Page 40 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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6 ARTICULO 560.- La Junta Directiva se reúne en
sesiones ordinarias, cada quince ·días, y en sesiones ex-
traordinarias cuando los asuntos a tratar así lo re-
•
quieren.
El quórum es la mitad más uno de sus miembros,
y los acuerdos son adoptados por mayoría simple.
ARTICULO 570.- Son atribuciones del Presiden-
te de la Cámara, las siguientes:
a) Convocar a Legislatura Ordinaria; dirigir la Cámara y
representarla. Instalar y presidir la Comisión de
Coord~nación de los Grupos Parlamentarios. _
b) Citar, abrir, presidir, dirigir, suspender y levantar las
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sesiones.
c) Alternar, con el Presidente del Senado, la · Presiden-
cia del Congreso.
d) Suscribir las resoluciones expedidas por la Cámara y
los oficios dirigidos a los Poderes Públicos, naciona-
les y extranjeros.
e) Firmar las autógrafas de leyes y resoluciones legisla-
tivas y demás documentos.
f) Presidir las sesiones de la Junta Directiva, teniendo
voto dirimente en caso de empate.
g) Conceder licencia a los Diputados hasta por OGho
d ías, dando cuenta a la Junta Directiva: No puede
otorgarla a un número que exceda al fijado en el
inc. "j '', del artículo 5 5 o. de este Reglamento.
h) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y resoluciones
de la Cámara y de la Junta Directiva.
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