Page 73 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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Concordancia 12 3
CONSTITUCION.- Artículo 2o.- Toda persona tiene de-
recho:
18.- A formular peticiones, individual o colectivamente,
por escrito, ante la autoridad competente, la que est.á
obligada a dar al .. interesado una respuest.a también escrita
dentro del plazo legal. Tréµlscurrido éste, el interesado
puede proceder como si la petición hubiere sido denegada.
Las Fuerzas Armadas y las Fuerzas Policiales no pueden
ejercer el derecho de petición.
ARTICULO 1230.- La situación de los Diputa-
dos que hayan sido puestos a disp_osición de la Cámara
por delito flagrante en aplicación del Artículo l 7 60.
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de la Constitución, es exarp.inada por una Comisión de
cinco Diputados, con cuyo Informe, emitido en un
plazo máximo de cinco qías; se autoriza o no la priva-
ción de su libe~tad y el enjuiciamiento.
gan conocimiento de ellos como consecuencia del ejercicio
de sus funciones. salvo el caso previsto en el artículo
3580: del Cód igo de Procedimientos Penal~s. en que la
Corte Suprema debe acusar .
7. El antejuicio se sigue úniéamente por la comisión de deli-
tos t!n el ejercicio de la función, esto es. aquellos que di-
. recta o indirt:!ctamente pueden hab1:rse comet ido sólo por
el hecho de ser funcionario; y en tal supuesto el acusado
cesa en el cargo hasta que C<)ncluya el prot:edi1niento judi-
cial. Si es declarad o inocente. se reincorpora. Si es decla-
rado culpable e inhabilitado. debe ser destituido.
8. El desafuero que es privativo de los representantes a Con-
greso, se produce por delitos cpmunes y no de función y
suspende al tit-ular para que sea ºprócesado por el delito
con1etido , no inhabilitándolo para la func ión. salvo que
sea detenido. en que la suspensión se produce de hecho.
9. Los procesos que están presentados por denuncia fiscal
deben ser asumidos por cualquier Diputado para q ue pue-
da iniciarse el antejuicio.
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