ciertos
sectores de la población, entre
ellos, la población afroperuana.
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De otra parte, un ejemplo claro
de los mecanismos legales que
reforzaron la exclusión en el sis-
34 tema político lo encontramos en
otro caso que presentan Arrelu-
Comisión Bicentenario del Congreso nicipal de 1866. Este documento
cea y Cosamalón a propósito del
Reglamento para la policía mu-
Arrelucea y Cosamalón, 2015, p.128
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Arrelucea y Cosamalón, 2015, p.135
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Constitución de la Republica Peruana
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promulgada en 1856 Art. 39 N° 4°
19
Arrelucea y Cosamalón, 2015, p.136