Page 62 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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Adiciones al Reglamento interior
ele las Cán1aras
1~ En tocla reconsideración sobre asuntos de· inte-
rés personal, se verificará la votación por balotas, y
serán necesarios los dos tercios para ser admitida á
discusión. ·
2~ Los asuntos que Jespués de ocho días de estar
á disposición de las respectivas Comisiones no sean
despachados, serán puestos, sin dictámen, ú. la órden
del día para el dehate, prévio acuerdo de la Cámara.
Adiciones aprobadas por ambas Cámaras
en 1878
3~ La Comisión que tuyjere á su cargo mayor
número de asuntos qne los que pueda estudiar hol-
gada1nente, lo hará presente á. la Cámara para que
esta distribuya 111ejor el trabajo entre las Con1isio-
nes existentes, ó non1bre una auxiliar que ayude á
la priniera.
4~ Cada Cámara no1nbrará una Comisión auxiliar
de Presupuesto, que se ocupe de Jictaminar sobre la
posibilidad. de los gastos nuevos que se propongan,
indicando, en el caso ele que opine favorablemente,
los fondos c0n que deben efectuarse.
51!' En cada Cá.mara habrá un primer y segunclo
Vice- Presidente, dos Secretarios y un Pro-Secreta-
rio: queda11 derogados los artículos del Reglamento
que no C8tén en conformidad con esta tlisposición.
61!- Los Representante~ que dejen de concurrir á
las sesiones por más de ocho días sin liceucja de su
Cú1naríi ó que se ausentuu de la Capital sin el corres ..
pondiente per1niso 1 pl..1oc1en ser l'eempla.zados tempo•